Periódico Oficial de Sinaloa del 4/2/2004 - 2da. Sección
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Miércoles 04 de Febrero de 2004
"EL ESTADO DE STNALOA
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EL CIUDADANO JUAN S. MllLAN LlZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H. Congreso del mismo se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, Decreto Número:
465
Que reforma el artículo 46 de la ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa ARTíCULO ÚNICO,- Se reforma el artículo 46 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa, para quedar como sigue:
Artículo 46,- Las Comisiones permanentes o transitorias serán colegiadas y plurales, por lo cual, no podrán estar integradas por regidores de un solo partido político y tendrán un máximo de cinco integrantes, ARTíCULO TRANSITORIO
ARTIcULO ÚNICO,- El presente decreto entrará en vigor al dgl..sy Cde su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa",
ANJÁRR
RIO
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutlvo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, veintinueve días del mes de enero del año dos mil cuatro, El Gobernador Constitucional del Estado
:7: f Juan S. Millán Li.Jrraga, El Secr;átio General de Gobierno
,.--
y.
Gónzalo M, Armienta Calderón.
a los