Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/04/2019 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 30 de abril de 2019

SECCIÓN OFICIAL
Decretos DECRETO N 221-GPBA-19
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 29 de Marzo de 2019
VISTO el expediente Nº 21212-1342/15 del Patronato de Liberados Bonaerense, por el cual tramita un pedido de reconocimiento y pago de servicios, que dice haber prestado el agente Marcelo Jorge BOUZA como Coordinador de la Delegación Quilmes I, y CONSIDERANDO:
Que Marcelo Jorge BOUZA solicita el reconocimiento y pago de las funciones, junto a los adicionales por función y disposición permanente, actualizaciones y demás diferencias, por los servicios que dice haber prestado como Coordinador de la Delegación Quilmes I, desde el 1 de junio de 2009 hasta el 31 de mayo de 2013 foja 2;
Que en sustento de su pretensión adjunta prueba e invoca la Disposición DPR N 84/12, por la cual el entonces Director Provincial de Regiones le encomendó al peticionante, la firma y atención del despacho de la Delegación Quilmes I;
Que el agente mencionado revista en la planta permanente de la Ley N 10.430 texto ordenado por Decreto Nº 1896/96 y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, en el agrupamiento profesional, categoría 15, código 5-0175-VII-2, con un régimen de treinta 30 horas semanales de labor en el Patronatos de Liberados Bonaerense;
Que por el citado acto administrativo sólo se encomendaron al interesado las tareas mencionadas, sin que ello pueda ser asimilado a una designación en el cargo cuyo reconocimiento pretende;
Que corresponde al Poder Ejecutivo disponer el nombramiento del personal, y en la reglamentación del artículo 5 de la Ley N 10.430 texto ordenado por Decreto N 1896/96, Decreto N 4161/96, se prevé que la autoridad correspondiente deberá abstenerse de poner en posesión del cargo o permitir la prestación de servicio de persona alguna, si no ha recibido la comunicación oficial del acto de nombramiento, lo que no ha ocurrido en el caso;
Que por ello jamás pudo permitirse la actuación del interesado en la función jerarquizada cuyo reconocimiento peticiona, en forma previa al dictado del acto administrativo correspondiente, circunstancia que ni éste ni su superior jerárquico podían ignorar;
Que de lo contrario, la utilización de la vía subsidiaria del reconocimiento de servicios se transformaría en un mecanismo paralelo, para sortear un procedimiento reglado y específico que corresponde cumplir para designar al personal estatal;
Que por Resolución Nº 403/07 del Presidente del Patronato de Liberados Bonaerense, se crearon en el ámbito de la Dirección Provincial de Regiones veinte delegaciones zonales, dentro de la cual se incluía a la Delegación Zonal 41, dependiente del partido de Quilmes, en la cual la interesada dice haber prestado servicios, y se autorizó la designación de coordinadores, con fundamento en el artículo 211 de la Ley N 12.256 fojas 101/102;
Que si bien el artículo 211 de la Ley N 12.256 prevé que el Presidente del Patronato de Liberados podrá disponer la creación de delegaciones departamentales y proponer la designación de personal, de ningún modo se lo faculta a crear nuevos cargos no contemplados en la estructura aprobada por decreto, ni en el presupuesto vigente;
Que a fojas 81/100 obran copias certificadas de los Decreto N 3407/04 y Decreto N 2117/10, por los cuales se aprobó la estructura orgánico-funcional descentralizada del Patronato de Liberados Bonaerense, y no se incluyó la figura de los coordinadores de delegación;
Que las tareas de coordinador de delegación tampoco se encuentran vinculadas a categoría salarial alguna, ni tienen reflejo en el presupuesto asignado al organismo para los distintos ejercicios fiscales involucrados, ni en la cantidad de cargos jerárquicos aprobados;
Que por lo expuesto, las circunstancias que surgen de las actuaciones y la documentación acompañada, carecen de entidad suficiente para acceder al reclamo efectuado;
Que el derecho a percibir la retribución correspondiente por el desempeño regular de una función, se origina a partir del día en que se hace efectiva la designación correspondiente y se toma posesión del cargo en debida forma artículo 5 de la Ley N 10.430 texto ordenado por Decreto N 1896/96- y su Decreto Reglamentario N 4161/96, lo que no ha ocurrido en el caso;
Que por lo expuesto, las circunstancias que surgen de las actuaciones y la documentación acompañada, carecen de entidad suficiente para acceder al reclamo efectuado;
Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia, Fiscalía de Estado y la Dirección Provincial de Relaciones Laborales;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA

SECCIÓN OFICIAL > página 3

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/04/2019 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date30/04/2019

Page count90

Edition count3364

First edition02/07/2010

Last issue03/05/2024

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