Derecho de Familia
Artículo 424 del Código Civil y Comercial comentado
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ARTÍCULO 424. Nulidad absoluta. Legitimados
Es de nulidad absoluta el matrimonio celebrado con alguno de los impedimentos establecidos en los incisos a), b), c), d) y e) del artículo 403.
La nulidad puede ser demandada por cualquiera de los cónyuges y por los que podían oponerse a la celebración del matrimonio.
(CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION - LIBRO SEGUNDO - RELACIONES DE FAMILIA - TÍTULO I. Matrimonio. CAPÍTULO 6. Nulidad del matrimonio)
Artículo 709 del Código Civil y Comercial comentado
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ARTÍCULO 709. Principio de oficiosidad.
En los procesos de familia el impulso procesal está a cargo del juez, quien puede ordenar pruebas oficiosamente.
El impulso oficioso no procede en los asuntos de naturaleza exclusivamente económica en los que las partes sean personas capaces.
(CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION - LIBRO SEGUNDO - RELACIONES DE FAMILIA - Título VIII. Proceso de Familia. Capítulo 1. Disposiciones Generales).
Artículos 685/686 del Código Civli y Comercial comentado
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ARTÍCULO 685.-Administración de los bienes.
La administración de los bienes del hijo es ejercida en común por los progenitores cuando ambos estén en ejercicio de la responsabilidad parental.
Los actos conservatorios pueden ser otorgados indistintamente por cualquiera de los progenitores.
Esta disposición se aplica con independencia de que el cuidado sea unipersonal o compartido.
ARTÍCULO 686. Excepciones a la administración.
Se exceptúan los siguientes bienes de la administración:
Modelo Demanda Divorcio Vincular (Presentación Conjunta. Con hijos)
Modelo de Demanda de Divorcio Vincular por Presentación Conjunta - Con hijos menores - Convenio Regulador - Acuerdo de Alimentos, Tenencia, Régimen de Visitas, Distribución de Bienes y Compensaciones económicas.
Señor Juez: