Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/08/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 05 de agosto de 2021

Judicial a cargo de la Dra. María Fernanda Hachmann como Juez Subrogante, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, a los efectos de que proceda publicar Edicto por el término de cinco días, a fin de notificar a la prevenida nombrada cuyo último domicilio conocido era calle Ruta 11 km. 411 de Villa Gesell, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 26 de julio de 2021 cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: "Autos y Vistos: Resuelvo: Sobreseer Totalmente Silvia Evangelina Ragones, por Haber Operado a Prescripción, en relación al delito de Robo Simple Arts. 59, inc. 3º; 62 inc. 2º, 164 del Código Penal y 323, inc. 1º del C.P.P..- Regístrese, notifíquese". Fdo: María Fernanda Hachmann, Juez subogante, Juzgado de Garantías Nº 1. Asimismo, transcribole el auto que dispuso el presente: "Dolores, 26 de julio de 2021. Autos y Vistos Fdo: Dra. María Fernanda Hachmann, Juez subrogante, Juzgado de Garantías Nº 1.
jul. 30 v. ago. 5
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial número 4 del Departamento Judicial de Quilmes a cargo del Dr. José Gustavo Fuchs, en autos caratulados "Melgarejo Melany Belen s/Quiebra Pequeña - Expte. 39438", se ha decretado con fecha 11 de marzo de 2020, la Quiebra de MELANY BELEN MELGAREJO, DNI 39.290.583, CUIL 2739290583-4, con domicilio real en Avda. Oscar Smith Nº 1453, Quilmes, habiendo sido designada la Síndico Cra. Erika Paola Aragón Szybisty. Los acreedores podrán presentar sus pedidos verificatorios hasta el día 15 de septiembre de 2021, de optarse por la verificación presencial, se hará en calle Lavalle 959, Quilmes, de lunes a viernes de 10 a 16 hs., previo solicitud de turno al Teléfono 42535217, y/o correo electrónico consulpyano@hotmail.com. De optarse por la verificación electrónica, se deberá enviar pedido verificatorio de su crédito, como sus títulos justificativos escaneados y enviados en archivos PDF, al correo electrónico citado. En el caso de corresponder abonar Arancel, se efectuará a través de transferencia bancaria a cuenta de mi titularidad del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta 5017-81297/8, CBU:
0140075503501708129789. Se presentará informe individual de créditos el día 28 de octubre de 2021 e informe general el día 14 de diciembre de 2021. Se intima a la fallida y a terceros poner a disposición del Síndico bienes y documentación que tengan en su poder. Se prohíbe que se le efectúen pagos, o entrega de bienes, de cualquier naturaleza, haciéndose saber a quienes lo hicieran que serán considerados ineficaces. Quilmes, julio de 2021. Fabian Guerrero. Secretario.
jul. 30 v. ago. 5
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a Sr. LETAMENDIA JUAN IGNACIO, el Sr. GRIMALDI ARNALDO EZEQUIEL junto a la Sra.
PEREZ PRATTI MARIA BETANIA LOURDES en causa Nro. INC-16580-1 la Resolución que a continuación de transcribe:
"rn Mar del Plata, 27 de julio de 2021. Autos y Vistos: Atento lo informado por las victimas sin notificar personalmente, siendo el Sr. Letamendia Juan Ignacio, el Sr. Grimaldi Arnaldo Ezequiel junto a la Sra. Perez Pratti Maria Betania Lourdes, Librese edicto electrónico a los fines de notificarlas que conforme dispone la Ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Público Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad. Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente.- Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado. Asimismo, informo las vías de comunicación con este Juzgado abonado telefónico 0223-4956666 int. 57313 o 57462, o via mail al juzejec1mp@jusbuenosaires.gov.ar., notifíquese al mismo a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires". Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
jul. 30 v. ago. 5
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a Local de nombre Comercial COREFIN sito en Av. Luro 3060 de esta ciudad, y Local Comercial dedicado al transporte denominado DHL, sito en calle Mitre Nro. 1711 de esta ciudad, en causa Nro. INC-170901 seguida a Borges Jorge Luis por el delito de Incidente de Libertad Asistida. La Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 20 de julio de 2021. Autos y Vistos: Con la presentación que precede fórmese incidente de libertad asistida y salidas transitorias respecto del causante Borges Jorge Luis Art. 104 y ccdtes. Ley 12.256, 25, 498 y cctds CPP
y dispónense las siguientes medidas: 4. Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de las víctimas a fin de notificarla que conforme dispone la Ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante
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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/08/2021 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date05/08/2021

Page count57

Edition count3362

First edition02/07/2010

Last issue07/05/2024

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