Artículo 1670 del Código Civil y Comercial comentado
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ARTICULO 1670. Objeto
Pueden ser objeto del fideicomiso todos los bienes que se encuentran en el comercio, incluso universalidades, pero no pueden serlo las herencias futuras.
(CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION – LIBRO TERCERO. Derechos Personales. TITULO IV. Contratos en particular. CAPÍTULO 30. Contrato de fideicomiso. Sección 1ª Disposiciones generales)
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1. Introducción*
El fideicomiso, además de tener una amplia gama de finalidades posibles, posee una gran amplitud en cuanto a los bienes que pueden ser objeto de la transferencia fiduciaria, por lo que podrán incorporarse no solo bienes muebles o inmuebles, sino también créditos e incluso universalidades.
Sin embargo, no todos los bienes incorporados al contrato estarán sujetos a un dominio fiduciario, ya que este derecho real —que se origina con la operación— solo puede recaer sobre cosas. Para los restantes bienes será de aplicación la figura de la cesión de créditos.
2. Interpretación
El artículo confiere una gran libertad respecto de la elección de los bienes que podrán integrar el fideicomiso, enunciando que serán todos los que se encuentren en el comercio.
Además pone fin a la discusión doctrinaria respecto de la posibilidad de incorporar universalidades como objeto de la prestación del fideicomiso, lo que resulta congruente con lo dispuesto en el art. 1667, inc. a, CCyC que habilita a denunciar en forma genérica los bienes que constituirán el patrimonio de afectación.
Al respecto, cabe recordar que se entiende por universalidad a la pluralidad de bienes que puede ser considerada como una unidad o como un todo; puede clasificarse en universalidades de hecho y de derecho.
Con coherencia sistémica y además, por razones de moral y buenas costumbres, la norma prohíbe el pacto sobre herencias futuras, tal como lo prevé el art. 1010 CCyC, ello es así dado que tiende a evitar la especulación sobre la muerte del titular de los bienes.
* Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación comentado / Gustavo Caramelo ; Sebastián Picasso ; Marisa Herrera - 1a ed. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Infojus, Sistema Argentino de Información Jurídica, 2015.