Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 12/04/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

N.º 68

12 de abril de 2021

DISPOSICIÓN DEROGATORIA
A la entrada en vigor de la presente Ordenanza no tributaria, quedará derogada la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por Suministro de Agua Potable y servicios complementarios, publicada con fecha 17 de diciembre de 2015, BOP de Ávila n.º 242, así como Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa de alcantarillado.
DISPOSICIONES FINALES
1. La presente Ordenanza regirá una vez efectuada la publicación de su aprobación definitiva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
2. Las referencias existentes en el Reglamento del Servicio Municipal de Abastecimiento de Agua Potable del Excmo. Ayuntamiento de La Adrada, así como en los Pliegos de cláusulas administrativas particulares de la gestión del servicio público de abastecimiento domiciliario de agua potable y saneamiento del Municipio de La Adrada se entenderán realizadas a la presente Ordenanza no tributaria, tras su entrada en vigor.
3. En lo no previsto en la presente Ordenanza no tributaria, será de aplicación, subsidiariamente, lo previsto en el TRLRHL, en la LGT y en los arts. 128.4.2.º y 130 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955.
SEGUNDO. Del presente acuerdo, se dará traslado a la Comisión de Precios de castilla y León a los efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el apartado 6 del artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a cuyo tenor durante el procedimiento de aprobación de dicha Ordenanza, las Entidades Locales solicitarán informe preceptivo de aquellas Administraciones Públicas a las que el ordenamiento jurídico les atribuyera alguna facultad de intervención sobre las mismas.
TERCERO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento http adrada.sedelectronica.es.
CUARTO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
La Adrada, 5 de abril de 2021.
El Alcalde-Presidente, Roberto Aparicio Cuéllar.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 12/04/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Avila

CountrySpain

Date12/04/2021

Page count76

Edition count3605

First edition04/01/2010

Last issue20/05/2024

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