Periódico Oficial de Puebla del día 08/10/2018 - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Lunes 8 de octubre de 2018

Recae acuerdo de fecha dieciséis de mayo de dos mil doce, en el cual se cita al C. Miguel Ángel Rodríguez Linares en su carácter de Presidente Municipal del ayuntamiento de San Felipe Teotlalcingo administración 2005-2008 a comparecer el veintiocho de mayo de dos mil doce para que se lleve a cabo la Audiencia de Pruebas y Alegatos. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------QUINTO.- El veintiocho de mayo de dos mil doce a las doce horas con treinta minutos, se desahogó la audiencia prevista por la fracción I del artículo 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, en la que se hizo constar la comparecencia del C. Miguel Angel Linares Rodríguez, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de San Felipe Teotlalcingo, Puebla, administración 2005-2008, ante la entonces Dirección Jurídica del entonces Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, con el fin de ofrecer pruebas y producir alegatos en la audiencia a la que fue citado; asimismo, se hizo constar la incomparecencia del representante del Ayuntamiento de San Felipe Teotlalcingo, Puebla, administración 20112014, de igual manera se hizo constar que no designó defensor o persona de su confianza; y, que la defensa la llevaría por sí mismo; audiencia en la que manifestó en la etapa de pruebas: no presento pruebas, por causas de fuerza mayor y ajenas a mi voluntad, ya que por falta de tiempo no han quedado debidamente integradas en su debido tiempo, sin embargo me presento a comparecer como es mi obligación, ya que tengo toda la disposición de solventar todas y cada una de las irregularidades que se me imputan. Que son todas las pruebas que ofrezco;
continuando con el desahogo de la presente audiencia, en su etapa de alegatos el compareciente C. Miguel Angel Linares Rodríguez, haciendo uso de este derecho manifiesta: como lo que manifesté en el ofrecimiento de las pruebas, se debió a que por falta de tiempo y coordinación con mi contadora, no se integraron completamente las pruebas que vengo preparando desde el día en que se cargó la información a mi nuevo equipo de cómputo. Que es todo lo que deseo manifestar como alegatos, que es todo lo que deseo manifestar como alegatos. ---------------------SEXTO.- Mediante memorando OFS/00851-12/D.J. de fecha veintinueve de mayo de dos mil doce, la entonces Dirección Jurídica remitió a la entonces Auditoría Especial de Fiscalización del Desempeño, las constancias que obran en el expediente en que se actúa, así como la audiencia del veintiocho de mayo de dos mil doce, con el objeto de que dicha área realizara su valoración y análisis respectivo. ---------------------------------------------------------------SÉPTIMO.- Con memorando OFS/0407-12/DSPACAE de fecha cinco de junio de dos mil doce, la entonces Auditoría Especial de Fiscalización del Desempeño, remitió a la entonces Dirección Jurídica informe analítico respectivo, y ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

CONSIDERANDO
I.- Que los artículos 108, cuarto párrafo y 109, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; sexto transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Federal en comento, en materia de combate a la corrupción, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de mayo de dos mil quince; 124, fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; transitorio tercero, segundo párrafo y cuarto del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, en materia de Combate a la Corrupción, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, el cuatro de noviembre de dos mil dieciséis y su Nota Aclaratoria Publicada en el mismo medio con fecha diez del mismo mes y año; 1, fracciones I, II, III y V, 2, 3, fracción I, 48, 66 y 68 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; 15, 18, 20, y 134 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 91, y 120, fracción II del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla;
segundo y tercero transitorios del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y al Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el quince de abril de dos mil trece; segundo transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que deroga diversas disposiciones de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el viernes veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete; establecen quiénes son Servidores Públicos, las responsabilidades y conductas en

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Periódico Oficial de Puebla del día 08/10/2018 - Tercera Sección

TitoloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaeseMessico

Data08/10/2018

Conteggio pagine104

Numero di edizioni631

Prima edizione06/03/2015

Ultima edizione06/02/2024

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