Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/04/2021 - Sección Oficial

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 20 de abril de 2021

Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 22 de la Ley y 144 -proemioe inciso 2 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1. Constituir al Instituto Universitario Policial Provincial Comisario General Honoris Causa Juan Vucetich, en los términos del artículo 1 de la Ley N 15.110, como el soporte académico de la totalidad del Sistema de Formación Profesional, Especialización y Capacitación de las Policías de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2. Establecer que el Instituto Universitario Policial Provincial Comisario General Honoris Causa Juan Vucetich se vinculará con el Poder Ejecutivo a través de la Subsecretaría de Formación y Desarrollo Profesional del Ministerio de Seguridad, la que brindará asistencia técnica y soporte administrativo para su puesta en marcha, de conformidad con el artículo 4 de la Ley N 15.110.
ARTÍCULO 3. El Consejo Asesor Provincial será presidido por el/la Subsecretario/a de Formación y Desarrollo Profesional del Ministerio de Seguridad, y se integrará por:
Un/a 1 Representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Un/a 1 Representante de la Dirección General de Cultura y Educación.
Un/a 1 Representante de la Comisión de Investigaciones Científicas CIC.
Un/a 1 Representante del Instituto Provincial de la Administración Pública IPAP.
Un/a 1 Representante por la mayoría y un/a 1 por las minorías del Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires.
Un/a 1 Representante por la mayoría y un/a 1 por las minorías de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
Un/a 1 Representante de las Policías de la provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 4. Aprobar los Lineamientos Estratégicos de Organización Institucional, que como Anexo Único IF-202027047185-GDEBA-DGTYLMSGP forma parte del presente.
ARTÍCULO 5. Determinar que los Estatutos y Reglamentos académicos y, en particular, la conformación de los órganos de gobierno, se deberán elaborar considerando los Lineamientos Estratégicos de Organización Institucional aprobados por el artículo precedente.
ARTÍCULO 6. Designar, a partir de la notificación del presente, como Delegado Organizador del Instituto Universitario Policial Provincial Comisario General Honoris Causa Juan Vucetich, con carácter ad honorem, al Director de Desarrollo Institucional, dependiente de la Dirección Provincial de Formación, Capacitación y Evaluación de la Subsecretaría de Formación y Desarrollo Profesional del Ministerio de Seguridad, licenciado Daniel Albano, DNI N 16.510.626.
ARTÍCULO 7. Serán facultades del/la Delegado/a Organizador/a, en el marco del artículo 22 de la Ley N 15.110, las siguientes:
a. Ejercer la conducción administrativa, económica y financiera del Instituto Universitario Policial Provincial Comisario General Honoris Causa Juan Vucetich, conforme las normas destinadas a la organización y funcionamiento que conjuntamente dicte con el Consejo Asesor Provincial CAP, hasta tanto se aprueben los Estatutos y Reglamentos correspondientes.
b. Elaborar los anteproyectos de Estatuto Académico, Reglamento Académico y Reglamento Docente, conforme a lo establecido en la Ley y en los lineamientos establecidos en el presente decreto.
c. Elaborar el proyecto de Oferta Académica de pregrado, grado y posgrado universitarios, como así también la Oferta Académica de Nivel Técnico Profesional, de acuerdo con los lineamientos que establezca el Ministerio de Seguridad.
d. Proponer al Ministerio de Seguridad, para su elevación al Poder Ejecutivo provincial, el proyecto de Presupuesto Anual.
e. Promover la contratación de especialistas que participen en la elaboración de los proyectos de Estatuto, reglamentos y Oferta Académica, conforme lo establecido en el artículo 23 de la Ley N 15.110.
f. Proponer la designación interina de las autoridades superiores que se establezcan estatutariamente para la puesta en marcha del Instituto Universitario, conjuntamente con el Consejo Asesor Provincial.
ARTÍCULO 8. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Seguridad y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 9. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Sergio Alejandro Berni, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador
ANEXO/S
Anexo Unico IF-2020-27047185GDEBA-DGTYLMSGP

09a6173e1467da724c0836214e0528b87623bce28a5e201d4a87be0bd3fa4408 Ver
DECRETO N 183/2021
LA PLATA, BUENOS AIRES

SECCIÓN OFICIAL > página 4

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/04/2021 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date20/04/2021

Page count171

Edition count3378

First edition02/07/2010

Last issue23/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Abril 2021>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930