Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 23/07/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

N.º 141

23 de julio de 2020

administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León; en el Real Decreto223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión; en la Ley39/2015, de1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás disposiciones de general aplicación.
Vistos los informes favorables de los Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Economía de Ávila y Segovia de fechas 5 de febrero de 2020 y 2 de julio de 2020 respectivamente, y la propuesta del Servicio de Ordenación y Planificación Energética de10 de julio de 2020, RESUELVO:
Primero. OTORGAR AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA a la empresa distribuidora i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. para la renovación de la línea eléctrica aérea de 15 kV Adanero de la subestación Riolanza, derivación a finca Peromingo, en el tramo comprendido entre sus apoyos n.º 9015 y 34, en los términos municipales de Maello Ávila y Mutiopedro Segovia, consistente en el desmontaje de 72 apoyos existentes, la instalación de35 apoyos nuevos y la sustitución del conductor existente por tipo 47-AL1/8-ST1A en cuatro tramos de línea con una longitud total de 4.077 m.
Segundo. OTORGAR AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN de las instalaciones eléctricas proyectadas, con las siguientes condiciones:
a Las obras deberán realizarse de acuerdo con la documentación técnica presentada, cumpliendo las normas de seguridad aplicables y respetando las condiciones establecidas por los organismos públicos y empresas de servicios de interés general afectados, así como en el informe de la Dirección General del Medio Natural de fecha 12 de marzo de 2019.
b La empresa titular deberá comunicar el comienzo de las obras a los Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Economía de Ávila y Segovia para permitir su comprobación.
c El plazo para la ejecución de las obras es de dos años desde la notificación de esta resolución a la empresa titular, quien podrá solicitar prórrogas por razones suficientemente justificadas.
d Una vez finalizadas las obras, la empresa titular deberá solicitar la autorización de explotación a los citados Servicios Territoriales, adjuntando la documentación reglamentaria al efecto.
Esta resolución se dicta sin perjuicio de terceros y de las autorizaciones que sean competencia de otros órganos administrativos, especialmente las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución, o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento, podrán dar lugar a su revocación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Competitividad en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, conforme los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
13 de julio de 2020.
El Director General de Energía y Minas, Alfonso Arroyo González.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 23/07/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Avila

CountrySpain

Date23/07/2020

Page count24

Edition count3595

First edition04/01/2010

Last issue07/05/2024

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