Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 26/06/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

N.º 122

26 de junio de 2020

Duodécima. Criterios de valoración.
Para el cálculo de las cantidades a conceder se aplicarán a las solicitudes admitidas los límites previstos en la base tercera de la presente convocatoria.
Decimotercera. Resolución y notificación.
La resolución de las solicitudes se hará de manera individual, de acuerdo al procedimiento establecido en la ordenanza publicada en el BOP n.º 149, de fecha 2 de agosto de 2018.
En la resolución se hará constar de manera expresa el nombre del solicitante al que se concede la subvención, con indicación del importe concedido. En el caso de las solicitudes desestimadas de expresarán los motivos de dicha desestimación.
En el supuesto de que se renunciase a la subvención por alguno de los beneficiarios, el órgano concedente acordará, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes a aquél en orden de presentación, siempre y cuando con la renuncia por parte de alguno de los beneficiarios, se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas.
El órgano concedente de la subvención comunicará esta opción a los interesados, a fin de que accedan a la propuesta de subvención en el plazo improrrogable de diez días. Una vez aceptada la propuesta por parte del solicitante o solicitantes, el órgano administrativo dictará el acto de concesión y procederá a su notificación.
La notificación de la resolución de la presente convocatoria se efectuará en un plazo máximo de 5 meses, que se computará desde el día siguiente al de inicio de presentación de solicitudes. El vencimiento de este plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados hará entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de conformidad con lo previsto en los arts. 58 y 59 de la LPAC.
Decimocuarta. Recursos.
El acuerdo de aprobación de la presente convocatoria es un acto de trámite cualificado, contra el que procederán los recursos pertinentes.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 89.3 de la LPAC, en relación con lo establecido en los arts. 116 y 117 del citado texto legal, y en el art. 8 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, tras la modificación operada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, se hace constar que contra el acuerdo de concesión, que es definitivo en vía administrativa, cabe, alternativamente, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Pleno del Ayuntamiento de Langa o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Ávila, en el plazo de dos meses, computándose en todo caso los plazos a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, y pudiendo los interesados ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Decimoquinta. Revisión de actos.
En materia de revisión de actos se estará a lo dispuesto en el art. 36 de la LGS.

78

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 26/06/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Avila

CountrySpain

Date26/06/2020

Page count80

Edition count3627

First edition04/01/2010

Last issue19/06/2024

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2020>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930