Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/06/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 07 de junio de 2023

Sección
Oficial DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 751/2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 22 de Mayo de 2023
VISTO el expediente EX-2023-07373977-GDEBA-DSTECMTRAGP del Ministerio de Transporte, por el que tramita la incorporación de los artículos 28 ter y 39 bis y la modificación del artículo 39 del Anexo I del Decreto N 532/09, reglamentario de la Ley N 13.927 -Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Airesy modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que, a través de la Ley N 13.927 y modificatorias, la provincia de Buenos Aires adhirió a las Leyes Nacionales N 24.449 y N 26.363;
Que la Ley N 13.927 propende a la homogeneización de la normativa vial aplicable tanto a los/as conductores/as residentes en la provincia de Buenos Aires como a aquellos/as que circunstancialmente transitan por sus vías de comunicación, y tiene por objetivo facilitar su conocimiento, su cumplimiento y su control;
Que la mencionada Ley fue reglamentada por el Decreto N 532/09 y modificatorios;
Que, por su parte, la Ley N 15.164, modificada por su similar N 15.309, determina que el Poder Ejecutivo es asistido en sus funciones por los/as Ministros/as Secretarios/as, de acuerdo con las facultades y responsabilidades que esta les confiere;
Que los artículos 30, 31 y 32 bis de la citada ley establecen las competencias de los Ministerios de Salud, de Seguridad y de Transporte respectivamente, determinando sus funciones y atribuciones particulares;
Que mediante la Ley N 15.402 se modificó la citada Ley N 13.927, con el objeto de establecer que las normas que fijan límites legales de alcohol en sangre para la conducción de vehículos integran las políticas públicas de salud y seguridad vial y, a esos fines, se estableció la tolerancia cero de alcohol en sangre para los/as conductores/as en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires;
Que, conforme surge de la aludida modificación, se incorporó el TÍTULO IX BIS, integrado por el artículo 28 ter al citado código de tránsito, el que establece que: Queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor a quien registre una alcoholemia superior a 0 cero miligramos de alcohol por litro de sangre. Así también está prohibido conducir a quienes hubiesen consumido medicamentos, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o sustancias que la Autoridad de Aplicación, con intervención del Ministerio de Salud, determine como capaces de disminuir la aptitud para conducir;
Que, además, por la citada modificación, se facultó a la autoridad de aplicación a determinar el mínimo de error tolerable para los dispositivos medidores de concentración de las sustancias mencionadas en el párrafo precedente, debiendo utilizarse equipos o sistemas de medición cuya información no pueda ser alterada manualmente, estableciéndose que los resultados deberán ser analizados considerando el factor tiempo, en el modo que establezca la reglamentación;
Que, por otra parte, se modificó el artículo 39 bis de la referida Ley N 13.927, el que dispone que Las sanciones por infracciones a esta Ley son de cumplimiento efectivo, no pueden ser aplicadas con carácter condicional ni en suspenso y consisten en: d. concurrencia a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública conforme disponga la reglamentación. Esta sanción podrá ser aplicada como accesoria a la de multa, pero se impondrá en todos los casos que involucren conducción de vehículos en los estados de intoxicación previstas por el artículo 28 ter. Su incumplimiento triplicará el importe de la multa;
Que, como consecuencia de lo expuesto, por estrictas razonas de mérito y oportunidad, resulta pertinente efectuar la incorporación de los artículos 28 ter y 39 bis y la modificación del artículo 39 al Anexo I del Decreto N 532/09
y modificatorios, reglamentario de la Ley N 13.927 -Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Airesy modificatorias, a fin de adecuar su contenido, teniendo en cuenta las recientes incorporaciones y modificaciones introducidas a la referida
SECCIÓN OFICIAL > página 3

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/06/2023 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date07/06/2023

Page count135

Edition count3364

First edition02/07/2010

Last issue03/05/2024

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