Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 07/05/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 85

7 de Mayo de 2019

3079

AYUNTAMIENTOS
BOLLULLOS PAR DEL CONDADO
ANUNCIO
El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Bollullos Par del Condado, en sesión celebrada con el carácter ordinario y en primera convocatoria el día 26 de febrero de 2019, acordó aprobar inicialmente el Reglamento de la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad del Ayuntamiento de Bollullos Par del Condado, y habiendo transcurrido el periodo de información pública mediante anuncio en el BOP nº 45, de fecha 7 de marzo de 2019 y en el tablón de anuncios municipal sin que se presente ninguna reclamación ni sugerencia, se considera denitivamente aprobado el mismo cuyo tenor literal es el siguiente:
REGLAMENTO DE LA COMISIÓN PARA EL SEGUIMIENTO DEL PLAN DE IGUALDAD DEL
ILMO. AYUNTAMIENTO DE BOLLULLOS PAR DEL CONDADO
1.- NATURALEZA
La Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad del Ayuntamiento es un órgano eminentemente técnico para el diseño, la implementación, el seguimiento y la evaluación del Primer Plan de Igualdad del Ayuntamiento. Por tanto, su contenido se centrará en todos los aspectos que conlleven el desarrollo del mismo.
Será creada por la Alcaldía y sus reuniones serán impulsadas por el mismo órgano.
2.- COMPOSICIÓN
La Comisión será paritaria atendiendo al género y representación del Ayuntamiento y las personas trabajadoras.
- Presidencia: La ostenta la Alcaldesa o bien, el Concejal o Concejala en quien delegue.
- Vocalías:
Dos personas representando al Ayuntamiento.
Tres personas en representación de las personas trabajadoras.
Una persona en representación del Centro Municipal de Información a la Mujer.
- Secretaría: persona que ostente el cargo de la Secretaría del Ayuntamiento.
Cada uno de los ámbitos representados en la Comisión designará a una persona titular y una suplente procurando que en ambas designaciones haya una representación equilibrada por género.
La Comisión podrá solicitar la presencia de aquellas personas que considere convenientes con voz pero sin voto.
La Comisión será creada por la Alcaldía y será obligatoria la participación de todas las partes.
Si se acumularan dos faltas consecutivas y no justicadas de asistencia a las sesiones, la Alcaldía amonestará al Área o Servicio absentista.
3.- FUNCIONES
Serán funciones de la Comisión las siguientes:

Estar informada y realizar el seguimiento del Plan de Igualdad de Empresa.

Proponer actuaciones que mejoren el desarrollo del Plan de Igualdad de Empresa.

Realizar la evaluación nal del Plan de Igualdad de Empresa y participar en el diseño del nuevo Plan de Empresa.
Aprobar una memoria anual de sus sesiones.

Realizar el seguimiento de las posibles situaciones de violencia de género, acoso sexual, acoso por razón de género y moobing, que puedan producirse en la empresa.

Cualquiera otra que redunde en bene cio de la promoción de la igualdad de oportunidades
en el marco del Plan de Igualdad de Empresa.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 07/05/2019 a las 00:00:02
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxsa/jxxJOunWTZTGoVHydXJg== en https verifirma.diphuelva.es

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Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 07/05/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

CountrySpain

Date07/05/2019

Page count16

Edition count2324

First edition02/01/2014

Last issue19/06/2023

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