Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se deja sin efecto la de 10 de junio de 2022, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Alicante n.º 4, por la que se deniega el inicio del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.

Advertida duplicidad en la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» número 161, de 6 de julio y número 183, de 1 de agosto de 2022, de la Resolución de 10 de junio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Alicante n.º 4, por la que se deniega el inicio del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, se procede a su corrección dejando sin efecto la publicación de dicha Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» número 183, de 1 de agosto.

Madrid, 10 de agosto de 2022.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 197 del Miércoles 17 de Agosto de 2022. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.