Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/04/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 10 de abril de 2024

Que para asegurar el funcionamiento del mecanismo establecido en el acuerdo celebrado se ha solicitado y obtenido la imputación preventiva de los montos calculados como necesarios;
Que tomaron intervención la Dirección Provincial de Coordinación del Transporte, la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal; ambas del Ministerio de Transporte; la Dirección Provincial de Presupuesto Público, la Subsecretaría de Hacienda;
ambas del Ministerio de Economía; y la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría Legal y Técnica de la Secretaría General;
Que, asimismo, se han expedido Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Convenio de Colaboración Boleto Estudiantil - Recarga Masiva S.U.B.E., suscripto el 20 de febrero de 2024, entre el Ministerio de Transporte y Nación Servicios S.A. para la implementación del régimen de Boleto Especial Educativo, que como Anexo Único CONVE-2024-05915370-GDEBA-DPCOTMTRAGP, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 será atendido con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 en los términos del Decreto N 12/24 - Jurisdicción 1.1.1.31.00.000 - Unidad Ejecutora 592 - Fuente de Financiamiento 1.1 Programa 4 - Actividad 2 - Finalidad 4 - Función 3 - Subfunción 1 - Inciso 5 - Principal 3 - Parcial 5 - Subparcial 25 - Boleto Especial Educativo. Ley 14.735 - UG 999.
ARTÍCULO 3º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Transporte y de Gobierno.
ARTÍCULO 4º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado y a Nación Servicios S.A, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA.
Cumplido, archivar.
Jorge Alberto D Onofrio, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.

ANEXO/S
CONVE-2024-05915370-GDEBADPCOTMTRAGP

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DECRETO Nº 334/2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 4 de Abril de 2024
VISTO el expediente EX-2024-02476625-GDEBA-DPTLMIYSPGP del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, por el cual se propicia aprobar una transferencia de fondos en concepto de aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital social a favor de Buenos Aires Gas S.A. BAGSA, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1094/03 se declararon de interés público la construcción y explotación de redes de distribución de gas domiciliario en aquellas localidades que carecen de suministro;
Que por el decreto citado precedentemente se encomendó al entonces Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos la desregulación de los monopolios en los mercados de distribución de gas, haciendo desafiables áreas que no atienden los concesionarios a cargo de la distribución, para asegurar una rápida y adecuada expansión de las redes que permita obtener como resultado un mayor beneficio a los/as usuarios/as;
Que conforme lo expresado y haciendo uso de la herramienta jurídica contenida en el artículo 4 de la Ley nacional N
24.076 Marco Regulatorio del Gas, el Poder Ejecutivo Provincial, mediante el Decreto Nº 28/04, ratificado por la Ley N
13.358, creó la sociedad Buenos Aires Gas S.A. BAGSA, con el objeto de garantizar la calidad de vida de sus habitantes y suplir inminentes demandas del servicio público de gas prestado en la Provincia de Buenos Aires;
Que, a raíz de lo expuesto, resulta necesario proveer los recursos para que la empresa Buenos Aires Gas S.A. BAGSA
pueda cumplir con los cometidos de su creación;
Que mediante la Ley de Presupuesto N 15.394 se aprobaron para el Ejercicio 2023 las Cuentas de Ahorro - Inversión Financiamiento de las Empresas y Sociedades Anónimas integradas total o mayoritariamente por bienes y/o aportes del Estado Provincial y Fondos Fiduciarios, de acuerdo con el detalle obrante en la Planilla Anexa Nº 33 de dicha Ley;
Que allí se estableció un incremento de capital para Buenos Aires Gas S.A. BAGSA de pesos un mil ciento ochenta y cinco millones $1.185.000.000 para el mencionado ejercicio;
Que el Presupuesto General Ejercicio 2023, Ley N 15.394, fue prorrogado para Ejercicio 2024 por el Decreto N 12/24;
Que tal necesidad de fondos contempla el mantenimiento de una posición financiera sólida que permita atender con celeridad cualquier urgencia y/o acontecimiento imprevisto relevante que pudiera presentarse en el marco de las tareas esenciales que desarrolla Buenos Aires Gas S.A. BAGSA asegurando la sustentabilidad de las actividades de la citada sociedad y preservando el equilibrio económico y el estado de situación patrimonial de la empresa durante 2024;
Que, en consecuencia, corresponde efectuar una transferencia de fondos en concepto de aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital social a favor de Buenos Aires Gas S.A. BAGSA;

SECCIÓN OFICIAL > página 4

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/04/2024 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date10/04/2024

Page count104

Edition count3394

First edition02/07/2010

Last issue14/06/2024

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