Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/11/2017 - Sección Judicial

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fdo. Juan Sebastián Galarreta, Juez de Ejecución. Mar del Plata, 13 de noviembre de 2017. - Autos y Vistos: Atento lo informado por autoridad policial, respecto del Sr. Gómez Omar Aníbal de los autos obrante a fs.
26/28, a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 11 bis de la Ley 24.660 reformada, notifíquese a la misma a tenor del art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
C.C. 13.619 / nov. 22 v. nov. 28


POR 5 DÍAS Por disposición del Sr. Titular del Juzgado en lo Correccional N 4 del Departamento Judicial Morón, Dr. Lucas Varangot, en el marco de la Causa Correccional N 1825 seguida a Alejandro Adrián Tula por los delitos de Amenazas, Amenazas coactivas y Tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, del registro de la Secretaría Única, cítese y emplácese, por el términos de cinco 5 días, ALEJANDRO ADRIÁN
TULA, DNI N 21.842.313, nacido el día 16 de octubre de 1970, de nacionalidad argentina, hijo de Alberto Antonio Budini y de Adelia Tula, con último domicilio conocido en la Avenida Vergara N 2231, Depto.
12 de la Localidad de Villa Tesei, partido de Hurlingham, Provincia de Buenos Aires, a fin que en el plazo de diez 10 días, comparezca a regularizar su situación procesal en esta Magistratura, sita en la calle Colón N 151, esquina Almirante Brown, cuarto piso, Sección a de la Localidad y Partido de Morón, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo artículos 129, 303 y 304 del C.P.P..
Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente edicto: Morón, 6 de noviembre de 2017. I. II.Habida cuenta lo que surge de los distintos informes glosados a la causa vid fs. 285/289, 292/296, 299/304, 307/312 y 317/328 y toda vez que el causante no fue habido en los domicilios denunciados, desconociéndose su paradero actual, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a Alejandro Adrián Tula, por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a esta Magistratura a regularizar su situación procesal dentro de los diez 10 días a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo arts. 129, 303 y 304 del C.P.P.. Firmado: Lucas Varangot, Juez en lo Correccional. Secretaría, 6 de noviembre de 2017.
Juan M. Fernández Cora, Secretario.
C.C. 13.625 / nov. 22 v. nov. 28
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Titular del Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial de Morón, en Causa Correccional N 1.585 caratulada: Bellido, Mario Alberto s/ Lesiones Leves y Otros, del registro de esta Secretaría Única, se ha dispuesto notificar mediante edicto a MARIO ALBERTO BELLIDO, argentino, de 39
años de edad, nacido el día 2 de julio de 1978 en la Provincia de Tucumán, hijo de Humberto Alfredo Bellido y de Silvia Del Carmen Monasterio, carnicero, titular del DNl N 25.318.668; del auto que para mayor ilustración a continuación transcribo: Morón, 20 de octubre de 2017. Autos y Vistos:
Los de la presente Causa Correccional N 1.585, caratulada: Bellido, Mario Alberto s/ Lesiones Leves y Amenazas Agravadas por el Uso de Armas Reiteradas Dos Hechos, todo en Concurso Real entre sí, del registro de esta Secretaría Única del Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial Morón. Y Considerando: Que corresponde abordar de oficio en estos actuados el tratamiento del instituto de la prescripción, por tratarse esta de una cuestión de orden público.- En primer lugar he de señalar que teniendo en cuenta el monto de pena previsto para los delitos que se le reprochan en los presentes obrados a Mario Alberto Bellido Lesiones Leves, art. 89 del C.P., y Amenazas Agravadas por el Uso de Armas, art. 149 bis, primer párrafo, segunda parte del C.P., reiteradas en dos ocasiones, todo en Concurso Real entre sí, art. 55 del C.P., conforme la requisitoria de elevación a juicio de fojas 70/72 y vta.-, el plazo de prescripción de la acción resulta ser de tres años, conforme la manda del art. 62 inc. 2 del C.P., el que comenzó a correr desde la medianoche del día en que se reputa cometido el hecho. - Ahora bien, dicho plazo ya ha transcurrido con holgura, pero sin perjuicio de ello el Código Penal en su art. 67 prevee taxativamente causales interruptivas del curso de la prescripción, siendo la última verificada en estos actuados el auto de citación a juicio obrante a fojas 78, el que ha sido pronunciado con fecha 12 de septiembre de 2011. Sentado cuanto precede, desde la fecha del dictado del auto de citación a juicio 12/09/11 hasta el presente, teniendo en cuenta que no ha mediado causal alguna de interrupción o suspensión de la acción penal, ha transcurrido el término prescriptivo de tres años, previsto por el citado inc. 2 del art. 62 del C.P. Por otro lado, cabe destacar que dentro del período enmarcado en el párrafo anterior, tampoco se ha verificado por parte del imputado, la comisión de otros delitos que importen la interrupción del mismo, circunstancia esta que queda demostrada a la luz de los informes que corren glosados a fojas 107/112 y 114/115. Por todo lo hasta aquí expuesto corresponde declarar extinguida la acción penal por prescripción y consecuentemente el sobreseimiento de Mario Alberto Bellido en los términos del art. 341 del Código de Rito. Es así que;
