Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/04/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 12 de abril de 2021

de abril de 2019, y que a los efectos de lo previsto en el primer párrafo del Art. 27 del C.P., dicha pena se tendrá como no pronunciada el día 11 de abril de 2023; en cuanto a lo establecido en el Art. 27 del C.P. segundo párrafo caducará a todos sus efectos el día 11 de abril de 2027 para el primero de los supuestos y el día 11 de abril de 2029 en caso que ambos delitos fuesen dolosos segundo de los supuestos.- Habiendo quedado firme la sentencia de mención el 11 de julio de 2019 por lo que las reglas de conducta vencen el 11 de julio de 2021 mínimo legal de dos años.- Es todo cuanto puedo informar a V.S..- Secretaría, 11 de septiembre de 2019 .-" Fdo. María Luisa Del Papa, Secretaria. del Plata, 11 de septiembre de 2019. -Autos y Vistos: Atento el estado de autos y correspondiendo al suscripto la intervención como Juez de Ejecución Penal conf. Ley 12256 reformada por Ley 14296, Arts. 221 y ssts., hágase saber a las partes y dispónense las siguientes medidas: a Tómese nota en los libros de Secretaría de los vencimientos informados por el Sr. Actuario precedentemente, notifíquese a las partes Art. 500 CPP.- b Solicítese un doble juego de fichas dactiloscópicas del imputado de autos, a tal fin líbrese oficio; c Líbrese oficio al Patronato de Liberados haciendo conocer las reglas impuestas a los fines de su control y la fecha de vencimiento de las mismas.- d Notifíquese al causante que deberá ajustar su conducta hasta el día 11 de julio de 2021, tendiente al cumplimiento de las siguientes reglas oportunamente impuestas: fijar domicilio, someterse al control del Patronato de Liberados, Restriccion de Acercamiento a un Radio no Menor de Quinientos Metros 500 y Prohibicion de Contacto Personal o por Cualquier otro Medio Respecto de la Victima Carina Mabel Fernandino. El cumplimiento de dichas reglas se llevará a cabo mediante el Patronato de Liberados Provincial, a través de la Delegación correspondiente a su domicilio, quedando bajo responsabilidad del causante su presentación en forma espontánea, sin requerimiento de oficio judicial previo ordenando tal manda. e Asimismo, hágase saber al nombrado las consecuencias que acarrea el incumplimiento de las reglas fijadas, a dichos efectos se transcribe el Art. 27 bis del Código Penal que en su parte pertinente dispone: Si el condenado no cumpliere con alguna regla, el tribunal podrá disponer que no se compute como plazo de cumplimiento todo o parte del tiempo transcurrido hasta ese momento. Si el condenado persistiere o reiterare el incumplimiento, el tribunal podrá revocar la condicional de la condena. El condenado deberá entonces cumplir la totalidad de la pena de prisión impuesta en la sentencia haciéndosele saber que la acreditación del cumplimiento de las reglas de conducta fijadas queda a cargo del imputado y su defensa, motivo por el cual, de no acreditar esa parte el cumplimiento en cuestión, se considerarán no cumplidas las reglas indicadas.- f Líbrese oficio a la ANSES haciendo conocer la resolución recaida en autos y el cómputo de pena praticado.- g A los fines de dar fiel cumplimiento a lo normado por el Art. 83 inc. 3 del C.P.P., líbrese oficio a los fines de notificar a la víctima de autos de la sentencia dictada. h Habiéndose impuesto como regla de conducta al condenado una prohibición de acercamiento y en cumplimiento a lo reglado en el Protocolo de Casos de Violencia de Género reglamentado por la Municipalidad de General Pueyrredón, 1 líbrese oficio a la víctima de autos a los fines de hacerle saber que se encuentra a su disposición atención psicológica gratuita y asesoramiento en la Dirección de la Mujer dependiente de la Municipalidad de General Pueyrredón sita en calle Alberti nro. 1518 de esta ciudad; y 2 líbrese oficio a la División Violencia de Género de la Policía Local de la Municipalidad de General Pueyrredón haciendo saber la prohibición de acercamiento que pesa sobre Baque César Ariel respecto de la persona de Carina Mabel Fernandino con domicilio en calle Arturo Illia nro. 2266 de esta ciudad y el vencimiento de la misma a sus efectos.- i Además, tómese nota que la presente causa tramitó como IPP Nº 26671/17 y 3072/17 del Jugado de Garantías nro. tres Departamental. Sorteo nro. 111/18 de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías Departamental.-". -Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución.- A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 29 de marzo de 2021. - Autos Y Vistos: Atento lo informado por el Patronato de Liberados en cuanto que el encausado ha mudado su domicilio a la Avenida Jara nro. 2165/63, entre Brown y Av. Colón de esta ciudad, y la notificación infructuosa a la víctima de autos, dispónese: IIIEn atención a lo informado respecto de la víctima de autos Sra. Carina Mabel Fernandino, notifíquese a la misma a tenor del Art. 129 del C.P.P. del cómputo de pena, por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso - Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.abr. 6 v. abr 12
POR 5 DÍAS - En la I.P.P. Nº PP-03-00- 003505-19/00 seguida a DANIEL DOMINGO DAMICO por el Delito Tenencia Ilegal de Arma de Fuego de Uso Civil, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial a cargo de la Dra. María Fernanda Hachmann como Juez Subrogante, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, a los efectos de que proceda publicar Edicto por el término de Cinco Días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Avda.. III N 2959 Duplex 5 - de San Clemente del Tuyú, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 23 de marzo de 2021 cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: "Autos y Vistos: Resuelvo
I Sobreseer Totalmente a DAmico Daniel Domingo, de nacionalidad argentina, D.N.I. N 24.862.738, de 43 años de edad, nacido el 12 de noviembre de 1975 en San Isidro, hijo de Antonio DAmico v y de Marta Laura Mendez v, de estado civil soltero, instruido, de ocupación empleado, domiciliado en Avenida III n 2959 de San Clemente del Tuyú y Declarar la Extinción de la Acción Penal por Cumplimiento de la Suspensión de Juicio a Prueba, en relación al delito de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego de Uso Civil Art. 76 ter. cuarto párrafo del Código Penal y 323 inc. 1 del C.P.P Fdo: María Fernanda Hachmann - Juez Subrogante del Juzgado de Garantías Nº 1.- Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente:
"Dolores, 30 de marzo de 2021 . Autos y Vistos:- Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de DAmico, Daniel Domingo en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que se ausentó de su domicilio y la morada se encuentra cerrada, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Proveo como Juez subrogante."-Fdo: Dra. María Fernanda Hachmann, Juez subrogante, Juzgado de Garantías Nº 1. Dolores, 30 de marzo de 2021.
abr. 6 v. abr. 12
POR 5 DÍAS - El Señor Juez a Cargo P.D.S. del Juzgado Correccional N 3 del Departamneto Judicial Lomas de Zamora, Dr. Manuel Barreiro Cita y Emplaza a EMANUEL PABLO ZARZA, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa Nº 07-02-6142-20 nº interno 7575 seguida al nombrado en orden al Delito de Hurto Agravado Tentado, cuya resolución infra se transcribe: field 30 de marzo de 2021.Y Visto Considerando Resuelvo: 1 Citar a Zarza Emanuel Pablo por intermedio de edictos, los que se publicarán por el
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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/04/2021 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date12/04/2021

Page count53

Edition count3360

First edition02/07/2010

Last issue03/05/2024

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