Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 25/10/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 205

25 de octubre de 2021

Castilla y León. Se considera de especial importancia la atención que se pueda proporcionar a las zonas rurales, para garantizar una adecuada prestación de estos servicios sociales descritos anteriormente.
Se pueden incluir en consecuencia las actuaciones de competencia municipal de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Para dar cumplimiento a ello y poder mejorar la vida de sus habitantes, las actividades que se pretenden desarrollar son las siguientes:
Mantenimiento comprenderá todos los conceptos de gastos corrientes necesarios para el funcionamiento de los locales habilitados para las personas mayores así como las obras de reparación menor para la conservación necesarias de cara a enmendar el menoscabo sufrido en el tiempo por el natural uso del inmueble. Se considerará reparación menor, las obras que no afecten a la estructura resistente del local a reparar, o que por su propia simplicidad no precisen de planos o de condiciones técnicas particulares para su ejecución.
Las reparaciones menores deberán presentar fotografías/imágenes digitales de las actuaciones efectuadas que se adjuntarán en la justificación.
Equipamiento se incluirá la dotación inicial de mobiliario, utensilios y enseres, así como la reposición de los mismos necesaria para el funcionamiento del centro y las actividades de envejecimiento activo para las personas mayores.
El periodo de realización: El periodo de realización del objeto de la subvención será el comprendido entre el 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2021.
Cuantía: El importe total de las ayudas destinadas a financiar las subvenciones establecidas en la presente convocatoria no podrá exceder del crédito que se consigne en el Presupuesto Ordinario de gasto de la Diputación, ejercicio 2021, aplicación presupuestaria 231346203 que ascenderá a setenta y cinco mil euros 75.000 €.
La concesión de la subvención quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.
Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila.
Plazo de presentación de documentación justificativa: El plazo de presentación de la citada documentación justificativa finaliza el día 31 de enero de 2022, siendo este plazo improrrogable, y podrá realizarse por los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo realizarse conforme al anexo III, IV y V adjuntos a esta convocatoria.
En el caso de que no se justifique debidamente en tiempo y forma, o se constate alguna anomalía se procederá a cancelar la subvención concedida.
Documentos: Se encuentran disponibles en la Sede electrónica de la Diputación Provincial de Ávila.
Ávila, 18 de octubre de 2021.
El Presidente, Carlos García González.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 25/10/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Avila

CountrySpain

Date25/10/2021

Page count24

Edition count3599

First edition04/01/2010

Last issue11/05/2024

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