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Artículo 2º.- La Sociedad tendrá por objeto social el integrado por las siguientes actividades: La explotación de salones de juego, máquinas recreativas, máquinas auxiliares de apuestas, salas de bingo, así como cualquier tipo de juego permitido por la legislación vigente en cada momento, incluidas.
T 2400 , F 188, S 8, H SS 30822, I/A 6 (29.12.16).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 4 del Jueves 5 de Enero de 2017. Empresarios, Actos Inscritos.