Periódico Oficial del Estado de México del día 11/04/2019 (Sección Segunda)
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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)
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11 de abril de 2019
VII. Desarrollar e implementar un programa de seguridad aérea comprensible e incluyente.
VIII. Supervisar la elaboración de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo, tales como conservación, limpieza y condiciones técnicas; para cada una de las aeronaves de uso oficial, a efecto de garantizar su óptimo funcionamiento.
IX. Comprobar que el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de las aeronaves, se proporcione de acuerdo con los manuales de los proveedores y los reportes elaborados por los pilotos.
X. Autorizar el trámite de adquisición y suministro de refacciones, componentes, equipo y combustible que requieran las aeronaves que se encuentran al servicio del Gobierno del Estado;
así como los servicios de capacitación de personal relacionado con los bienes adquiridos.
XI. Establecer la ejecución de programas de capacitación y desarrollo del personal técnicoaeronáutico, conforme a las necesidades de adiestramiento sobre la operación integral de las aeronaves oficiales.
XII. Prevenir daños a las personas y en su caso daños materiales a consecuencia de las operaciones inherentes a sus actividades.
XIII. Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.
XIV. Suscribir los convenios de apoyo aéreo con los sectores público, privado y social, previa autorización por escrito del Secretario.
XV. Las demás que le señalen otros ordenamientos legales y las que le encomiende el Secretario y el Subsecretario de Administración.
LIC. JOSÉ MANUEL MIRANDA ÁLVAREZ
PROCURADOR FISCAL
RÚBRICA.