Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/09/2020 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 01 de septiembre de 2020

Que, por los motivos expuestos, corresponde derogar el Decreto N 2704/05 y crear, en el ámbito de la mencionada Secretaría, un nuevo sistema, cuya función será compilar la producción normativa y documental provincial a fin de conformar un sistema informativo que permita su divulgación y conocimiento a la ciudadanía;
Que la denominación del referido sistema simboliza la reivindicación soberana de las Malvinas Argentinas, de conformidad con lo dispuesto por la disposición transitoria primera de la Constitución Nacional, como objetivo permanente e irrenunciable de la población argentina;
Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 11 de la Ley N 15.164 y 144 proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1. Crear, en el ámbito de la Secretaría General, el Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas SINDMA, con el objeto de compilar y difundir textos digitales de contenido normativo y documental.
ARTÍCULO 2. Incorporar al Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas SINDMA los siguientes textos normativos:
a. Leyes provinciales;
b. Decretos emanados del Poder Ejecutivo provincial;
c. Resoluciones y disposiciones dictadas por organismos centralizados y descentralizados de la Administración Pública provincial;
d. Acuerdos, acordadas y resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires;
e. Decretos, acuerdos, declaraciones y resoluciones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires;
f. Ordenanzas y decretos municipales de alcance general;
g. Resoluciones y disposiciones de la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires;
h. Normas, acuerdos y decisiones emanados de organismos nacionales, internacionales y regionales.
ARTÍCULO 3. Facultar a la Secretaria General a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para la implementación del presente decreto, así como ampliar los documentos normativos enumerados en el artículo 2º, e incorporar aquellos documentos cuya difusión considere relevante, tales como dictámenes, trabajos doctrinarios y de investigación y artículos jurídicos.
ARTÍCULO 4. Las normas enunciadas en el artículo 2 incisos b y c, deberán ordenar expresamente su incorporación en el Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas SINDMA, en su artículo de forma.
ARTÍCULO 5. Las normas serán puestas a disposición de manera íntegra para su consulta gratuita por los ciudadanos y organismos interesados. A efectos de garantizar la funcionalidad del sistema, los organismos responsables de la incorporación de los textos normativos deberán asegurar la disponibilidad y actualización de la información.
ARTÍCULO 6. La incorporación de las normas al Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas SINDMA, será gratuito y de carácter informativo, no sustituye su publicación, cuando corresponda, en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. En caso de discordancia, prevalecerán los textos publicados en el Boletín Oficial por revestir carácter oficial y auténtico.
ARTÍCULO 7. Invitar a la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, a la Honorable Legislatura de la Provincia, a la Junta Electoral, a los municipios de la provincia de Buenos Aires y a organismos nacionales, internacionales y regionales a adherir al Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas SINDMA creado por el artículo 1º del presente, facultándose al efecto al/la Secretario/a General a suscribir y aprobar las respectivas Actas de Adhesión.
ARTÍCULO 8. La incorporación al Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas SINDMA, de la normativa enumerada en el artículo 2 incisos d, e, f, g y h tendrá lugar una vez formalizadas las actas pertinentes.
ARTÍCULO 9. Aprobar, a los fines previstos en el artículo 7, el Modelo de Acta de Adhesión que, como Anexo Único IF2020-15741809-GDEBA-SSLYTSGG, forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 10. Corresponde a la Secretaria General, a través de sus áreas competentes, la administración y mantenimiento de las bases normativas. A tal efecto, tendrá a su cargo la administración de los sistemas informáticos necesarios para la carga, resguardo y recuperación de aquella.
ARTÍCULO 11. La Secretaría General de oficio o a solicitud de los organismos competentes que conforman el Poder Ejecutivo provincial, podrá incorporar al sistema los textos actualizados de las normas provinciales. La base de datos deberá conservar los textos originales de las normas y sus modificatorias, los que tendrán preeminencia sobre los textos actualizados.
ARTÍCULO 12. Autorizar a la Secretaria General a celebrar convenios tendientes a la optimización del servicio prestado por el Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas SINDMA.
ARTÍCULO 13. Derogar el Decreto Nº 2704/05.
ARTÍCULO 14. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 15. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido archivar.
Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador ANEXO ÚNICO IF-2020-15741809-GDEBA-SSLYTSGG
MODELO DE ACTA DE ADHESIÓN

SECCIÓN OFICIAL > página 4

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/09/2020 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date01/09/2020

Page count80

Edition count3382

First edition02/07/2010

Last issue29/05/2024

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