Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 23/03/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
N.º 57
23 de marzo de 2023
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 0711/23
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA
Desarrollo Rural A n u n c io CRITERIOS POR LOS QUE SE REGIRÁN LOS CONTRATOS PRIVADOS
PATROCINIO DEPORTIVO 2023.
DE
Por Resolución del Presidente de la Diputación de Ávila de fecha 20 de marzo de 2023 se aprueba el texto sobre los criterios por los que se regirán los Contratos privados de patrocinio deportivo que se establezcan entre la Diputación de Ávila y los deportistas o entidades deportivas de la provincia de Ávila.
Adjudicatarios: podrán ser adjudicatarios de este tipo de contratos, aquellos deportistas o entidades deportivas de la provincia de Ávila que reúnan los requisitos que se recogen en el texto sobre los criterios por los que se regirán los Contratos privados de patrocinio deportivo:
Tener una edad comprendida entre los 10 y 65 años, ambas inclusive a 31 de diciembre de 2022.
Estar empadronado en la provincia de Ávila, desde al menos dos años anteriores a la fecha de publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
Competir profesionalmente en competiciones oficiales de ámbito regional, nacional o internacional desde al menos 1 año previo a la publicación en el BOP del presente anuncio, y estar en posesión de la correspondiente licencia federativa en vigor en el momento de la presentación de la solicitud.
No se patrocinará a aquellos deportistas o entidades deportivas cuyo ámbito de competición sea únicamente a nivel provincial.
Que cuenten con una relevancia de al menos, quinientos seguidores en alguna de las siguientes redes sociales, Facebook, Instagram, Twitter o Tik Tok. En el supuesto de que el patrocinado sea menor de edad, se tendrán en cuenta las redes sociales de su tutor legal.
No tener vigente ninguna sanción firme grave o muy grave en materia deportiva, ni ninguna sanción firme por dopaje, ni ninguna sanción penal firme por delitos relacionados con el dopaje. En el supuesto de que los expedientes sancionadores o los procedimientos judiciales estén todavía en tramitación o la resolución sancionadora o sentencia condenatoria no sea firme, el deportista puede presentar la solicitud de ayuda, pero la concesión, si procede, queda suspendida hasta que estos procedimientos se resuelvan definitivamente.
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