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- Spain
T 1330 , F 9, S 8, H GI 22381, I/A 10 (29.01.15).
Artículo 12º.- El cargo de Administrador estará remunerado. El sistema de remuneración consistirá en una remuneración fija anual que deberá ser aprobada por la Junta General y que permanecerá vigente en tanto la propia Junta General de Socios no apruebe su modificación. .
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 24 del Jueves 5 de Febrero de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.