CATALINAS FIDUCIARIA S.A. - 17/12/2012

Por Asamblea del 15.11.2012 se resolvió reformar el estatuto de acuerdo al siguiente texto: “Artículo Primero: Con la denominación de Catalinas Valores S.A. continúa funcionando la sociedad constituida bajo el nombre Catalinas Fiduciaria S.A.; aumentar el capital social; Artículo Quinto: El capital social es de UN MILLÓN CIEN MIL PESOS ($ 1.100.000) representado por 11.000 acciones de valor nominal de PESOS 100 por acción.

El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme art. 188 LSC; Artículo Sexto: Las acciones pueden ser nominativas, endosables o no, ordinarias (Clase A) y/o preferidas (Clase B). Éstas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, conforme las condiciones de su emisión las cuales deberán fijar una participación adicional en las ganancias por cada acción suscripta de esta clase, sin derecho a voto. Las acciones y certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones previstas en los artículos 211 y 212 de la Ley 19.550 (T.O. Decreto 841/84). Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción, además los títulos representativos de acciones contendrán las constancias exigidas por el Decreto 86/86; Artículo Noveno: Cada director deberá otorgar una garantía del correcto ejercicio de sus funciones de acuerdo con los requisitos previstos en la legislación pertinente; Artículo Décimo Primero: La Sociedad prescinde de sindicatura conforme a lo dispuesto por el artículo 284 de la Ley 19.550 y ss. Cuando por aumento de capital social la Sociedad quedara comprendida en el inciso 2º del artículo 299 de la Ley 19.550, la Asamblea deberá elegir un síndico titular y uno suplente quienes durarán en el cargo tres ejercicios, y asimismo fijará su remuneración; Artículo Décimo Tercero: Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho de 1 a 5 votos conforme se determine al suscribir el capital inicial y en oportunidad de resolver la asamblea su aumento.

Las acciones preferidas no tendrán derecho a voto”. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 15/11/2012. Natalia Méndez Tº: 73 Fº: 342 C.P.A.C.F. e. 17/12/2012 Nº 124641/12 v. 17/12/2012

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Lunes 17 de Diciembre de 2012

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