Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/11/2011 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

desarrollada en forma habitual y a título oneroso es COMERCIAL, la que también es ejercida en esta jurisdicción de TUCUMÁN, no se encuentra inscripto como contribuyente en esta Autoridad de Aplicación existiendo la obligación legal de hacerlo, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos artículos 1 y concordantes CM y artículos 26, 27, 214, 215 y concordantes CTP, es que corresponde proceder conforme lo habilita el artículo 105 del Código Tributario Provincial dándolo de alta de oficio en esta jurisdicción, disponiendo, hasta tanto regularice su situación tributaria a través del Sistema Padrón Web dispuesto por la Comisión Arbitral del Régimen del Convenio Multilateral, su incorporación al Sistema Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán SARET
XXIpara su administración dentro de la base de datos de contribuyentes locales de la Provincia con su número de inscripción en el referido régimen;
Que en virtud a lo antes considerado y lo dispuesto por la RG DGR Nº 176/10, corresponde expedir constancia de inscripción en formulario 901 F.901;
Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el Departamento Técnico Legal en los presentes actuados, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 105 del Código Tributario Provincial y lo establecido por la RG DGR Nº 180/10 y sus modificatorias, EL JEFE DEL DEPARTAMENTO RECAUDACIÓN, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Inscribir de oficio en la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS de la Provincia de TUCUMÁN a partir de 01/2010 inclusive, a SURPIEZAS S.R.L., CUIT N 3070768125-6, con domicilio en RÍO DE JANEIRO Nº 746 de la localidad LANÚS, Provincia de BUENOS AIRES, como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Padrón Nº CM 9027896521 y código de actividad 503100, disponiéndose su incorporación al Sistema Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán SARET XXI-, con encuadre en las disposiciones establecidas por la RG DGR Nº 6/94.El domicilio citado en el párrafo anterior revestirá el carácter de domicilio fiscal conforme a lo establecido por el artículo 37 y concordantes de la Ley Nº 5.121 t.c. 2009 y sus modificatorias, y Apéndice al artículo 73 de la RG CA N 2/10.ARTÍCULO 2º.- La incorporación al Sistema Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán SARET XXI-, tendrá vigencia a partir de la posición o período fiscal inclusivepor el cual corresponde la inscripción de oficio dispuesta por el artículo anterior, manteniéndose dicha incorporación hasta tanto el contribuyente regularice su situación tributaria a través del Sistema Padrón Web dispuesto por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.ARTÍCULO 3º.- En caso de incumplimiento a la intimación de la presentación de las declaraciones juradas e ingreso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por las posiciones o períodos fiscales no prescriptos, cursada por notificación legal Nº 201110-017000752, la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS procederá a requerir por la vía judicial el pago a cuenta previsto por el artículo 105 del Código Tributario Provincial, por las posiciones o períodos fiscales omitidos y no prescriptos, con más los intereses previstos en el artículo 50 del citado Código.ARTÍCULO 4º.- Conforme lo resuelto y dispuesto por los artículos 1º y 2º, expedir constancia de inscripción en formulario 901 F.901 que a los efectos establecidos por el artículo 8º de la RG DGR Nº 176/10, forma parte integrante de la presente resolución como anexo.ARTÍCULO 5º.- Notificar al contribuyente y a los Departamentos, Divisiones y Secciones que componen el Organismo y gestionar su publicación en los Boletines Oficiales de las Provincias de Tucumán y Buenos Aires. Cumplido archivar.
Ángel Miguel Villarroel Jefe Departamento Recaudación Dirección General de Rentas C.F. 31.997

Provincia de Tucumán DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
DEPARTAMENTO RECAUDACIÓN
Resolución Nº I 170/11
San Miguel de Tucumán, 17 de octubre de 2011.
Ref.: Expte. Nº 25089/376-D-2011.
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS.VISTO lo dispuesto por el artículo 105 de la Ley Nº 5.121 t.c. 2009 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que, conforme se encuentra acreditado en las actuaciones de la referencia, INTERVIDRIO S.R.L., CUIT Nº 30-70872721-7, CM N 9028139734, con domicilio en ALMIRANTE BROWN Nº 4024 de la localidad OLAVARRÍA, Provincia de BUENOS AIRES, cuya actividad desarrollada en forma habitual y a título oneroso es COMERCIAL, la que también es ejercida en esta jurisdicción de TUCUMÁN, no se encuentra inscripto como contribuyente en esta Autoridad de Aplicación existiendo la obligación legal de hacerlo, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos artículos 1 y concordantes CM y artículos 26, 27, 214, 215 y concordantes CTP, es que corresponde proceder conforme lo habilita el artículo 105 del Código Tributario Provincial dándolo de alta de oficio en esta jurisdicción, disponiendo, hasta tanto regularice su situación tributaria a través del Sistema Padrón Web dispuesto por la Comisión Arbitral del Régimen del Convenio Multilateral, su incorporación al Sistema Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán SARET XXIpara su administración dentro de la base de datos de contribuyentes locales de la Provincia con su número de inscripción en el referido régimen;
Que en virtud a lo antes considerado y lo dispuesto por la RG DGR Nº 176/10, corresponde expedir constancia de inscripción en formulario 901 F.901;
Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el Departamento Técnico Legal en los presentes actuados, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 105 del Código Tributario Provincial y lo establecido por la RG DGR Nº 180/10 y sus modificatorias,
LA PLATA, JUEVES 3 DE NOVIEMBRE DE 2011 PÁGINA 10339

