Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/09/2023 - Sección Oficial

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 04 de septiembre de 2023

Sección
Oficial DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 1567/2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 30 de Agosto de 2023
VISTO el expediente EX-2023-07436085-GDEBA-DPNCMTGP del Ministerio de Trabajo, por el cual se propicia aprobar el Acta Acuerdo del 2 de marzo de 2023, correspondiente al personal enmarcado en la Ley N 13.477, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional garantiza como derecho a los gremios el concertar convenios colectivos de trabajo, recurrir a la conciliación y al arbitraje y el derecho de huelga;
Que, bajo ese lineamiento, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, a través de su artículo 39, reconoce al trabajo como un derecho y un deber social, estableciendo los derechos de asociación y libertad sindical, los convenios colectivos, el derecho de huelga y las garantías al fuero sindical de los/as representantes gremiales;
Que, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 inciso 12 de nuestra Constitución local, la Provincia garantiza a los/as trabajadores estatales el derecho de negociación de sus condiciones laborales;
Que el artículo 5 del Convenio 154 sobre El Fomento de la Negociación Colectiva, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo el 19 de junio de 1981 y ratificado por Ley N 23.544, dispone que se deben adoptar medidas adecuadas a las condiciones nacionales para fomentar la negociación colectiva y que estas tendrán por objeto que dicha negociación sea posibilitada a todos/as los/as empleadores/as y a todas las categorías de trabajadores/as de las ramas de actividad a los/as que se aplique el mismo;
Que por Ley N 13.477, y modificatoria, se dispuso que el personal que prestaba servicios en el Hipódromo de La Plata al 31 de diciembre de 2005 y cuya relación laboral se encuadre en los términos de los artículos 115 y 116 de la Ley N
10.430, será considerado, a los efectos de garantizar su estabilidad, como Personal de Planta Permanente;
Que la Ley N 13.453 rige las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración Pública Provincial y sus empleados/as, designando al Ministerio de Trabajo como Autoridad de Aplicación de las disposiciones de la mencionada norma;
Que, en ese marco, se llevó a cabo una audiencia de negociación paritaria de carácter sectorial entre el Estado Provincial y representantes gremiales del personal comprendido en la Ley N 13.477 y modificatoria;
Que, con fecha 2 de marzo de 2023, las entidades sindicales aprobaron la propuesta salarial efectuada por el Estado Empleador para el mencionado personal, definiendo las pautas salariales con vigencia desde el 1 de marzo de 2023;
Que el acuerdo aludido precedentemente propone un incremento salarial en tres etapas para el período comprendido entre los meses de marzo a julio de 2023: veinte por ciento 20%, desde el 1 de marzo; veintiseis por ciento 26 %, acumulado -6 % adicional-, desde el 1 de mayo, y cuarenta por ciento 40 % acumulado -14 % adicional-, desde el 1 de julio de 2023;
Que, asimismo, se establece una Cláusula de monitoreo, seguimiento y reapertura que previene la reapertura de la negociación paritaria 2023 en el mes de agosto, pudiendo adelantarse la misma en caso de que el sendero inflacionario se aparte de las proyecciones que dieron origen al acuerdo suscripto;
Que dicha cláusula implica, a su vez, con el fin de lograr y mantener una recomposición real de los salarios, el establecimiento de la mesa de seguimiento y el monitoreo del acuerdo paritario en el mes de mayo de 2023;
Que, además, la propuesta contempla el incremento de los tramos de Ingreso Familiar, que dan derecho a la percepción de Asignaciones Familiares;
Que el artículo 16 de la Ley N 13.453 establece que el mencionado acuerdo deberá aprobarse mediante el dictado del decreto correspondiente;

SECCIÓN OFICIAL > página 3

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/09/2023 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date04/09/2023

Page count173

Edition count3367

First edition02/07/2010

Last issue08/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Septiembre 2023>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930