Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 07/08/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

N.º 152

7 de agosto de 2020

ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 1515/20

AYUNTAMIENTO DE ÁVILA
A n u n c io La Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento, en sesión celebrada el día2de abril del año en curso, ha prestado su aprobación a la Convocatoria de Subvenciones para Entidades sin Ánimo de Lucro que a continuación se transcriben:
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS
INDIVIDUALES PARA EL ABONO DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
DE NATURALEZA URBANA Y LA TASA POR RECOGIDA DE BASURAS PARA
PERSONAS DESEMPLEADAS CON BAJO NIVEL DE RENTA.
I. El Excmo. Ayuntamiento de Ávila tiene conferidas, entre las competencias que le son propias, de conformidad con el artículo 25 de la Ley de Bases de Régimen Local, la de evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
II. Existen personas y familias, en situación de desempleo y con bajo nivel de renta que pueden ser objeto de fomento por la Entidad Local, por tener competencia en la materia de conformidad con la referida Ley.
Por todo ello, considerando la conveniencia de conceder ayudas a las citadas personas, se convoca la subvención al objeto de concesión de ayudas individuales, destinadas al pago del recibo del impuesto sobre los bienes inmuebles de naturaleza urbana, emitido por este Ayuntamiento, exclusivamente por uso residencial vivienda habitual, y para el pago de la Tasa por recogida de basuras de dichas viviendas conforme a las siguientes ESTIPULACIONES
1. BASES REGULADORAS.
La presente convocatoria de subvenciones se suscribe al amparo de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ávila, aprobada inicialmente por Acuerdo Plenario de 8 de marzo de 2018 y sus correspondientes anexos, publicada en el BOP
de fecha 15 de mayo, así como por las normas aprobadas en la Base de Ejecución del Presupuesto General para el ejercicio de 2020. No obstante lo anterior, atención a su especificidad las Normas reguladoras de la subvención se incluyen en la presente convocatoria.
2. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS Y CUANTÍA TOTAL MÁXIMA DE LAS
SUBVENCIONES.
El Presupuesto máximo disponible para las solicitudes presentadas al amparo de la presente Convocatoria, a través de la partida presupuestaria 0300 23100 48274, Otras Transf.
a Familias y ESFL Parados L.D, es de 40.000 euros para el ejercicio económico 2020.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 07/08/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Avila

CountrySpain

Date07/08/2020

Page count16

Edition count3593

First edition04/01/2010

Last issue03/05/2024

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