Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/09/2018 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Jueves 6 de septiembre de 2018

Masaedo, con domicilio profesional en la calle 45 n 962 P.B. de La Plata ante quien los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación hasta el 26 de septiembre de 2018, en el citado domicilio de lunes a jueves en el horario de 17:00 a 20:00 hs. Se ha fijado la fecha del 8 de noviembre de 2018 para la presentación del Informe Individual de los créditos y la del día 27 de diciembre de 2018 para presentación del Informe General. El fallido y los terceros deberán entregar al síndico los bienes y documentación de aquél que obren en su poder. Prohíbese hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de considerárselos ineficaces. Fdo. Dr.
Nicolás Jorge Negri. Juez - Juzgado Civil y Comercial Nº 14- La Plata. Mariano Sebastian Fernandez, Secretario.
C.C. 9.423 / ago. 31 v. sep. 6
POR 5 DÍAS - En el Proceso Penal N 03-00-5333-14/01 seguido a MARTíNEZ ALEJANDRO DANIEL por Daño, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3, interinamente a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por termino de cinco días, a fin de notificar al prevenido Martínez, con último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de Pilar, los siguientes texto que a continuación se transcriben:
Dolores, 10 de agosto de 2018.- Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo II.- sobreseer totalmente a Alejandro Daniel Martínez, D.N.I. N 33.324.083, argentino, soltero, nacido el 3 de Abril de 1988 en Dolores, hijo de Hugo Rene y de Marcela Analía Díaz, con último domicilio conocido en Calle 4 entre 23 y 25 de Pila; en orden al delito de Daño art. 183 del C.P. por encontrarse Extinguida la Acción Penal puesta en marcha por Prescripción, conforme a lo normado en los arts. 59, inc. 3 y. 62 del Código Penal y art. 323, inc. 1, del Código Procesal Penal. III.- Disponer el Archivo de la presente ordenando su Destrucción transcurridos cinco años contados a partir del presente resolutivo Arg. Art. 115 c 3 Ac. 3397/08 SCJBA Regístrese. Notifíquese Proveo por licencia del Titular. Firmado Christian Gasquet. Juez de Garantías Dptal. A continuación se transcribe el auto que dispone el presente, que reza: Dolores, 10 de agosto de 2018.-Autos Y Vistos Y Considerando Resuelvo: IV.- Proceder a la notificación de Alejandro Daniel Martínez por Edicto Judicial, el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el ad 1f29 del Código de Procedimiento Penal Christian Gasquet. Juez de garantías Dptal.
C.C. 9.463 / sep. 3 v. sep. 7
POR 5 DÍAS - En el marco del Proceso Penal N 03-03-1470-14 seguido a COSTA MARIANO HIPÓLITO por el delito de Desobediencia, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3, interinamente a mi cargo, Secretaría interinamente a cargo del Dr. Enrique Martín Equisito, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido Mariano H. Costa, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 16 de agosto de 2018. Autos y Vistos y Considerando:
Resuelvo: I.- Dejar sin efecto la Rebeldía y Comparendo que pesa sobre Mariano Hipólito Costa, el cual circula desde el día 08 de Julio de 2014, bajo el registro P 2732723 de la Sección Capturas del Ministerio de Seguridad de la Pcia. de Buenos Aires. Líbrese oficio de estilo. II.- Sobreseer Totalmente a Mariano Hipólito Costa, argentino, D.N.I. N 23.792.617, nacido el 01
de Abril de 1.974 en la ciudad de La Plata. Pcia. de Buenos Aires, hijo de Hugo Alberto Costa y de Graciela Mercedes DiIon; en orden al delito de Desobediencia art. 239 del Código Penal por encontrarse extinguida la accion penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los arts. 59, inc 3 y 62 del Código Penal y art. 323, inc. 1, del Código Procesal Penal.
