Periódico Oficial de Aguascalientes del 17/1/2023

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes

Pág. 4

PERIÓDICO OFICIAL

Enero 17 de 2023

A

O
IV
H C
R

VIII. El trabajo en adolescentes mayores de 15 años que pueda perjudicar su salud, su educación o impedir su desarrollo físico o mental, explotación laboral, las peores formas de trabajo infantil, así como el trabajo forzoso, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las demás disposiciones aplicables;
IX. La incitación o coacción para que participen en la comisión de delitos o en asociaciones delictuosas, en conflictos armados o en cualquier otra actividad que impida su desarrollo integral; y X. El ciberbullying por el que la persona agresora trate de atemorizar, dañar, atormentar, amenazar, humillar, hostigar, acosar, intimidar, enfadar o molestar a las niñas, niños o adolescentes a través de cualquiera de las siguientes modalidades:
a Revelar abiertamente información sensible o personal de la víctima;

b Utilizar las cuentas de redes sociales de la víctima para publicar contenido inapropiado y con potencial de ser dañino;
c Publicar insultos, vejaciones y calumnias contra la víctima;

P

d Promover la práctica de relaciones sexuales para sí o con un tercero. Lo anterior construyendo una relación y una conexión emocional con la víctima a través de redes sociales, mensajes de texto, fotos o teléfono móvil;

A

e Publicar o promover la publicación o envío de imágenes o mensajes sexualmente explícitos y se empleen para llevar a cabo prácticas de extorsión en su contra;

R

f Difundir información a través de publicaciones o mensajes privados con la finalidad de arruinar la reputación de la víctima o sus relaciones con otras personas;
g Enviar constantemente mensajes o intentos de comunicación a la víctima;

A

h Difundir o promover la difusión de agresiones físicas grabadas en las que participe la víctima, por redes sociales, mensajes de texto o teléfono móvil con el fin de seguirle causando daño; y
TRANSITORIO

N

O

C

i Utilizar la dirección de correo electrónico o datos personales de la víctima para suscribirla a diferentes servicios y plataformas.

Al Ejecutivo para su promulgación y publicación.

S

ARTÍCULO ÚNICO - El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.

U

Dado en el Salón de Sesiones Soberana Convención Revolucionaria de Aguascalientes, del Palacio Legislativo, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil veintidós.

Aguascalientes, Ags., a 24 de noviembre del año 2022.

SALVADOR MAXILIANO RAMÍREZ HERNÁNDEZ
DIPUTADO EN FUNCIONES DE PRESIDENTE
JAIME GONZÁLEZ DE LEÓN
DIPUTADO PRIMER SECRETARIO

A

ATENTAMENTE
LA MESA DIRECTIVA

LT

Lo que tenemos el honor de comunicar a Usted, para los efectos Constitucionales conducentes.

Riguardo a questa edizione

Periódico Oficial de Aguascalientes del 17/1/2023

TitoloPeriódico Oficial de Aguascalientes

PaeseMessico

Data17/01/2023

Conteggio pagine46

Numero di edizioni1339

Prima edizione03/01/2000

Ultima edizione28/08/2023

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