Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/09/2019 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 27 de septiembre de 2019

SECCIÓN OFICIAL
Decretos DECRETO Nº 1247-GPBA-19
La Plata, Buenos Aires Lunes 23 De Septiembre De 2019
VISTO el expediente EX-2019-00594966-GDEBA-DCYPMAPGP, mediante el cual se propicia aprobar la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Asuntos Públicos, la Ley N 14.989, y CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece que el despacho de los negocios administrativos de la Provincia estará a cargo de dos o más Ministros Secretarios y una ley especial deslindará los ramos y las funciones adscriptas al despacho de cada uno de los Ministerios;
Que la Ley N 14.989 determina que el Poder Ejecutivo es asistido en sus funciones por los Ministros Secretarios, de acuerdo con las facultades y responsabilidades que ella les confiere;
Que, asimismo, prevé la potestad del Poder Ejecutivo de establecer las estructuras orgánico-funcionales necesarias para el desarrollo de las competencias de cada Ministerio y demás organismos en ella presentes;
Que el artículo 31 de la citada Ley establece las competencias del Ministerio de Asuntos Públicos, determinando sus atribuciones y responsabilidades particulares;
Que deviene oportuno y conveniente determinar la estructura del Ministerio citado precedentemente, en un todo de acuerdo con los principios de austeridad, eficiencia administrativa y modernización, a fin de dar respuesta a las políticas públicas y calidad de gestión requerida por el Gobierno Provincial;
Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, la Dirección Provincial de Presupuesto Público y la Subsecretaría de Capital Humano;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1. Aprobar la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Asuntos Públicos, a partir del 1 de enero de 2019, de acuerdo al organigrama y acciones que, como Anexos I, Ia, Ib, Ic IF-201927028566-GDEBA-MAPGP y Anexo II
IF-2019-27025967-GDEBA-MAPGP, forman parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2. Determinar para la estructura orgánico-funcional aprobada en el artículo precedente los siguientes cargos:
UN 1 Subsecretario de Contenidos Públicos, UN 1 Subsecretario de Planificación Comunicacional, UN 1 Director Provincial de Comunicación Estratégica, UN 1 Director Provincial de Comunicación de Gobierno, UN 1 Director Provincial de Contenidos, UN 1 Director Provincial de Comunicación Masiva y Vínculo Ciudadano, UN 1 Director General de Administración, UN 1 Director de Opinión Pública, UN 1 Director de Análisis de la Información, UN 1 Director de Asistencia a los Municipios, UN 1 Director de Imagen y Actos de Gobierno, UN 1 Director de Comunicación Directa, UN
1 Director de Comunicación Digital, UN 1 Director de Innovación Tecnológica, UN 1 Director de Planificación Estratégica Audiovisual, UN 1 Director de Comunicación Municipal, UN 1 Director de Contabilidad y Presupuesto, UN 1
Director de Compras y Contrataciones, UN 1 Delegado de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales con rango y remuneración equivalente a Director y UN 1 Director Técnico Jurídico, todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial; Ley Nº 10.430 y su Decreto Reglamentario Nº 4.161/96 T.O. Decreto Nº 1.869/96.
ARTÍCULO 3. Dejar establecido que las designaciones efectuadas en aquellas unidades orgánicas que no modificaron su denominación, como así también aquella designación en la unidad orgánica que solo modifica su denominación y se encuentra detallada en el Anexo III IF-2019-28222919-GDEBA-MAPGP, quedan ratificadas por el presente.
ARTÍCULO 4. Establecer que dentro del plazo de ciento ochenta 180 días desde la vigencia del presente, el titular del Ministerio de Asuntos Públicos deberá efectuar la desagregación integral de la totalidad de la estructura orgánico-funcional, como así también arbitrar los medios necesarios para la elaboración de las plantas de personal innominadas y nominadas, con sujeción a la estructura organizativa aprobada por el presente, previa intervención de los organismos y dependencias competentes.
ARTÍCULO 5. Dejar establecido que hasta tanto se efectúe la desagregación integral de la estructura orgánico-funcional, mantendrán su vigencia aquellas unidades orgánicas con nivel inferior a Dirección oportunamente aprobadas.
ARTÍCULO 6. Establecer que el Ministerio de Asuntos Públicos propondrá al Ministerio de Economía, las adecuaciones presupuestarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el presupuesto general del ejercicio vigente.
ARTÍCULO 7. Derogar el Decreto Nº 37/18 y toda otra norma que se oponga a la presente.

SECCIÓN OFICIAL > página 3

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/09/2019 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date27/09/2019

Page count73

Edition count3364

First edition02/07/2010

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