Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/04/2020 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 13 de abril de 2020

SECCIÓN OFICIAL
Resoluciones RESOLUCIÓN Nº 2-SSDCYPIMPCEITGP-2020
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 10 de Abril de 2020
VISTO el expediente Nº EX-2020-06238231-GDEBA-DTAYLDLIMPCEITGP, mediante el cual se propicia reglamentar los aspectos esenciales del Decreto N 177/2020, y CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1 del Decreto de Necesidad y Urgencia N 260/2020 se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA
SALUD OMS en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN 1 año a partir de su entrada en vigencia;
Que el artículo 1 del Decreto N DECRE-2020-132-GDEBA-GPBA, por su parte, declaró el estado de emergencia sanitaria en el ámbito de la provincia de Buenos Aires por el término de ciento ochenta 180 días;
Que la Ley Nacional N 20.680 rige todo lo relativo al abastecimiento de bienes y servicios destinados a satisfacer necesidades básicas o esenciales de la población y confiere a los Gobernadores de Provincia la atribución de fijar precios máximos, en tanto la Nación no los establezca, disponer de las medidas autorizadas en los incisos h, f, j y l de su artículo 2 y modificar los precios fijados por la autoridad nacional de aplicación en sus respectivas jurisdicciones;
Que dicha ley establece, asimismo, una serie de multas y sanciones en materia de incumplimiento, que incluyen el decomiso y la clausura;
Que en este marco, por RESOL-2020-100-APN-SCIMDP de fecha 19 de marzo de 2020 de la SECRETARÍA DE
COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO de la Nación se establecieron precios máximos de venta al consumidor final de diversos productos correspondientes a los rubros Alimentos, Bebidas, Limpieza, Perfumería y Cuidado Personal y Mascotas Anexo I de la Disposición N 55/2016 de la SUBSECRETARÍA
DE COMERCIO INTERIOR y el Anexo I de la Resolución N 448/2016 de la entonces SECRETARÍA DE COMERCIO, informados al Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos SEPA vigentes al día 6 de marzo de 2020, para cada producto descripto en su reglamentación y por cada punto de venta mayorista o minorista, según corresponda, respecto de los sujetos allí indicados;
Que, a su vez, por el artículo 4 de la citada norma, se intimó a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización de los productos, a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia de dicha medida y se estipuló que el incumplimiento de lo establecido por dicha Resolución será sancionado conforme lo previsto en la Ley N 20.680 y el Decreto N 274 de fecha 22 abril de 2019;
Que el Decreto N 5206/74 estableció que el Ministerio de Economía sería el órgano competente para ejercer, en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, las atribuciones conferidas por el artículo 3 de la Ley 20.680;
Que, a través de la Ley N 8197 se estableció que la Dirección de Comercio del entonces Ministerio de Economía era la autoridad de aplicación de la Ley Nacional indicada en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires;
Que la Ley de Ministerios N 15.164 determina que corresponde a esta Cartera Ministerial entender en lo relativo al diseño e implementación de las políticas para el ordenamiento, promoción y desarrollo de las actividades comerciales de la provincia de Buenos Aires;
Que de acuerdo a ello, y a lo establecido por el Decreto N DECRE-2020-54-GDEBA-GPBA, lo relativo a la fiscalización y control del cumplimiento de la mencionada normativa se lleva adelante a través de la Dirección de Fiscalización de Comercio dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Comercial y Promoción de las Inversiones que tiene a su cargo el ejercicio de las tareas de inspección, constatación y comprobación;
Que mediante la Resolución N RESO-2020-100-GDEBA-MPCEITGP, el Ministro de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica facultó de manera excepcional y en el marco de la Emergencia Sanitaria establecida por el Decreto N
DECRE-132-2020-GDEBA-GPBA, y mientras dure aquella, a una determinada nómina de agentes, personal de gabinete y funcionarios de esa repartición a actuar como agentes inspectores y fiscalizadores de cumplimiento de la Ley Nacional N
20.680 y normativa complementaria;
Que en virtud de la emergencia sanitaria provocada por la pandemia del COVID-19 y a fin de evitar las situaciones de abuso de posición dominante, aumento indiscriminado y abusivo de precios, restricción de la oferta y desabastecimiento, por Decreto Provincial N 177/2020 se creó el Sistema de Monitoreo de Abastecimiento y Precios de Productos Esenciales por la Emergencia Sanitaria SIMAP con el objeto de asegurar una debida fiscalización y control en el ámbito provincial del cumplimiento del abastecimiento y precios máximos, respecto de los respectivos productos esenciales;
Que mediante el Decreto N 351/2020, en total concordancia, con lo regulado por la Provincia de Buenos Aires, se instó a los gobernadores de todo el país a coordinar el ejercicio del poder de policía de fiscalización sobre los precios máximos con los intendentes e intendentas de cada jurisdicción;
Que, en este marco, deviene necesario reglamentar los aspectos esenciales del Decreto N 177/2020 a los fines de su correcta e inmediata implementación;

SECCIÓN OFICIAL > página 3

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/04/2020 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date13/04/2020

Page count22

Edition count3365

First edition02/07/2010

Last issue06/05/2024

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