Periódico Oficial de Tlaxcala del 6/4/2022 - Sección 2
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Source: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2
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Periódico Oficial No. 14 Segunda Sección, Abril 6 del 2022
Animales legalmente constituida para el control, prevención o erradicación de alguna epizootia, zoonosis o epidemia;
para controlar el aumento de población de perros y gatos; o para difundir la concientización entre la población para la protección, trato digno, tenencia responsable y respeto hacia los perros y gatos;
XIII.
Captura de animales: Acción de someter físicamente a cualquier perro o gato mediante métodos y técnicas autorizadas para ello, que deambulen por la calle, o que huye después de una agresión, o al ser retirado de un domicilio o lugar establecido, previa denuncia que hace la comunidad;
XIV.
Censo. Recuento de perros y gatos que conforman una población estadística, definida como un conjunto de elementos de referencia sobre el que se realizan las observaciones, para obtener mediciones del número total de perros y gatos mediante técnicas de recuento y la cual se realizará periódicamente;
XVI.
Control: A la aplicación del conjunto de medidas sanitarias para disminuir la incidencia de casos de rabia en perros y gatos, lesiones a la población y otras zoonosis de interés en salud pública transmitidas por estos animales;
XVII. Entrega Voluntaria de animales: a la actividad que llevan a cabo los propietarios adultos de animales de compañía, que consiste en cederlos por voluntad propia a las autoridades de los centros de atención canina, para su posterior sacrificio humanitario.
XVIII. Esterilización de Animales: A las técnicas quirúrgicas para incapacitar de manera definitiva los órganos reproductores de los perros o gatos machos y hembras;
XIX.
Hacinamiento:
acumulación de individuos o de animales en un mismo lugar, el cual no se halla físicamente
preparado para albergarlos de tal manera que, esas personas o animales que se hallan viviendo una situación de hacinamiento se verán afectadas no únicamente por la incomodidad de tener que compartir un espacio mínimo y en el cual es prácticamente imposible moverse, con otros, sino también que a causa de ello será prácticamente imposible que ese lugar observe una higiene y una seguridad satisfactoria, afectándose claramente la salud de las personas, e incluso, en aquellas situaciones más extremas hasta puede existir riesgo para la vida en los escenarios de hacinamiento;
XX.
Maltrato animal: Todo hecho, acto u omisión del ser humano de manera
XXI.
Manejo responsable: Al conjunto de prácticas realizadas para disminuir la ansiedad, sufrimiento, traumatismo y dolor en perros y gatos, ocasionados a partir de ser retirados hasta su traslado, estancia, sujeción y eutanasia, garantizando en este periodo se encuentren libres de hambre y sed, resguardados de las inclemencias del clima en espacios suficientes y adecuados a su especie, además de mantener un respeto propio a estos,
XXII. Necesidad biológica: Requerimiento esencial del animal cuya satisfacción le permite sobrevivir, satisfacer una necesidad y mantenerse en estado de bienestar, XXIII. ONG
o Asociaciones Civiles:
Organismos No Gubernamentales, constituidos de forma privadas, independientes, sin fines de lucro, formalmente constituidas, autogobernables y con personal voluntario que tienen como objetivo atender necesidades sociales, XXIV. Pelea de perros: Evento público o privado en el que se enfrentan perros con características específicas, generando crueldad entre ellos;