Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/07/2021 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 28 de julio de 2021

Sección
Oficial DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO N 522/2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 26 de Julio de 2021
VISTO el expediente EX-2020-24063528-GDEBA-DPELSPMHYFGP mediante el cual se propicia determinar las medidas de política salarial que regirán desde el 1 de septiembre de 2020, para el personal sin estabilidad, de gabinete, secretarios/as privados/as y contratado encuadrado en la Ley N 10.430, como asimismo para el personal jerarquizado superior, y CONSIDERANDO:
Que por los artículos 17 y 18 del Decreto N 293/2020 se determinó la readecuación desde el 1 de julio de 2019 de las escalas salariales que fueran establecidas en los artículos 1 y 2 del Decreto N 1253/19 para el personal sin estabilidad y de gabinete encuadrado en la Ley N 10.430, como asimismo para el personal jerarquizado superior, quedando definida para dicho sector la política salarial del año 2019;
Que, por otra parte, el personal de planta permanente sin estabilidad comprendido en el artículo 107 de la Ley N 10.430, Texto Ordenado por Decreto N 1869/96, como asimismo quienes se desempeñan en la planta temporaria como secretarios/as privados/as, conforme las disposiciones contenidas en los artículos 111 inciso b y 165 del citado texto legal, han sido alcanzados por las previsiones del Decreto N 120/2020, que estipuló para el personal de la Administración Pública -con las excepciones allí dispuestas-, el otorgamiento de una suma fija mensual con carácter de anticipo remunerativo no bonificable, a cuenta del aumento salarial para el año 2020, cuyo importe desde el 1 de marzo de 2020
ha quedado estipulado en pesos cuatro mil $4.000;
Que, mediante el artículo 4 del Decreto N 293/2020, se fijó asimismo desde el 1 de julio de 2019 la readecuación de los importes máximos mensuales de los contratos de locación de servicios normados por los artículos 111 inciso c y 115 de la Ley N 10.430, que fueran determinados por el artículo 12 del Decreto N 1254/19;
Que a su vez se autorizó, en referencia al importe máximo de los contratos aludidos, su incremento en hasta la suma de pesos cuatro mil $4.000 desde el 1 de marzo de 2020, en razón de lo estipulado en el artículo 2 del Decreto N
120/2020, citado precedentemente;
Que, en el marco de las negociaciones paritarias celebradas con las entidades sindicales representativas de los trabajadores de la Administración Pública Provincial, se acordaron las pautas de la política salarial a regir desde el 1 de septiembre de 2020, implicando ello un incremento del 10% a partir de la mencionada fecha, 12% acumulado 2%
adicional a partir del 1 de octubre de 2020 y 14% acumulado 2% adicional a partir del 1 de noviembre de 2020, porcentuales que se aplican siempre respecto de los valores vigentes a diciembre de 2019;
Que, asimismo, dicha política salarial ha definido la continuidad del pago de la suma fija prevista en el Decreto N
120/2020, bajo las mismas condiciones y pautas de liquidación allí previstas;
Que este Poder Ejecutivo ha decidido aplicar al personal de la planta permanente sin estabilidad y de la planta temporaria que desempeña funciones de secretarios/as privados/as bajo el marco de la Ley N 10.430, como asimismo al personal jerarquizado superior, una pauta salarial similar a la que se determinó para los agentes de la Administración Pública;
Que corresponde en consecuencia dejar plasmadas las actualizaciones de los sueldos básicos y gastos de representación del personal de la planta permanente sin estabilidad y jerarquizado superior;
Que en sintonía con las pautas salariales referidas se estima conducente incrementar el valor del módulo para el personal de gabinete comprendido en los artículos 111 inciso a y 113 de la Ley N 10.430, Texto Ordenado por Decreto N 1869/96, sus modificatorias y su Decreto Reglamentario N 4161/96, previsto en el artículo 3 del Decreto N 1278/16 y cuyo último valor vigente se encuentra normado en el artículo 18 del Decreto N 293/2020;

SECCIÓN OFICIAL > página 3

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/07/2021 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date28/07/2021

Page count103

Edition count3364

First edition02/07/2010

Last issue03/05/2024

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