Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/06/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 16 de junio de 2022

Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: "Resuelvo: Declarar Extinguida la Acción Penal en esta causa y en consecuencia, Sobreseer a Rosendo Javier Velazquez, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de Resistencia a la Autoridad en Concurso Real con Violación de Domicilio, por el cual fuera formalmente imputado Artículos 45, 76 bis, 76ter. y 45.55.150 y 239 del Código Penal, y 321, 322 y 323 inciso 1ro. del Código de Procedimiento Penal". Fdo. Jorge Walter López, Juez. Ante mi. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: mas de Zamora, 06 de junio de 2022. Atento el tiempo transcurrido, notfíquese mediante edictos al imputado Rosendo Javier Velazquez del Sobreseimiento dispuesto con fecha 7 de junio de 2021". Fdo.
Gustavo Gaig p.d.s, Juez de Garantías.
jun. 10 v. jun. 16
POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Presidente Perón, 4to. piso, sector "D", Banfield, partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, cita y emplaza a OLIVERA CRISTIAN ARIEL, poseedor del DNI N 26.753.963;
nacido el 01/09/1978 en Lanús, hijo de Domingo Olivera y de Rigida Del Rosario, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado "supra" a estar a derecho en la causa nro. -9427- Registro Interno Nº 9427, caratulada "Olivera Cristian Ariel s/Amenazas Calificada". Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: mas de Zamora, fecha de la firma digital. En atención al estado de autos y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su Rebeldía Arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional.
jun. 10 v. jun. 16
POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Walter López, notifica a LUIS ANGEL NIETO, en causa N PP-07-00-068276-19/00, de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: "Resuelvo: Declarar Extinguida la Acción Penal en la presente causa y por ende Sobreseer Totalmente a Luis Angel Nieto en las presentes actuaciones, conforme lo establecido por los Artículos 323 inc. 1 del Código Procesal Penal y 59 inc. 3º y 62 inc. 2º del Código Penal". Fdo. Jorge Walter López. Juez. Ante mi. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: mas de Zamora, 06 de junio de 2022. Atento al tiempo transcurrido, notifíquese mediante edictos, Luis Angel Nieto del Sobreseimiento dispuesto con fecha 17 de diciembre de 2021". Fdo. Gustavo Gaig p.d.s, Juez de Garantías.
jun. 10 v. jun. 16
POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Walter López, notifica a MATIAS NAUHEL REYES, en causa N PP-07-00-028016-19/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: "28 de julio de 2021 Declarar Extinguida la Acción Penal en esta causa y en consecuencia, Sobreseer a Matias Nahuel Reyes, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de Violacion de Domicilio, por el cual fuera formalmente imputado Artículos 45, 76 bis, 76ter. y 45 y 150 del Código Penal, y 321, 322 y 323 inciso 1ro. del Código de Procedimiento Penal Fdo. Jorge Walter López, Juez. Ante mi.
A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: mas de Zamora, 06 de junio de 2022.
Advirtiendo que el día 28 de julio de 2021 se resolvió el Sobreseimiento por Extinción de la acción respecto del imputado Reyes, y toda vez que no se ha podido todavía notificárselo, en aras de no continuar dilatando el proceso, notifíquese al nombrado mediante la publicación de edictos". Fdo. Gustavo Gaig p.d.s., Juez de Garantías.
jun. 10 v. jun. 16
POR 5 DÍAS - En IPP 03-02-004210-22/00 caratulada: "Heredia Juan Carlos s/Lesiones Leves", de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 4 a cargo del Dr. Mariano Cazeaux por subrogación, Secretaría a cargo del autorizante de este departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al imputado JUAN CARLOS HEREDIA cuyo último domicilio conocido era en calle Palacios N 620, Mar de ajo, la siguiente resolución: "Mar del Tuyu, 3 de junio de 2022 Autos y Vistos: Para resolver en relación a lo peticionado por el Sr. Defensor Oficial, Dr. Martín Molina teniendo a la vista la IPP N 03-02-4210-22, de tramite ante éste Juzgado de Garantías N 4 de Mar del Tuyú Departamental, Y Considerando: I. Que en el marco de la IPP N 03-02-4210-22 de trámite por ante la Unidad Funcional de Instrucción Descentralizada Nº 6 Departamental, surge que hecho 1, el día 2 de junio de 2022 siendo aproximadamente las 05:00 horas en el interior de la vivienda de calle Lobo de Mar y Sarandi de la localidad de Mar de Ajó un sujeto adulto de sexo masculino -Juan Carlos Herediase apoderó ilegítimamente de un teléfono celular marca Samsung A10 Color Azul, con detalle de figurita en la pantalla, sin pin ni patron de desbloqueo, chip de empresa Movistar con abonado 223 .. 5632569, con fondo de pantalla algo con detalles verde con gris propiedad de Daniel Demetrio. Hecho 2.En las mismas circunstancias de lugar momentos después de ocurrido el hecho 1 y siendo aproximadamente las 7:30
horas, de la fecha indicada precedentemente, el mismo sujeto adulto de sexo masculino referido en el punto anterior quien se hizo presente en su motovehículo el domicilio de Lobo de Mar y Sarandi de la localidad de Mar de Ajó y ante el reclamado de que le devolviera el teléfono celular por parte del damnificado Daniel Demetrio, con intenciones de causarle un daño en el cuerpo le asestó con un cuchillo provocándole lesiones en el brazo siendo las mismas de carácter leves, huyendo del lugar. Que en orden a las circunstancias previamente mencionadas, surge la constitución del delito prima facie calificado conf. Art. 186 del CPP como hurto y lesiones leves en concurso real entre si previsto y reprimido por el Artículo 162 y 89 del Código Penal resultando imputado en dicha investigacion el encartado Cristian Ivan Prado. A respecto cabe mencionar que en fecha 2 de junio de 2022, se ha dispuesto la detención del encartado Juan Carlos Heredia. II. Que en orden a la pena que el Código Penal contempla para la figura delictiva investigada, no resulta posible, el otorgamiento de la excarcelación ordinaria Art. 169 inc. 1º, 2 y 3 por ende improcedente la eximición de prisión requerida, debiendo adelantar el suscripto, el rechazo de la pretensión impetrada por el Dr. Martin Molina, en relación al encartado Juan Carlos Heredia, ello en atención a la existencia de antecedentes condenatorios que pesan en cabeza del encartado conforme surge de informe practicado por el M.P.F en fecha 2 de junio del corriente. Adundando a lo antes expuesto que conforme
SECCIÓN JUDICIAL > página 3

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/06/2022 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date16/06/2022

Page count78

Edition count3368

First edition02/07/2010

Last issue15/05/2024

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