Corrección de errores del Real Decreto 1747/2003, de 19 de diciembre, por el que se regulan los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares.

Advertidos errores en el Real Decreto 1747/2003, de 19 de diciembre, por el que se regulan los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 311, de 29 de diciembre de 2003, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 46317, segunda columna, en el artículo 4.1, donde dice: " ...cubrir la demanda de los distribuidores y los comercializadores.", debe decir: " ...cubrir la demanda de los distribuidores, los comercializadores y consumidores en su caso.".

En la misma página, segunda columna, en el artículo 4.2, donde dice: " ...así como los distribuidores y comercializadores presentes en cada SEIE, ...", debe decir:

" ...así como los distribuidores, comercializadores y consumidores en su caso presentes en cada SEIE, ...".

En la misma página, segunda columna, en el artículo 5.1.a), donde dice: " ...de los distribuidores y comercializadores consumidores en su caso.", debe decir: " ...de los distribuidores, comercializadores y consumidores en su caso.".

En la página 46318, primera columna, en el artículo 5.2.1), donde dice: " ...Ciudad de Ceuta y Melilla...", debe decir: " ...Ciudades de Ceuta y Melilla...".

En la misma página, segunda columna, en el artículo 5.2.ñ), donde dice: " ...comercializadores o consumidores, en su caso,...", debe decir: " ...comercializadores y consumidores en su caso, ...".

En la misma página, segunda columna, en el artículo 6.4, donde dice: " ...comunidades autónomas o Ciudades de Ceuta y Melilla...", debe decir: " ...comunidades autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla...".

En la misma página, segunda columna, en el artículo 6.4, donde dice: " ...establecerá diferenciado por tecnologías y por tamaño", debe decir: " ...establecerá diferenciando por tecnologías y por tamaño".

En la página 46319, primera columna, en el artículo 6.5, donde dice: " ...comunidades autónomas o las Ciudades de Ceuta y Melilla...", debe decir: " ...comunidades autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla...".

En la misma página, primera columna, en el artículo 7.1, donde dice: " ...la tarifa eléctrica (PMP) antes definido. Podrá resultar...", debe decir: " ...la tarifa eléctrica (PMP) antes definido, pudiendo resultar...".

En la página 46320, primera columna, en el artículo 10.2, segunda párrafo, donde dice: " ...se realizará al precio final horario de generación [PFG (h)] en cada SEIE, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.", debe decir: " ...se computará al precio final horario de generación [PFG (h)] en cada SEIE, a efectos de lo establecido en el artículo 8.".

En la página 46321, primera columna, en el artículo 16.2, donde dice: " ...se acreditarán por la sociedad mercantil que quiera...", debe decir: " ...se acreditarán por la sociedad que quiera...".

En la misma página, segunda columna, en el artículo 18.2.b), donde dice: " ...por los comercializadores a los generadores, ...", debe decir: " ...por los comercializadores y los consumidores a los generadores,...".

En la misma página, segunda columna, en el artículo 18.3, donde dice: " ...vendida a los comercializadores y distribuidores ubicados en los SEIE valorada al precio final horario de generación en cada SEIE [PFG(h)], el coste de esa misma energía ...", debe decir: " ...vendida a los comercializadores, consumidores y distribuidores ubicados en los SEIE teniendo en cuenta el precio final horario de generación en cada SEIE [PFG(h)], el coste de esa misma energía...".

En la misma página, segunda columna, en el artículo 18.3, donde dice: " ...mercado sistema peninsular para el conjunto de estas...", debe decir: " ...mercado de producción peninsular para el conjunto de estas...".

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 127 del Miércoles 26 de Mayo de 2004. Disposiciones generales, Ministerio De Economía.

Materias

  • Ceuta
  • Distribución de energía
  • Energía eléctrica
  • Melilla
  • Transporte de energía