Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/07/2019 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 19 de julio de 2019

SECCIÓN OFICIAL
Decretos DECRETO N 673-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 13 de Junio de 2019
VISTO el expediente 5200-16132/19, mediante el cual se propicia otorgar las Bonificaciones Remunerativas No Bonificable establecidas en los Decretos Nº 2896/92 y N 3464/93, con sus modificatorios, al personal que revista en las categorías 1 a 24 de la Ley N 10.430, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N 2896/92 se estableció una bonificación remunerativa no bonificable, para el personal de Autoridades Superiores, Jerárquico y Profesional de Fiscalía de Estado;
Que dicha norma fue modificada por Decreto N 3846/92 y, posteriormente, por el Decreto N 3464/93 a través del cual se otorgó a la bonificación aludida, el carácter de permanente;
Que, asimismo, mediante la norma citada en último término, modificada por el Decreto N 4511/96, se determinó el pago de una bonificación para los agentes de Fiscalía de Estado;
Que mediante los Decretos N 257/02, N 2484/01, N 2483/01 y N 2734/01, se ratificó la equiparación jerárquica y remunerativa para el personal del Honorable Tribunal de Cuentas, Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia, con sus pares de Fiscalía de Estado, reconociéndose el derecho a los empleados de dichos organismos a percibir las retribuciones abonadas a los agentes que prestan servicios en esta última jurisdicción;
Que el Decreto Nº 955/08 dispuso que las bonificaciones mencionadas en los párrafos precedentes tengan el carácter de permanentes y móviles;
Que mediante Decreto Nº 2103/12 se otorgó la Bonificación Remunerativa No Bonificable establecida en el Decreto N
2896/92 y modificatorios, a la totalidad del personal del Honorable Tribunal de Cuentas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado, extendiéndose la misma a los Agrupamientos Ocupacionales Servicio, Obrero, Administrativo y Técnico;
Que el Decreto Nº 424/13 otorgó la bonificación a que refiere el Decreto Nº 2896/92 y modificatorios, así como la bonificación establecida en el Decreto Nº 3464/93 y modificatorios, al Personal Jerarquizado Superior y al Personal de Planta Permanente sin Estabilidad de la Ley Nº 10.430 y modificatorias que presten servicios en la Honorable Junta Electoral, estableciendo en su Anexo Único las equiparaciones jerárquicas y remunerativas con sus pares de Fiscalía de Estado para la percepción de las mismas;
Que la norma referida en el párrafo antecedente determinó la imposibilidad de la percepción por parte del personal descripto, de bonificaciones de carácter extraordinario en períodos electorales;
Que en pos de tomar aquellas medidas que tiendan a la homogeneización de las retribuciones que perciben los agentes en el ámbito de la Junta Electoral, resulta oportuno y conveniente, incorporar en la percepción de las bonificaciones normadas en los Decretos N 2896/92 y N 3464/93, a quienes revistan en las categorías 1 a 24 de la Ley N 10.430 en el mencionado organismo constitucional;
Que, asimismo, y teniendo en cuenta la finalidad descripta en el párrafo antecedente, corresponde la supresión de las bonificaciones normadas en el Decreto N 131/07 y su modificatorio N 1448/13 y en el Decreto N 3179/09 y sus modificatorios Nº 1980/11 y Nº 70/18, que fueron determinadas a favor del personal de las categorías 1 a 24 de la Junta Electoral;
Que la presente medida ha sido resuelta en la audiencia de mesa técnica, celebrada el día 20 de diciembre de 2018, entre la representación de este Estado empleador y la Asociación del Personal de los Organismos de Control APOC, en la que las partes han acordado su implementación con vigencia desde el 1 de marzo de 2019;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, como, asimismo, la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público dependiente de la Subsecretaría de Política y Coordinación Económica y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Economía;
Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 proemio de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1. Otorgar a partir del 1 de marzo de 2019 al personal de la Junta Electoral, que revista en las categorías 1 a
SECCIÓN OFICIAL > página 3

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/07/2019 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date19/07/2019

Page count76

Edition count3363

First edition02/07/2010

Last issue02/05/2024

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