Boletín Oficial de la República Argentina del 19/01/1993 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETÍN OFICIAL I a Sección Sargento Ayudante Manuel de J e s ú s PAZ
M. I. 11.070.366.
Art. 2 Los pedidos de prestación de servicios para la financiación de los gastos de trasporte vía aérea, serán extendidos por el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO.
Art. 3 a El ESTADO MAYOR GENERAL
DEL EJERCITO Contaduría General del Ejército, procederá a liquidar en el país los conceptos compensación por cambio de destino y el equivalente al primer trimestre de los sueldos y emolumentos de los mencionados Suboficiales Superiores, con aplicación del porcentaje establecido en el Articulo 2417 de la Reglamentación del Título II Personal Militar en Actividad Capitulo IV Haberes de la Ley para el Personal Militar - Ley 19.101, aprobada por Decreto N 3294/78 modificado por su similar 1003/83
y posteriormente a efectuarles los giros pertinentes durante la permanencia en el país de destino.
Art. 4 a Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto, deberán ser imputados a las partidas del Presupuesto General de la Nación para el Ejercido 1992 y a los créditos que a tal efecto se prevean para los años sucesivos. equivalentes a: 2.01-46-O01-0.374-O001-11-1113-043-4312: 2.01-46-O01-0.374-0001-11-1113-043-4320: 2.01-46-001-0.374-0001-11-1113-043-4344; 2.01-46-001-0.374-0001-11-1113-043-4391; 2.01-46-001-0.374-0001-11-1113-043-4410; 2.01-46-001-0.374-0001-11-1163-000-0001 y 2.01-46-001-0.374000-1-12-1220-227.
a
Art. 5 Por la DIRECCIÓN NACIONAL DE
CEREMONIAL se otorgarán los pasaportes correspondientes.
Art. 6 a Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Antonio E. González.
Guido Di Telia.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 86, inciso 1, de la Constitución Nacional.

Art. 2 Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Gustavo O. Beliz
Decreto 2 7 3 4 / 9 2
Autorizase a los funcionarios competentes de la Coordinación General de la Unidad Presidente para resolver el otorgamiento de licencias anuales ordinarias, a transferir las devengadas por el año 1990 al periodo comprendido entre el I a de diciembre de 1992 al 30 de noviembre de 1993.
Bs. As., 2 9 / 1 2 / 9 2
VISTO el Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por Decreto N
3413 del 28 de diciembre de 1979, modificado por su similar N 894 del 6 de mayo de 1982, y CONSIDERANDO:

2.01-46-001-0.374-000-1-11-1113-043-4344
2.01-46-001-0.374-000-1-11-1113-043-4391

a
Artículo I Reconócese a Su Excelencia Reverendísima Monseñor Fabriciano SIGAMPA
L. E. 6.712.170 como Obispo de la Diócesis de La Rioja.

a
a
2.01-46-001-0.374-000-1-11-1113-043-4320

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

2.01-46-001-0.374-000-1-11-1113-043-4410
2.01-46-001-0.374-000-1-11-1163-000-0001
2.01 -46-001 -0.374-000-1-12-1220-227

Art. 2 a Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Guido Di Telia.

N

PERSONAL, MILITAR

Art. 4 a Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Antonio E. González.
Guido Di Telia.

v
Decreto 2 2 / 9 3
Modificación del Decreto N 2 0 / 9 2 .
Bs. As., 7 / 1 / 9 3
VISTO lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General del Ejército, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y CONSIDERANDO:

MINISTERIO DEL INTERIOR
Decreto 2 0 / 9 3
Designación del funcionario que se hará cargo interinamente del citado Ministerio.
Bs. As.. 7 / 1 / 9 3
VISTO que el señor Ministro del Interior se ausentará de la sede de sus funciones entre los días 8 y 13 de enero de 1993, y CONSIDERANDO:

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

Por ello,
Por ello,
Articulo I Autorizase a los funcionarios competentes de la COORDINACIÓN GENERAL
DE LA UNIDAD PRESIDENTE de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para resolver el otorgamiento de licencias anuales ordinarias, a transferir al periodo comprendido entre el 1" de diciembre de 1992 y el 30 de noviembre de 1993, como medida de excepción a lo dispuesto por el articulo 9 a , inciso c del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por Decreto N 3413 del 28 de diciembre de 1979, modificado por su similar Na 894 del 6 de mayo de 1982, las licencias de aquel carácter devengadas por el año 1990 y aún no utilizadas por los agentes de sus respectivas áreas.

Martes 19 de enero de 1993 2

Que en consecuencia, resulta necesario encomendar transitoriamente la atención del despacho del citado Departamento de Estado.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del articulo 86, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Articulo I a Mientras dure la ausencia de su titular se hará cargo interinamente del despacho del MINISTRO DEL INTERIOR , el señor MINISTRO DE JUSTICIA, Dr. D. JORGE LUIS
MAIORANO.
Art. 2 a Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Jorge L. Maiorano.

Que el articulo 9 a , inciso b del mencionado régimen, determina, a los efectos del otorgamiento de la licencia anual ordinaria, que procede considerar el período comprendido i entre el I a de diciembre del año al que CULTO
corresponda y el 30 de noviembre del año siguiente, debiendo usufructuarse esa liDecreto 2 1 / 9 3
cencia dentro de dicho lapso.
Reconócese al Obispo de la Diócesis de La Que, en el ámbito de la COORDINACIÓN Rioja.
GENERAL DE LA UNIDAD PRESIDENTE de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, se preBs. As., 7 / 1 / 9 3
senta la particular situación de que diversos agentes registran transferidas a este VISTO la comunicación de la Nunciatura Aposaño sus licencias anuales ordinarias cotólica por la que informa que Su Santidad rrespondientes al año 1990.
JUAN PABLO II ha designado Obispo de la Diócesis de La Rioja a Su Excelencia ReveQue. la referida Unidad se encuentra en rendísima Monseñor Fabriciano SIestos momentos en la etapa de satisfacer el GAMPA, y cumplimiento de objetivos esenciales en su área de actuación.
CONSIDERANDO:
Que, por tales razones, resulta inconveniente, para la atención normal de sus servicios, que se acuerde, antes del 30 de noviembre próximo, el uso de las licencias devengadas por el año mencionado.