III.- Disponer el archivo del presente Proceso Penal, ordenando su destrucción transcurridos CINCO AÑOS contados a partir del presente resolutivo Arg. Art. 115 c 3 Ac. 3397/08 SCJBA. IV.- Proceder a la notificación de Mariano Hipólito Costa por Edicto Judicial, el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art 129 del Código de Procedimiento Penal. Regístrese. Notifíquese. Firme, practíquense las comunicaciones de ley. Fecho, devuélvase el proceso Penal a la U.F.l. interviniente a sus efectos, sirviendo el presente dé atenta nota de remisión. Fdo. Gastón Giles. Juez.
C.C. 9.464 / sep. 3 v. sep. 7
POR 5 DÍAS - En Investigación Penal Preparatoria N 03-00-84507-04 caratulada Grillo Ignacio Domingo s/ Amenazas Agravadas por el uso de armas, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3, a mi cargo por licencia del Titular, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido GRILLO IGNACIO DOMINGO cuyo último domicilio conocido eran jurisdicción del Partido de Gral. Madariaga, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 23 de marzo de 2017 Autos y Vistos Considerando: Resuelvo: - Sobreseer totalmente al imputado Grillo Ignacio Domingo. C.f.
N 7.056.186, italiano, soltero, jubilado, hijo de Domingo y de Julia, nacido el día 22 de enero de 1947 en Italia. domiciliado en Ruta 11 Km. 397 de la localidad de Gral. Madariaga, en orden al delito de Amenazas Agravadas por el Uso de Armas, por haber operado la Extinción de la Acción Penal por Prescripción a tenor de los arts. 59 iñc. 3, 62 inc. en rel. al Art. 149 bis primer párrafo todos del C.P., y 323 inc. l del C.P.P. Regístrese. Notifíquese Fdo. Gastón Giles. Juez.- Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: .Dolores. de Agosto de 2018. Autos y Vistos: Por recibido el P.P. N 03-00-84507-04 proveniente de la UFlyJPF Dptal. atento lo manifestado por el Sr. Agente Fiscal Dr. Mario Rafael Pérez en relación a la imposibilidad de obtener el certificado de defunción de Ignacio Domingo Grillo, téngase presente tal circunstancia, y en consecuencia no encontrándose acreditado conforme a derecho el deceso del nombrado, corresponde proceder a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin que Grillo lgnacio Domingo sea debidamente notificado del auto que dispuso su sobreseimiento en los autos antes citados. Proveo por licencia del Titular. Fdo. Christian Gasquet, Juez.- Jorge Agustín Martínez Mollard, Secretario.
C.C. 9.465 / sep. 3 v. sep. 7
POR 5 DÍAS - En el Incidente de Excarcelación N 10 en favor de Sami Daniel Ricardo, PP N 2049-18, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3 a mi cargo, Secretaría interinamente a cargo del Dr. Martín Equisito, de este departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido DANIEL
RICARDO SAMI, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido De La Costa, los siguientes texto que a continuación se transcriben: Dolores, 24 de agosto de 2018.- Autos y Vistos Y Considerando Por ello, en razón de las disposiciones emergentes de los arts. 151, 185, 186 y concs. del C.P.P., Resuelvo: No hacer lugar a la eximición. de prisión solicitado en favor de Daniel Ricardo Sami, por el Dr. David Lettieri, en orden al delito de Robo Doblemente agravado por haberse cometido con el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse de ningún modo por acreditada y por ser en Poblado y en Banda y Privación Ilegal de la libertad agravada respecto Julio Argentino Montenegro, previsto y sancionado en los arts. 142 inciso 1, 166 inciso 2 tercer pá11afo y art. 167 inciso 2 del Código Penal, por existir peligro de fuga. Notifíquese al imputado, defensor
SECCIÓN JUDICIAL > página 95

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/09/2018 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date06/09/2018

Page count33

Edition count3369

First edition02/07/2010

Last issue06/06/2024

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