Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/05/2012 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, JUEVES 31 DE MAYO DE 2012

PÁGINA 4315

CONSIDERANDO:
IQue del informe elevado por la Secretaría de Actuación de fs. 176 surge que la Agrupación Cambio y Compromiso, del distrito de General Rodríguez, Registro Nº 680
ha quedado encuadrada en la causal de caducidad establecida en los incisos b y c del artículo 46 del Decreto Ley antes mencionado, atento a que no se presentó en el distrito respectivo en las elecciones del año 2011, convocadas por Decreto 333/11 de fecha 14/04/11 BO Nº 26.572 del 15/04/11 y no alcanzó el 2% del total de inscriptos en el padrón pertinente en las elecciones del año 2009, convocadas por Decreto 437/09 de fecha 30/03/09 BO Nº 26.103 del 06/04/09.
IIQue según se desprende del informe producido por la Secretaría de Actuación que antecede, se procedió a notificar en el domicilio constituido y partidario, así como publicar en el Boletín Oficial, conforme las constancias obrantes a fs. 178/179, 180/181
y 182 respectivamente.
IIIQue la intimación efectuada no ha sido contestada, encontrándose vencido en exceso el plazo otorgado.
IVQue conforme se adelantara en el decisorio de fs. 177, es criterio adoptado por este Cuerpo, que no presentarse a un acto comicial general, equivale a no alcanzar el mínimo del porcentaje requerido por la normativa vigente y aplicable en la materia VQue, con igual fundamento, en forma pacífica y reiterada, se declararon con anterioridad, y con distintas integraciones del Cuerpo, caducidades recaídas en las actuaciones Nueva Conciencia de Luján, Expte. 5.200-10.162/04; Unidad por San Martín, Expte. 5.200-10.237/05; Cultura Popular Independiente de Vicente López, Expte.
5.200-10.156/05; Avellaneda 2000, Expte. 5.200-8.201/01; Nueva Capital de La Plata, Expte. 5.200-10.282/05; Partido Corriente Patria Libre Expte. 5200-5761/94; Partido Solidaridad, Expte.: 5200-5590/94; Partido Fuerza Modernista, Expte.: 520-5168/92, Partido Unidad Federalista P.A.U.F.E. Expte.: 5200-7582/99; Participación Ciudadana Expte. 5200- 10078/04, entre otras.
VIQue de conformidad a lo dicho en los considerandos anteriores, corresponde declarar la caducidad de la personería política de la Agrupación Cambio y Compromiso del distrito de General Rodríguez.
Por ello,
ACTUALIZACIÓN DE IMPORTES
DECRETO N 166/12
Aplicación artículos 27 L.C. y 110 de R:C
ANEXO
Art.

Provincia de Buenos Aires CONTURÍA GENERAL
Resolución
2

3

24
26
30

50
79

80

Art.

82
109

48

La Plata, 29 de marzo de 2012.
VISTO la autorización conferida por el artículo 110 del Reglamento de Contrataciones, Texto Ordenado por Decreto Nº 787/04, artículo 10 y Resolución Nº 952/04 de la Contaduría General de la Provincia, y CONSIDERANDO:
Que corresponde actualizar los valores establecidos por la Resolución Nº 765/10 de este Organismo, en concordancia con lo dispuesto por el Decreto Nº 166/12 procediendo a utilizar múltiplos, significativo superior, a diez mil, un mil, quinientos y doscientos, según fuere procedente, y con el propósito de simplificar los cálculos y en un todo de acuerdo al mecanismo previsto en el artículo 110 de Reglamento de Contrataciones;
Que la presente medida se dicta en virtud de la facultad otorgada por le artículo 97
de la Ley de Administración Financiera Nº 13.767 y su Decreto Reglamentario Por ello, EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:
ARTÍCUO 1º - Actualizar los importes establecidos por la Resolución Nº 765/10 de esta Contaduría General de la Provincia relacionados al Decreto Nº 3.300/72 y sus modificatorias, Reglamentario de la Ley de Contabilidad - Decreto-Ley 7.764/71 T.O, establecidos en el Capítulo II - Título III Reglamento de Contrataciones y Capítulo V Gestión de Bienes de la Provincia en la forma consignada en el Anexo que forma parte integrante de la presente ARTÍCUO 2º - Cumplir con lo estipulado por el Decreto Nº 2704/05, en cuanto a la incorporación y registración de la presente, en el Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires SINBA.
ARTÍCUO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a la Dirección General de Administración. Cumplido Archivar.
Carlos Alberto Machiaroli Contador General
ANTERIOR

CAPÍTULO II - TÍTULO III de la Ley de Contabilidad CONTRATACIONES
Licitación Pública o remate público cuando se trate de ventas, más de.
Licitación Privada, hasta..
Contratación Directa, hasta
AUTORIZACIÓN
Poder Ejecutivo, más de
Ministros, Secretario General de la Gobernación y Titulares de los Organismos de la Constitución, hasta
Subsecretarios con competencia administrativa jurisdiccional, hasta.
Directores Generales de Administración o Directores de Administración Contable, o quienes hagan sus veces, hasta.