Resuelvo: I.- Declarar extinguida la acción penal por prescripción, en la presente Causa Correccional N 1.585 del registro de la Secretaría Única de este Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial Morón,
LA PLATA, LUNES 27 DE NOVIEMBRE DE 2017
de conformidad con lo normado por el 59 inc. 3, 62 inc. 2 y 67 del Código Penal. II. - Sobreseer en estas actuaciones a Mario Alberto Bellido, cuyas demás condiciones personales obran en autos, en orden a los delitos de Lesiones Leves y Amenazas Agravadas por el Uso de Arma, Reiteradas en dos hechos, todo en Concurso Real entre sí, en los términos del artículo 341
in fine del C.P.P.P.B.A..- III.- Regístrese, archívese copia y notifíquese.Fdo. Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez; Luis Roque Lamperti, Secretario.
Como recaudo legal, se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente: Morón, 7 de noviembre de 2017. Notifíquese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia, al encausado Mario Alberto Bellido a efectos de anoticiarlo de lo dispuesto por el suscripto en la resolución obrante a fojas 117/118 y vta.- Fecho, una vez diligenciado, agréguese a los autos principales, comuníquese y procédase al archivo de los presentes actuados. Fdo. Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez; Luis Roque Lamperti, Secretario.
C.C. 13.626 / nov. 22 v. nov. 28
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez del Juzgado en lo Correccional Nro. 1 del Departamento Judicial Morón, en Causa Nro. 2.501 I.P.P. Nro. 10-00-033884-17, seguida a ANDRÉS
ANTONIO GONZÁLEZ s/ Robo en grado de tentativa, del registro de esta Secretaría Única, cítese y emplácese al nombrado González, -titular del DNI Nro. 06.486.354, de nacionalidad argentina, nacido el día 13 de noviembre de 1933 en la Localidad de Santa Rosa, Río Primero, Provincia de Córdoba, soltero, hijo de Francisco González f de Mercedes Demir f, desocupado, con último domicilio en la calle Congreso Nro. 627 de la Localidad de Haedo, Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires-, mediante edicto a publicarse por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a regularizar su situación procesal dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado sito en la calle Colón, esquina Almirante Brown, edificio penal, cuarto piso, sector K
de la mencionada localidad, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo arts. 129 y 304 del C.P.P. .Como recaudo legal, se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente: Morón, 9
de noviembre 2017. Atento el contenido de los informes lucientes a fs.
64 y 72, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia, a Andrés Antonio González por el término de cinco 5 días, a fin que en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezca a regularizar su situación procesal, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo arts. 129 y 304 del CPP. Fdo. Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional. Secretaría, 9 de noviembre de 2017. Carola Melconian, Auxiliar Letrada.
C.C. 13.627 / nov. 22 v. nov. 28
POR 5 DÍAS - En la I.P.P. N 03-02-1572-10, seguida a Britez Pedro s/
Lesiones Leves, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido PEDRO
BRITEZ, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcriben: Dolores, 2
de noviembre de 2017. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo:
IDeclarar prima facie la extinción de la acción penal puesta en marcha en esta I.P.P. N 03-02-1572-10 al haber transcurrido el tiempo previsto por los arts. 59 y 62 del C.P., operando el supuesto de prescripción arg. arts.
18, 75 inc. 22 de la CN, 8 inc. 2 CADH, 11 Declaración Universal de los Derechos humanos, XXVI Decl. Americ. derechos y deberes del hombre y 1 del CPP Ley 11.922, y 67 según Ley 25.990 en rel. Art. 2 ambos del CP. II.- Dejar sin efecto la Rebeldía y Comparendo que pesa sobre Pedro Britez, paraguayo, indocumentado, cuyo último domicilio conocido en calle López Calvetti N 1380 de la Localidad de Mar de Ajó, Pdo. de La Costa, Prov. de Bs. As. hijo de Gregoria Ninfa Britez Cuba, C.L. N
1.985.845, la cual circula bajo el N de orden C. 2639377 de fecha 08 de septiembre de 2011. A tal fin líbrese oficio al Mrio. de Seguridad Pcial. III.Procédase a la notificación de lo aquí resuelto por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal. IV.- Disponer el archivo de la presente ordenando su destrucción transcurridos cinco años contados a partir del presente resolutivo Arg. Art. 115 c 3 Ac.
3397/08 SCJBA. Notifíquese a las partes intervinientes en la forma de estilo. Fecho, practíquense las correspondientes comunicaciones de ley.
Cumplido que sea, devuélvase la presente I.P.P. a la U.F.I. interviniente a los fines q estime corresponder. Fdo. Gastón E. Giles, Juez. Dolores, 2 de noviembre de 2017.
C.C. 13.628 / nov. 22 v. nov. 28
POR 5 DÍAS - En Causa N 32 Investigación Penal Preparatoria N 0300-78844-04 seguida a Diosquez Héctor Oscar Damián s/ Daño, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido DIOSQUEZ HÉCTOR OSCAR

SECCIÓN JUDICIAL / PÁGINA 10570

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/11/2017 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date27/11/2017

Page count17

Edition count3369

First edition02/07/2010

Last issue06/06/2024

Download this edition

Other editions

<<<Noviembre 2017>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930