Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/06/2019 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 28 de junio de 2019

SECCIÓN JUDICIAL
Remates MARCELO RAFAEL MOSCARDO
POR 3 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial Nº 12 de San Isidro, Secretaría Única comunica en los autos Sausalito Club S.A. c/ Aflallo, Dolores Inés de los Milagros s/ Cobro Ejecutivo de Expensas Expte. SI-39938-2016 que el Martillero Marcelo Rafael Moscardo, rematará mediante la modalidad de Subasta Electrónica el 100% del inmueble sito en la calle Alte. Brown 2151, Barrio Sausalito Lote 298 de la localidad y Partido de Pilar Matrícula 101060 - Nomenclatura Catastral: Circunscripción: VIII - Fracción: VII - Parcela: 6 Deudas: ARBA $ 185.942,80 al 26/2/19; Municipal $ 28.377,56
al 21/2/19; Sudamericana de Aguas No registra deuda al 6/4/17 fs. 79; Expensas $ 191.858,07 al 6/9/2017 fs. 202.
Según acta de constatación: Es un terreno deshabitado y vacío, poseyendo el mismo ciertos árboles y hallándose en buen estado de conservación, siendo de apxte. 1000 mts2. Base $ 600.000.- Seña 30% del monto que resultare vencedor Comisión 3% IVA cada parte con más el 10% de los honorarios en concepto de aporte previsional Sellado 1,2% todo a cargo del comprador La subasta ordenada tendrá una duración de diez 10 días hábiles, comenzando EL 8 DE AGOSTO
DE 2019 A LAS 8 HS. y concluyendo la puja EL DÍA 23 DE AGOSTO DE 2019 A LAS 8 HS. Fíjase para el día 30 de agosto de 2019 a las 10:00 hs. la audiencia prevista por el art. 38 del Anexo I de la Ac.3604, en la misma quien resulte adquirente que deberá presentarse con el formulario de inscripción a la subasta, el comprobante del pago de depósito en garantía, constancia de código de postor y demás instrumentos que permitan su individualización como comprador en subasta y constituir domicilio procesal y electrónico en los términos del art. 40 del CPCC, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado art. 41 del CPCC. Los oferentes para adquirir la calidad de tal deberán resultar inscriptos en forma previa a la subasta en el Registro General de Subastas Judiciales de conformidad con la normativa prevista en los arts.6/24 Ac.3604 con una antelación mínima de tres 3 días art. 24, Anexo I Ac. 3604. Quien se postule como oferente de subasta deberá depositar en la cuenta de autos una suma equivalente al cinco 5% del valor de la base de subasta en concepto de garantía art. 562 del CPCC o sea la suma de $ 30.000.- con una antelación no menor a tres 3
días de la fecha establecida para el inicio del remate digital. Quien no resulte adquirente deberá solicitar la devolución de las sumas consignadas en los presentes autos una vez que se realice la audiencia prevista. Los fondos de quien no resultare adjudicatario, deberán ser devueltos al oferente respectivo, y no podrán ser gravados por impuesto o tasa alguna art. 562 del CPCC. En el supuesto de compra en comisión el comprador deberá indicar el nombre de su comitente en la audiencia debiendo ser ratificado en escrito firmado por ambos dentro del plazo de cinco días de aprobado el remate, bajo apercibimiento de tenérselo por adjudicatario definitivo art.581, 582 del cód. Procesal, Ley 11909. No se autoriza la cesión del acta de adjudicación. Una vez aprobada la rendición de cuentas presentada por el martillero y dentro de los cinco 5
días de aprobado el remate, sin necesidad de intimación previa, el adquirente deberá adjuntar el comprobante del saldo de precio en el Banco de la Provincia de Buenos Aires Suc. Tribunales a cuenta de autos y a orden del Juzgado, bajo apercibimiento de declararlo postor remiso. Asimismo, que quien resulte comprador definitivo del bien deberá realizar la actividad judicial y extrajudicial necesaria e inscribir, en un plazo no superior a los 60 días desde una vez satisfecho el saldo del precio, la compra en subasta judicial del inmueble realizado, bajo apercibimiento de imponer multa hasta tanto se acredite en autos su efectivo cumplimiento art. 37 y 166 inc. 7 del CPCC. Deberá dejarse expresa constancia en los edictos a librarse también que el adquirente en la subasta deberá pagar además del precio, las deudas por expensas comunes, en la medida que el precio de la cosa no alcance para ello art. 17 ley 13512; cfr. SCJBA., Ac. 65168 del 13-71999, DJBA. to.157, pag.4771 y los impuestos, tasas, contribuciones a partir de la posesión. Todos los depósitos deberán efectuarse en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Suc Tribunales en la cuenta de autos Nº 837227/0 - CBU
0140136927509983722709 - CUIT 30-99913926-0. Los usuarios registrados, inscriptos para participar de la subasta quedarán habilitados a pujar de manera electrónica como se regula en el Acuerdo 3604. Visitar 16, 17 y 18 de julio de 2019
de 10 a 13 hs. En San Isidro a los de mayo de 2019.
jun. 26 v. jun. 28

SALVADOR NADAL
POR 3 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial Nº 1 Secretaría Unica del Departamento Judicial de San Nicolás, hace saber por tres días, en autos Lopez, Juan Segundo S/ Sucesion Ab-intestato, Expte. Nro. 81.592, que el martillero Salvador Nadal, T. II Fº 143 CM.CPSN, rematará, EL 12 DE JULIO DE 2019 A LAS 10 HS. aunque llueva, en el Colegio de Martilleros, Nación 340, P.B.-San Nicolás, el 50% del inmueble ubicado en calle Belgrano Nº 961 de la ciudad de San Nicolás de los Arroyos, designado como Parcela 14 de la Manzana 28, compuesto de 10 ms de frente SE por igual contrafrente, 25,90 ms en su costado NE y 25,50 ms en su otro costado SO. Condiciones de venta: Base $ 268.610. Seña 10%. Comisión 4 %, más porcentaje de ley, a cada parte. Sellado del boleto a cargo del comprador 1%. El inmueble registra deudas por impuestos provinciales y tasas municipales, a cargo del ejecutado hasta la toma de posesión. Si la compra se realiza en comisión, deberá indicarse el nombre del comitente en el momento de la subasta y deberá ratificarse dicha indicación mediante escrito firmado por ambos comisionista y comitente dentro del plazo indicado para abonar el precio. El comprador deberá constituir domicilio procesal en el radio de asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le darán por notificadas automáticamente conforme al art. 133 del CPC, debiendo abonar el
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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/06/2019 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date28/06/2019

Page count43

Edition count3356

First edition02/07/2010

Last issue26/04/2024

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