Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 29/07/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

N.º 145

29 de julio de 2019

eventuales prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.
La adjudicación de concesiones sobre los bienes de la Corporación y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial, así como la enajenación del patrimonio cuando no estén atribuidas al Alcalde, y de los bienes declarados de valor histórico o artístico cualquiera que sea suvalor.
La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto.
El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local.
El reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que exista dotación presupuestaria.
Solicitud y ejecución de subvenciones a otras Administraciones Públicas.
Las demás que expresamente le atribuyan las leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las comunidades autónomas asignen al municipio y no atribuyan a otros órganos municipales.
Los acuerdos que se adopten por delegación se entenderán dictados por esta Alcaldía como titular de la competencia originaria, a quien se tendrá que mantener informado del ejercicio de la delegación.
TERCERO. Comunicar la presente Resolución a los miembros designados para su conocimiento y efectos.
CUARTO. Publicar esta Resolución en el tablón de anuncios, en la sede electrónica del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia.
QUINTO. Dar cuenta de esta Resolución al Pleno en la próxima sesión que éste celebre.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Sr. Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 124 la Ley 39/2015, y de de1de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas;
o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ávila, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Sotillo de la Adrada, 18 de julio de 2019.
El Alcalde, Juan Pablo Martín Martín.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 29/07/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Avila

CountrySpain

Date29/07/2019

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First edition04/01/2010

Last issue02/05/2024

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