G.E. Y N. (GASTROENTEROLOGIA, ENDOSCOPIA Y NUTRICION) S.R.L. - 18/12/2007

Por Esc. Púb.. 391 del 8/11/07 Reg 1774 Cap. Fed. se reformó art 3, así: “ARTICULO TERCERO: “...la organización del desarrollo de la actividad profesional prestada personalmente por los médicos y/o terceros también profesionales médicos, aplicando al efecto los aportes que los mismos efectúen.

La sociedad proveerá a sus socios y a los demás médicos que actúen en su seno, de la estructura material y empresarial necesaria para que los mismos puedan ejercer las incumbencias que la ley autoriza a los profesionales médicos.

Para el cumplimiento de sus fines la sociedad podrá realizar todas las actividades vinculadas y relacionadas que resulten lnstrumentales al desarrollo de su objeto.

Los profesionales actuarán bajo su propia responsabilidad conforme a las normas legales y reglamentarias que rigen el ejercicio de la profesión”. Autorizado por Esc. Púb. 86 del 19/3/07 Reg. 1774 Cap. Fed. Abogado - Jorge Eduardo Carullo Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

Fecha: 13/12/ 2007. Tomo: 26. Folio: 996. e. 18/12/2007 Nº 105.822 v. 18/12/2007

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Martes 18 de Diciembre de 2007

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