1

LA JUNTA ELECTORAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:
1º Declárese la caducidad de la personería política de la Agrupación Cambio y Compromiso, del distrito de General Rodríguez Registro Nº 680, sin perjuicio de su subsistencia como persona de derecho privado Art. 46 inciso b del Decreto Ley 9.889/82, t.o. s/Decreto 3.631/92.
2º Por Secretaría, procédase a cancelar la inscripción en el libro respectivo.
3º Regístrese, notifíquese, publíquese por un 1 día en el Boletín Oficial y archívese.
Eduardo Néstor de Lázzari, Presidente. Eduardo Raúl Delbes, Eduardo Benjamín Grinberg, Patricia Ferrer, Claudia Angélica Matilde Milanta, Vocales. Ante mí: Guillermo Osvaldo Aristía, Secretario de Actuación.
C.C. 5.245

NORMA LEGAL Y REFERENCIA ARTICULADO
CONCEPTO

51
51.1 .a 51.1 .a 51.1 .b 51.1.c 52
52.1.a 52.1 .b 52.1 .c 52.2.a 52.2.b 52.2.C

APROBACION
Poder Ejecutivo, más de
Ministros, Secretario General de la Gobernación y Titulares de los Organismos de la Constitución, hasta
Subsecretarios con competencia administrativa jurisdiccional, hasta.
Directores Generales de Administración o Directores de Administración Contable, o quienes hagan sus veces, hasta.
Poder Ejecutivo, más de
Ministros, Secretario General de la Gobernación y Titulares de los Organismos de la Constitución, hasta..
Subsecretarios con competencia administrativa jurisdiccional, hasta
Directores Generales de Administración o Directores de Administración Contable o quienes hagan sus veces, hasta
Contratación Directa Art. 26, inc. 3, ap. a, autorizan y aprueban;
Ministros, Secretario General de la Gobernación y Titulares de los Organismos de la Constitución; hasta
Subsecretarios con competencia administrativa jurisdiccional, hasta
Directores Generales de Administración o Directores de Administración Contable, o quienes hagan sus veces, hasta..
Garantía de Oferta ..
Garantía de Adjudicación..
Exención de presentar garantías, cuando el monto de la misma no exceda del 5% del patrimonio neto de la recurrente.
Exención de presentar garantías, cuando el monto de la misma no exceda del 10% del patrimonio neto de la recurrente Pre adjudicación por sorteo.
Consulta al Registro Provincial de Microempresas a Contratación inferior a..
b Contratación Directa Art.26 inc. 3 api, m, o y p siempre que la Contratación no supere.
Normas especiales para contrataciones directas hasta un total de.
Ap. 1 Inaplicabilidad del trámite de contratación directa cuando para la realización de un trabajo o servicio fuere menester realizar varias contrataciones que, en conjunto, superen la suma de..
Ap 3 a Certificación de cumplimiento contractual mediante autorización del Ministro, Sec. Gral. de Gob., Titulares de Org. de la Const. y Subsecretarios con competencia administrativa, con emisión de Orden de Compra, hasta
3 b Certificación de cumplimiento contractual, mediante autorización de funcionarios referidos en los incs. b y c Art. 2 del Reglamento de Contrataciones, con conformidad en la factura, hasta
NORMA LEGAL Y REFERENCIA ARTICULADO
CONCEPTO