EL JEFE DEL DEPARTAMENTO RECAUDACIÓN, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Inscribir de oficio en la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS de la Provincia de TUCUMÁN a partir de 01/2010 inclusive, a INTERVIDRIO S.R.L., CUIT N 3070872721-7, con domicilio en ALMIRANTE BROWN Nº 4024 de la localidad OLAVARRÍA, Provincia de BUENOS AIRES, como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Padrón Nº CM 9028139734 y código de actividad 514350, disponiéndose su incorporación al Sistema Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán SARET XXI-, con encuadre en las disposiciones establecidas por la RG DGR
Nº 6/94.El domicilio citado en el párrafo anterior revestirá el carácter de domicilio fiscal conforme a lo establecido por el artículo 37 y concordantes de la Ley Nº 5121 t.c. 2009 y sus modificatorias, y Apéndice al artículo 73 de la RG CA N 2/10.ARTÍCULO 2º.- La incorporación al Sistema Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán SARET XXI-, tendrá vigencia a partir de la posición o período fiscal inclusivepor el cual corresponde la inscripción de oficio dispuesta por el artículo anterior, manteniéndose dicha incorporación hasta tanto el contribuyente regularice su situación tributaria a través del Sistema Padrón Web dispuesto por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.ARTÍCULO 3º.- En caso de incumplimiento a la intimación de la presentación de las declaraciones juradas e ingreso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por las posiciones o períodos fiscales no prescriptos, cursada por notificación legal Nº 201110-018000753, la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS procederá a requerir por la vía judicial el pago a cuenta previsto por el artículo 105 del Código Tributario Provincial, por las posiciones o períodos fiscales omitidos y no prescriptos, con más los intereses previstos en el artículo 50 del citado Código.ARTÍCULO 4º.- Conforme lo resuelto y dispuesto por los artículos 1º y 2º, expedir constancia de inscripción en formulario 901 F.901 que a los efectos establecidos por el artículo 8º de la RG DGR Nº 176/10, forma parte integrante de la presente resolución como anexo.ARTÍCULO 5º.- Notificar al contribuyente y a los Departamentos, Divisiones y Secciones que componen el Organismo y gestionar su publicación en los Boletines Oficiales de las Provincias de Tucumán y Buenos Aires. Cumplido archivar.Ángel Miguel Villarroel Jefe Departamento Recaudación Dirección General de Rentas C.F. 31.998

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución Nº 245
La Plata, 21 de octubre de 2011.
VISTO el expediente 22600-2105/11, mediante el cual diversas Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires formulan pedidos para declarar feriado en varios partidos y localidades, con motivo de celebrarse distintas festividades durante el mes de Noviembre de 2011, y CONSIDERANDO:
Que para conmemorar estos significativos acontecimientos las Municipalidades han programado una serie de actos que han de contar con la activa participación de la población;
Que con el fin de dar mayor realce a dichas celebraciones y permitir la concurrencia masiva de toda la comunidad a los actos organizados, corresponde acceder a lo solicitado, dictando el pertinente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 16, inciso 12 de Ley N 13.757, según el texto de la Ley N 13.975;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO 5000/89 Y
MODIFICATORIOS EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Declarar no laborable para la Administración Pública y Banco de la Provincia de Buenos Aires, feriado optativo para la Industria, el Comercio y restantes actividades que se desarrollen en las fechas correspondientes al mes de noviembre de 2011 consignadas a continuación, por los motivos que en cada caso se indican, en los siguientes Partidos de la Provincia de Buenos Aires:
AMEGUINO
CAPITÁN SARMIENTO
TORQUINST
BERAZATEGUI
BOLÍVAR
TAPALQUÉ
VEINTICINCO DE MAYO
LEANDRO N. ALEM
SALLIQUELÓ
H. YRIGOYEN HENDERSON
MONTE
LA PLATA
MAGDALENA
GENERAL PUEYRREDÓN
OLAVARRÍA
PRESIDENTE PERÓN
MONTE HERMOSO
SAN ANDRÉS GILES

1º de noviembre 4 de noviembre 4 de noviembre 4 de noviembre 4 de noviembre 7 de noviembre 8 de noviembre 11 de noviembre 13 de noviembre 16 de noviembre 18 de noviembre 19 de noviembre 20 de noviembre 22 de noviembre 25 de noviembre 25 de noviembre 25 de noviembre 30 de noviembre
Fundación Fundación Fundación Autonomía Patronal Fundación Fundación Fundación Creación Fundación Fundación Fundación Fundación Patronal Fundación Creación Patronal Fundación y Patronal

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/11/2011 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date03/11/2011

Page count35

Edition count3396

First edition02/07/2010

Last issue19/06/2024

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