Que conforme al Artículo 3 a del Acuerdo entre la SANTA SEDE y la REPÚBLICA ARGENTINA aprobado por Ley 17.032 el nombramiento de Obispos es competencia de la SANTA SEDE.

Que, ante esa situación y a fin de no dañar derechos incuestionables, corresponde facultar a las autoridades competentes de ese organismo para disponer el otorgamiento de las licencias anuales ordinarias, a efectos que puedan resolver la transferencia de las tratadas, al margen de las normas generales en vigor.

Que se han cumplido previamente los trámites previstos por la norma indicada, y el designado reúne los requisitos allí establecidos.
Que a los fines civiles y administrativos, es necesario el reconocimiento de la designación efectuada.

Que por Decreto Na 20 de fecha 3 de enero de 1992, fueron designados los Auxiliares de las Agregadurias Militar, Naval y Aeronáutica a la Embajada Argentina en el REPÚBLICA DE COREA y Militar y Naval a la Embajada Argentina en la REPÚBLICA
ÁRABE DE EGIPTO, a partir del 30 de diciembre de 1991 y por los términos de SETECIENTOS SESENTA Y UN 761 días y TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS 396
días, respectivamente.
Que es necesario modificar los Artículos lro. y 2do. del mencionado decreto, por cuanto los causantes, por razones de servicio, se trasladaron a partir del 17 de diciembre de 1991.
Que asimismo y en razón de la continuidad de la Agregaduria a la Embajada Argentina en la REPÚBLICA ÁRABE DE EGIPTO, es necesario ampliar a partir del 16 de enero de 1993 y por el término de TRESCIENTOS
SESENTA Y CINCO 365 días, la comisión "permanente" que cumple el Auxiliar de la misma.
Que se han introducido las modificaciones correspondientes en el Programa Anual de Actividades y Comisiones en el Exterior PAACE - Año 1992.
Que es necesario regularizar administrativamente dichos actos.
Que las presentes medidas se dictan en virtud de lo establecido por el Artículo 86, Inciso 15 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
Decreto 2 7 / 9 3
Designación del funcionario que se hará cargo Interinamente del citado Departamento de Estado.
Bs. As., 7 / 1 / 9 3
VISTO los desplazamientos que el Señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Ingeniero D. Guido José Mario DI TELLA, efectuará a las ciudades de Madrid -REINO DE
ESPAÑA-; París -REPÚBLICA FRANCESA-;
Ginebra, Berna, Zurlch y Davos -CONFEDERACIÓN HELVÉTICA-; Budapest -REPUBLICA DE HUNGRÍA-y Londres -REINO
UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA
DEL NORTE-, entre los días 10 de enero y 9
de febrero de 1993, y CONSIDERANDO:
Que mientras dure su ausencia procede designar al Ministro que se hará cargo de su despacho.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones energentes del artículo 86, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Articulo I a Mientras dure la ausencia de su titular se hará cargo del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO el señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos, Doctor D. Domingo Felipe CAVALLO.
Art. 2 a Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Guido Di Telia.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
a
Articulo I Modifícanse los Artículos lro.
y 2do. del Decreto N 20/92, por el cual fueron designados los Sargentos Ayudantes Daniel Candelario QUISPE M. I. 10.340.235 y Femando Tránsito Ramón TORRES M. I. 11.778.269, como Auxiliares de las Agregadurias Militar, Naval y Aeronáutica a la Embajada Argentina en la REPÚBLICA DE COREA y Militar y Naval a la Embajada Argentina en la REPÚBLICA ÁRABE
DE EGIPTO, respectivamente; Donde Dice: a partir del 30 de diciembre de 1991; Debe Decir.
a partir del 17 de diciembre de 1991.
a
Art. 2 Ampliase a partir del 16 de enero de 1993 y por el término de TRESCIENTOS
SESENTA Y CINCO 365 días, la comisión "permanente" que cumple el Sargento Ayudante Femando Tránsito Ramón TORRES M. I.
11.778.269 como Auxiliar de la Agregaduria Militar y Naval a la Embajada Argentina en la REPÚBLICA ÁRABE DE EGIPTO, designado por Decreto Na 20/92.

HIDROCARBUROS
Decreto 3 0 / 9 3
Rectifícase el Decreto W 2 6 8 5 / 9 2 .
Bs. As., 12/1/93
VISTO lo dispuesto por el Decreto Na 2685 de fecha 29 de diciembre de 1992, y CONSIDERANDO:
Que en el Decreto mencionado en el visto, se ha cometido Involuntariamente un error material, al transcribir el nombre de una de las ceslonarias.
Que dado tales circunstancias corresponde rectificar dicho acto.
Que el presente se dicta en virtud de lo dispuesto por el articulo 86, inciso 1 de la Constitución Nacional.

Art. 3 a Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto, deberán ser imputados a las partidas del Presupuesto General de la Nación que se prevean para los Ejercicios 1993 y 1994 equivalentes a:

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA

2.01-46-001-0.374-000-1-11-1113-043-4312

Articulo I a Rectifiqúese el Decreto N"
2685/92 en el segundo considerando y en el
Por ello,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/01/1993 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha19/01/1993

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9364

Primera edición02/01/1989

Ultima edición12/06/2024

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