Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/09/2019 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 06 de septiembre de 2019

SECCIÓN OFICIAL
Resoluciones RESOLUCIÓN N 97-MJGM-19
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 30 de Agosto de 2019
VISTO el EX-2019-10925058-GDEBA-DGTYAMJGM, las Leyes N 14.828, 14.989,los Decretos N 1018/16 y 34/18, la Resolución N 251/15 de la Secretaría General de la Gobernación, y CONSIDERANDO:
Que a fin de alcanzar una gestión pública de calidad que posibilite la provisión eficaz y eficiente de bienes y servicios públicos a los ciudadanos de la provincia de Buenos Aires de manera equitativa, transparente y efectiva, para una mayor integración y desarrollo de la sociedad, la Ley Nº 14.828 creó el Plan Estratégico de Modernización de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires;
Que el mencionado Plan se compone de un conjunto de programas, normas y procedimientos destinados a instalar en el ámbito provincial, un nuevo modelo de gestión pública de calidad que posibilite la provisión eficaz y eficiente de bienes y servicios públicos de manera equitativa, trasparente y efectiva, mediante un proceso de reforma de los sistemas administrativos;
Que dentro de sus componentes se encuentran, entre otros, el Sistema de gestión por resultados: Elaboración e implementación de Planes Estratégicos y el Gobierno electrónico y nuevas tecnologías de la información y comunicación art. 4, Anexo único, la Ley N 14.828;
Que de acuerdo a aquel cuerpo legal, el sistema de gestión orientado a resultados en la Administración Pública se implementa a través de diversos instrumentos, dentro de los cuales encuentra el objetivo fundamental de garantizar la seguridad de la información en toda la Administración Pública Provincial a través de la coordinación de respuestas ante los intentos de ataque o penetración a las redes informáticas de los organismos, fijando los estándares de seguridad y controlando que sean cumplidos en los sistemas de la propia Administración Pública art. 5.5, Anexo único, Ley cit.;
Que, por su parte, el Gobierno Electrónico se realiza a través de variados instrumentos, entre los cuales se encuentra la Seguridad Informática, mediante la cual se procura aumentar los niveles de seguridad informática a partir de la construcción de la infraestructura necesaria para dar el tratamiento adecuado y proteger la información y los sistemas de la Provincia de Buenos Aires con la intervención de las áreas con competencia en la materia art. 9.4, Anexo único, Ley cit.;
Que a tales fines, la normativa vigente autoriza a la Autoridad de Aplicación o quien ésta designe, con intervención de la dependencia competente en la materia I a establecer los marcos normativos y operativos necesarios para aumentar el nivel de seguridad informática y II a fortalecer las capacidades de prevención, detección y atención de incidentes informáticos que pudieran afectar los sistemas críticos del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires art. 9.4, incisos 1 y 2
Anexo único, Ley cit.;
Que previo a la sanción de la Ley N 14.828, la entonces Secretaría General de la Gobernación, dictó la Resolución N 251
de fecha 10 de noviembre de 2015, a través de la cual se creó el EQUIPO PROVINCIAL DE RESPUESTAS A
INCIDENTES DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN,con el propósito de intervenir y proteger las infraestructuras estratégicas y críticas de la Administración Pública Centralizada, Descentralizada, Organismos de la Constitución y Entes Autárquicos arts. 1 y 2, Res. cit;
Que el artículo 18, apartado 6 de la Ley de Ministerios, N 14.989, encomienda al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, entender en materia de modernización de la Administración Pública;
Que en ese orden, a través del Decreto N 34/18 se aprobó la estructura orgánico - funcional del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, asignando a la Subsecretaría para la Modernización del Estado las acciones de implementar el Plan Estratégico de Modernización de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires, conforme los lineamientos establecidos en la Ley N 14.828, Decreto reglamentario Nº 1018/16 y normativa complementaria; diseñar, promover, establecer, impulsar y evaluar planes, programas, acciones, proyectos, y el/los sistema/s de gestión que tengan por objeto la modernización del Estado Provincial, así como, establecer lineamientos estratégicos y pautas de funcionamiento en los temas relacionados con la tecnología de información y telecomunicaciones;
Que en idéntico sentido, el aludido Decreto N 34/18 le encomienda a la Dirección Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías, el cometido de elaborar y proponer el Plan de Seguridad de la Información, alineado a estándares internacionales, para su aplicación en la Administración Pública Provincial;
Que, asimismo, es misión del Departamento de Seguridad Informática, dependiente de la mencionada Dirección Provincial, desarrollar e implementar un marco regulatorio y técnico en seguridad de la información para el Gobierno Digital y sociedad de la información y controlar su cumplimiento, como así también establecer mecanismos operativos, de control inherentes a los estándares de seguridad definidos para las áreas de informática y comunicaciones, entre otras atribuciones -Decreto N 34/18-;
Que, en consideración de los avances tecnológicos, el ciberespacio es concebido como un escenario fundamental para el intercambio de datos e información, por lo cual resulta de vital importancia, adoptar medidas concretas para garantizar la
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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/09/2019 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date06/09/2019

Page count98

Edition count3376

First edition02/07/2010

Last issue21/05/2024

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