Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 30/08/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

5760

30 de Agosto de 2019

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 167

Artículo 24. Comisión paritaria.
Para la interpretación de las cláusulas de este Convenio se constituye una Comisión Paritaria integrada por un número de dos vocales económicos y dos vocales sociales, con sus respectivos asesores con voz pero sin voto. Por acuerdo de las partes, la Comisión Paritaria podrá nombrar un Presidente y un Secretario.
Serán facultades de esta Comisión:
- La interpretación de la aplicación de este convenio.
- La vigilancia y control del cumplimiento de lo pactado.
- Cuantas actividades tiendan a dar la mayor ecacia práctica al convenio.
- Otras funciones que decidan asimismo ambas partes.
Los acuerdos de la Comisión no impedirán, en ningún caso, que las partes puedan acudir ante la jurisdicción competente.
Artículo 25. Dietas y desplazamiento.
En lo que se reere a la compensación por dietas, la empresa abonará los gastos efectivamente realizados y debidamente justicados, sin perjuicio de los acuerdos personales que hubiese en vigor y, en todo caso con los límites previstos en el Reglamento del IRPF que aprueba el Ministerio de Economía y Hacienda para cada ejercicio y, conforme a las reglas de la Seguridad Social.
Los gastos por desplazamiento se abonarán según lo efectivamente realizado y debidamente justicado, en caso de utilización de medio de transporte ajeno, y de conformidad con los límites previstos en el Reglamento del IRPF, cuando el medio de transporte utilizado sea propio del trabajador.
CAPÍTULO VII. RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Se estará a lo dispuesto en Convenio sectorial aplicable, o en su defecto a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores.
DISPOSICIÓN FINAL
En todo lo no previsto en el presente Convenio se estará a lo dispuesto en el Convenio de Industrias Vitivinícolas y el Estatuto de los Trabajadores.
CONVENIO COLECTIVO ENTRE LA SOCIEDAD COOPERATIVA ANDALUZA VINÍCOLA DEL
CONDADO Y BODEGAS PRIVILEGIO DEL CONDADO, S.L. Y TODOS LOS TRABAJADORES
RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
ACTA FINAL
ASISTENTES:
POR LA DIRECCIÓN DE LAS EMPRESAS:
D. JOSÉ ESPINA ROSADO PRESIDENTE DE VINÍCOLA DEL CONDADO S.C.A.
D. JOSÉ ESPINA ROSADO PRESIDENTE DE BODEGAS PRIVILEGIO DEL CONDADO S.L.
POR LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES:
D. MANUEL ALFONSO SÁNCHEZ PALMA DELEGADO SINDICAL
D ROSA LAGARES CARRASCO DELEGADO SINDICAL
Por las respectivas representaciones, se hace constar:
PRIMERO: Que tras las deliberaciones oportunas, la Comisión Negociadora adopta aprobar el Convenio Colectivo entre las sociedades Vinícola del Condado, SCA y Bodegas Privilegio del Condado, SL, y sus respectivos trabajadores.
SEGUNDO: Presentar la documentación en los términos establecidos en el articulo 90 de la Ley 8/80, de 10 de marzo, a la autoridad laboral, para su registro, depósito y publicación en el Boletín Ocial de la Provincia.
En Bollullos Par del Condado a 20 de diciembre de 2018.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 30/08/2019 a las 00:00:12
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Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 30/08/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

CountrySpain

Date30/08/2019

Page count44

Edition count2324

First edition02/01/2014

Last issue19/06/2023

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