IMPORTE
ACTUALIZADO

790.000,00
790.000,00
80.000,00

940.000.00
940.000,00
100.000,00

3.950.000,00

4.700.000,00

3.950.000,00

4.700.000,00

1.980.000,00

2.360.000,00

790.000,00

940.000,00

9.880.000,00

11.760.000,00

9.880.000,00

11.760.000,00

3.950.000,00

4.700.000,00

790.000,00
3.950.000,00

940.000,00
4.700.000,00

3.950.000,00

4.700.000,00

1.980.000,00

2.360.000,00

790.000,00

940.000,00

Sin Límite
Sin limite
1.980.000,00

2.360.000,00

790.000,00
25.000,00
6.500,00
6.500,00

940.000,00
30.000,00
8.000,00
8.000,00

5.000,00
1.000,00

6.000,00
1.200,00

80.000,00

100.000,00

160.000,00

190.000,00

80.000,00

100.000,00

80.000,00

100.000,00

80.000,00

100.000,00

25.000,00

30.000,00

IMPORTE
ANTERIOR

CAPÍTULO II - TÍTULO III de la Ley de Contabilidad CONTRATACIONES continuación de Excepción en las contrataciones directas del cumplimiento ciertos requisitos cuando su valor no supere la suma de..
Autorización para Contrataciones Anticipadas Art. 29 Ley de Contabilidad:
a Poder Ejecutivo, cuando exceda de
b Ministros, Secretario General de la Gobernación y Titulares de los Organismos de la Constitución, hasta la suma de..
c Subsecretarios con competencia administrativa jurisdiccional, hasta..
CAPTULO V de la Ley de Contabilidad GESTIÓN DE BIENES DE LA PROVINCIA
Autorización para realizar donaciones al Sector Público o a entidades de bien Público, de bienes fuera de uso o en condiciones de rezago por:
a Resolución de Subsecretario, cuando su valor no supere.
b Resolución Ministerial, cuando su valor exceda..
y no supere 50% del valor de reposición Autorización para aceptar donaciones de bienes inmuebles por adhesión. Bienes muebles libres de gravámenes o dinero en efectivo:
Director de Repartición cuando el bien tenga destino determinado y su valor no supere la suma de..
Director de Administración Contable cuando el bien no tenga destino determinado y su valor no supere la suma de
Director General de Administración, cuando el valor supere
y resulte inferior a la suma de.
Ministros o, en el caso de donaciones a la Policía, Jefe de Policía cuando el valor de los bienes supere la suma de
Modificación de Bienes y Cambio de Motores:
Modificación Parcial:
Titular de la Repartición hasta..
Director General de Administración, cuando el valor supere.
y resulte menor de
Ministros, cuando el valor supere la suma de
Modificación Total Titular de la Repartición hasta..
Director General de Administración, cuando el valor supere y resulte menor de..
Ministros, cuando el valor supere la suma de

NORMA LEGAL Y REFERENCIA ARTICULADO
CONCEPTO
CAPÍTULO V de la Ley de Contabilidad GESTION DE BIENES DE LA PROVINCIA continuación Rezagos y Bajas 52
Autorización para dar baja patrimonial en las cuentas activas de bienes fuera de uso o rezago, según su valor de inventario:
52.a Titular de la Repartición interesada, hasta
52.b Director General de Administración, Cuando el valor supere
y resulte menor de 52.c Ministros, cuando el valor supere la suma de Bajas Definitivas 52
Bajas definitivas de bienes cuando estos desaparezcan totalmente del patrimonio de la Provincia, según su valor de inventario:
52.a Titular de la Repartición, hasta 52.b Director General de Administración, o quien haga sus veces, cuando el valor supere la suma de..
y resulte inferior a 52.c Ministros, cuando el valor supere la suma de Disposiciones Generales 52
Bienes que no resultan susceptibles de ser inventariados, sin perjuicio del control patrimonial correspondiente, cuando su valor no supere
ARTÍCULO MODIFICADO POR DECRETO 785/01
59
Cajas Chicas, monto máximo a otorgar
Con Facturas individuales no superior ..
Art.

ACTUALIZADO

25.000,00

30.000,00

3.950.000,00

4.700.000,00

3.950.000,00

4.700.000,00

1.980.000,00

2.360.000,00

9.000,00
9.000,00
21.000,00

11.000,00
11.000,00
25.000,00

80.000,00

100.000,00

80.000,00
80.000,00
790.000,00

100.000,00
100.000,00
940.000,00

790.000,00

940.000,00

17.000,00
17.000,00
80.000,00
80.000,00

20.000,00
20.000,00
100.000,00
100.000,00

9.000,00
9.000,00
80.000,00
80.000,00

11.000,00
11.000,00
100.000,00
100.000,00

ANTERIOR

IMPORTE
ACTUALIZADO

17.000,00
17.000,00
80.000,00
80.000,00

20.000,00
20.000,00
100.000,00
100.000,00

9.000,00

11.000,00

9.000,00
80.000,00
80.000,00

11.000,00
100.000,00
100.000,00

2.000,00

2.500,00

20.000,00
2.000,00

20.000,00
2.000,00

C.C. 5.173

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TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date31/05/2012

Page count37

Edition count3396

First edition02/07/2010

Last issue19/06/2024

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