Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/02/2021 - Sección Judicial

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 22 de febrero de 2021

vencimiento. El arancel verificatorio corresponde al 10% del salario mínimo, vital y móvil, estando excluidos del mismo los créditos de causa laboral y los equivalentes a tres salarios mínimos, vitales y móviles. Quienes realicen la verificación de forma no presencial deberán acompañar el comprobante de pago del arancel. El mismo se podrá realizar a través de transferencia o depósito bancario en la siguiente cuenta: Cuenta Corriente del Banco de la Provincia de Buenos Aires Nº 2000-553107/1, Titular Angélica Patricia Siafas, CBU 0140999803200055310711. La presentación del Informe Individual de los créditos se ha fijado para el día 16 de julio de 2021 y la del Informe General para el día 15 de octubre de 2021.
Prohíbese realizar pagos a la fallida bajo apercibimiento de su ineficacia, intimando a quienes tengan bienes y documentación de la deudora en su poder a ponerlos a disposición de la Sindicatura. Autos Lavalle Flavia Anabela s/Quiebra Pequeña Expte. Nro. LP-50779-2019. Febrero, 2021.
feb. 12 v. feb. 22
POR 5 DÍAS - El Juzg. de 1º Inst. Civ. y Com. Nº 2 del Dpto. Jud. Necochea hace saber que, en los autos "Lima Juan Jose s/Quiebra Pequeña" 39.762, el día 28/2/2014 se decretó la quiebra de JUAN JOSE LIMA, con domicilio en calle 67 Nº 301 de Necochea. Síndico designado: Cdor. Ruben Abel Arrate, con domicilio en calle 60 Nº 2920 piso 1, of. "A". Días y horarios de atención: lun. a juev. de 14 a 16 hs. Fecha límite para presentación de pedidos de verificación: 03/03/2021 en dicho domicilio. Presentación del Inf. Ind.: 05/05/2021. Presentación del Inf. Gral.: 07/07/2021. Se intima a la fallida y a todos aquellos que tengan en su poder bienes y documentación perteneciente a la misma, se los entreguen al Síndico Art.
88 inc. 3 LCQ. Se pone en conocimiento acerca de la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces Art.
88 inc. 5 LCQ. Arancel verificatorio: $2.160,00, el que no deberá abonarse si el crédito es de causa laboral o cuando su monto sea equivalente a menos de 3 salarios mínimos vitales y móviles. Necochea, 4 de febrero de 2021.- Caloni, Guillermina.
feb. 12 v. feb. 22
POR 5 DÍAS - En IPP PP-03-02-002361- 09/01 caratulada "Gomez, Lucas Damian y Otros s/Robo Agravado Comisión en Poblado y en Banda - Robo Agravado Comisión con Efracción" de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 4, a cargo del Dr. Mariano Cazeaux, Secretaría a cargo de la Dra. María Paula Raccioppe, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por termino de cinco días, a fin de notificar a los coimputados CARLOS
MAURO GOMEZ y LUCAS DAMIAN GOMEZ cuyo último domicilio conocido era en calle Diagonal Urquiza Nº 236 de la ciudad de Mar de Ajó, Pdo. de La Costa, la siguiente resolución: "Dolores, 03 de diciembre de 2020: Autos y Vistos: Atento lo solicitado por la Sra. Auxiliar Letrada de la UFD n 4, Dra. María Celina Ghiglione mediante presentación electrónica, en favor de sus asistidos Carlos Mauro Gomez y Lucas Damian Gomez, esto es acerca de la posible prescripción de la acción tal como lo impone el Art. 323 del C.P.P, y Arts. 59. Inc. 3, 62. Inc. 2 y 67 del C. Penal, y Considerando: I. - Que el hecho aquí investigado ha ocurrido con fecha 22 de julio de 2009, y están imputados los ciudadanos Carlos Mauro Gomez y Lucas Damian Gomez. En lo que respecta a la prosecución del devenir de ésta investigación penal preparatoria, determina que el último acto interruptivo de la acción ha ocurrido con fecha 23 de noviembre de 2009 requisitoria de elevación a juicio, de conformidad con lo normado por el Art. 67 del C. Penal. Atendiendo a ello, ha transcurrido en exceso el término previsto por el Art. 62. Inc. 2 del C. Penal.- II.