Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/05/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 29 de mayo de 2023

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1. Aprobar la reglamentación de la Ley N 15.302, que como Anexo I IF-2023-19838511-GDEBASSTAYLICULGP forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2. Designar al Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires como Autoridad de Aplicación de la Ley N
15.302, el cual podrá dictar las normas complementarias, aclaratorias o interpretativas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente.
ARTÍCULO 3. Aprobar el modelo de Convenio de Adhesión a la Ley N 15.302, que como Anexo II IF-2023-15774358GDEBA-SSTAYLICULGP forma parte integrante de la presente, a través del cual los municipios de la provincia de Buenos Aires podrán adherir al presente régimen.
ARTÍCULO 4. Facultar al Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires a instrumentar la adhesión de los municipios a la Ley N 15.302, a llevar a cabo -juntamente con estostodas las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la ley, a desarrollar programas de asesoramiento, apoyo y asistencia y a efectuar los convenios necesarios con organismos provinciales y municipales, a fin de garantizar la habilitación de las Salas de Teatro Independiente, Centros Culturales y Espacios Culturales Alternativos comprendidos en la Ley N 15.302 y en las ordenanzas municipales que regulen la materia.
ARTÍCULO 5. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 6. Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador
ANEXO/S
IF-2023-19838511-GDEBASSTAYLICULGP

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IF-2023-15774358-GDEBASSTAYLICULGP

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Ver
DECRETO Nº 757/2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 22 de Mayo de 2023
VISTO el expediente EX-2022-14600328-GDEBA-DSTAMTGP, mediante el cual se gestiona la designación de Martín GONZÁLEZ en un cargo de la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado de la Ley N 10.430, en el marco de lo establecido por la Ley Nº 10.592, en el Instituto de la Vivienda, y CONSIDERANDO:
Que por el presente se gestiona la designación de Martín GONZÁLEZ, a partir de la fecha de notificación y hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive, en un cargo de la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado, con una remuneración equivalente a la Categoría 5 del Agrupamiento Personal Servicio, con un régimen de cuarenta 40 horas semanales de labor en el ámbito del Instituto de la Vivienda, bajo el régimen de la Ley Nº 10.592;
Que el postulante reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar la función propuesta;
Que obra copia del Certificado Único de Discapacidad, expedido por la Junta Evaluadora de La Plata del Hospital Interzonal General de Agudos General San Martín;
Que se han pronunciado sobre el particular el Servicio de Colocación Laboral Selectiva del Ministerio de Trabajo SECLAS, la Dirección de Análisis y Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y la Dirección de Medicina Ocupacional;
Que el Instituto de Previsión Social dictamina que el agente de referencia presenta una discapacidad creciente, que no cumple con los recaudos de carácter estable y permanente, según los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 10.593, por lo que no corresponde su inclusión en el citado régimen;
Que, conforme a lo expuesto, corresponde incluir al interesado en los términos de la Ley N 10.592;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que Asesoría General de Gobierno y Contaduría General de la Provincia han dictaminado favorablemente;
Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con los artículos 111 inciso d y 117 de la Ley N 10.430 Texto Ordenado por Decreto N 1869/96, su Decreto Reglamentario N 4161/96 y la Ley N 10.592;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA

SECCIÓN OFICIAL > página 4

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/05/2023 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date29/05/2023

Page count217

Edition count3372

First edition02/07/2010

Last issue15/05/2024

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