- El señor Agente Fiscal, a cargo de la UFID N 1 de Mar del Tuyú, Pdo. de La Costa, Dr. Juan Miguel Gustavo Mascioli, ha tomado vista de las actuaciones y ha expresado en su presentación electrónica del día 17 de noviembre del corriente año, que no existen causales de interrupción de la prescripción de la acción penal en la presente I.P.P.- III. - De conformidad con lo estatuído por el Art. 324 del Código de Procedimiento Penal, y luego de analizar las causales en el órden dispuesto por el Art. 323 del ritual, arribo a las siguientes conclusiones: a.- Si bien existen constancias fehacientes a efectos de acreditar la perpetración del hecho, ha transcurrido en exceso el término legal que exige la citada norma en el Art. 62 como plazo de prescripción de la acción, sin que se haya interrumpido el mismo por algún acto procesal constitutivo de secuela de juicio o comisión de nuevo delito Art. 67. Inc. 4
del C. Penal, tal como se evidencia de los antecedentes penales que lucen a fs. 396/401. Veamos que el hecho ha ocurrido el día 22 de julio de 2009, el último acto interruptivo fue la requisitoria de elevación a juicio del 23 de noviembre de 2009 para lo cual, transcurrido diez años la acción penal ha prescripto el día 23 de noviembre de 2019.- A raíz de ello, debe sobreseerse a los coimputados en órden al delito que se les imputa, por lo que omito el tratamiento y consideración de las demás cuestiones a las que alude el Art. 323 del C.P.P. - Por ello, argumentos expuestos, de conformidad con lo normado por los Arts. 59. Inc. 3, 62. Inc. 2 y 67 del C. Penal; y Arts. 321, 322, 323. Inc.1, 324 y Conc. del C.P.P, Resuelvo: I.Sobreseer totalmente a Lucas Daniel Gomez, de nacionalidad argentina, nacido el día 8 de febrero de 1987 en la ciudad de Lanús, de ocupación albañil, soltero, hijo de don de Juan Carlos Gomez v y de doña Rita Adelina Rojas v, domiciliado en calle Diagonal Urquiza n 236 de la ciudad de San Bernardo; y a Carlos Mauro Gomez, de nacionalidad argentina, con D.N.I n 30.505.123, instruído, nacido el día 8 de febrero de 1983 en la ciudad de Lanús, de ocupación leñador, hijo de Juan Carlos Gomez v y de doña Rita Adelina Rojas v, domiciliado en calle Diagonal Urquiza n 236 de la ciudad de San Bernardo, Pdo. de La Costa, en orden al delito de Robo Doblemente Agravado por su Comisión Con Efracción y por en Poblado y en Banda, previsto y reprimido en los Arts.167 Inc. 2 y 3 del C.Penal, que se denunciara en autos, en virtud de haberse extinguido por prescripción la acción penal, por los fundamentos brindados en los considerandos que anteceden.Regístrese, notifíquese a los coimputados Gomez, al Sr. Agente Fiscal, Dr. Mascioli y a la UFD n 4 Deptal. - Fdo. Mariano Cazeaux. Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores". Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores, 02 de febrero de 2021. - Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de la comisaria de Mar de Ajó en la que informa que los encartados Carlos Mauro Gomez y Lucas Damian Gómez no pudieron ser notificados de la resolución de fecha 3 de diciembre de 2020, toda vez que en el domicilio aportados por los mismos no se encontraban al momento de intentar de practicarse la diligencia notificatoria cursada y los vecinos desconocen su paradero, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. - Fdo. Mariano Cazeaux. Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores" .Ruego tenga a bien remitir a este Juzgado Boletín Oficial dónde conste la publicación ordenada. Dolores, 9 de febrero de 2021.
feb. 12 v. feb. 22
POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional N 4 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Juan Facundo Ocampo, sito en la calle Moreno 623 PB de San Isidro, cita y emplaza a RAMON ALFREDO PAIVA, en la causa Nro. 5701-

SECCIÓN JUDICIAL > página 3

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/02/2021 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date22/02/2021

Page count48

Edition count3358

First edition02/07/2010

Last issue30/04/2024

Download this edition

Other editions

<<<Febrero 2021>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28