Periódico Oficial de Aguascalientes del 8/10/2018

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes

Octubre 8 de 2018

PERIÓDICO OFICIAL

Primera Sección
Pág. 31

Asimismo, el artículo 8 de Estatuto Orgánico refiere que los días y horas hábiles para efecto de las actuaciones de la Secretaría Ejecutiva, así como de oficialía de partes, se fijarán en el calendario anual de labores que suscriba el Secretario Técnico, el cual se publicará en los Estrados de la propia Secretaría, en su portal de internet y en el Periódico Oficial del Estado; actuación que constituye una medida indispensable para que este organismo descentralizado realice de manera articulada, congruente y eficaz sus labores.
Ahora bien, por disposición del artículo 27, párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción, las relaciones de trabajo entre la Secretaría Ejecutiva y sus trabajadores, se rigen por lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, por lo que para efectos de establecer los días y horas hábiles, es indispensable atender a este ordenamiento, en cuanto a los días de descanso obligatorio y periodos vacacionales; al respecto, los artículos 40, 43 y 45 del Estatuto en cita, señalan:
ARTÍCULO 40.- Por cada cinco días de trabajo, disfrutará el trabajador de dos días de descanso, con goce de salario íntegro.
ARTÍCULO 43.- Son días de descanso obligatorio:
I.- El primero de enero;
II.- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
III.- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
IV.- El primero de mayo;
V.- El veintitrés de junio;
VI.- El dieciséis de septiembre;
VII.- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
VIII.- El primero de diciembre de cada seis años, cuando corresponda el cambio del Poder Ejecutivo Federal;
IX.- El veinticinco de diciembre; y X.- Los demás que señale el calendario oficial que proporcionará el Estado al principio del año o los que acuerden los titulares de los diversos Poderes del Estado, Municipios u organismos descentralizados.
ARTICULO 45.- Los trabajadores que tengan más de seis meses consecutivos de servicios, disfrutarán de dos períodos anuales de vacaciones, de diez días cada uno, en las fechas que se señalen para el efecto, pero en todo caso se dejarán guardias para la tramitación de los asuntos urgentes, en las que se utilizarán, de preferencia, los servicios de quienes no tuvieren derecho a vacaciones. En caso de vacaciones escalonadas, los trabajadores que tuvieren derecho a ellas, las disfrutarán en las fechas que individualmente se les señale.
Cuando por cualquier motivo el trabajador no pudiere hacer uso de las vacaciones en los períodos señalados, disfrutará de ellas durante los diez días siguientes a la fecha en que haya desaparecido la causa que impidiere el disfrute de ese descanso, pero en ningún caso los trabajadores que laboren en períodos de vacaciones o en las que les señalen individualmente, tendrá derecho a doble pago de sueldo.
Como se advierte, por ministerio de Ley es indispensable otorgar dos días de descanso por cada cinco de trabajo, además de respetar determinadas fechas como días de asueto, días que por consecuencia, no es posible que esta Secretaría Ejecutiva realice actividades.
No pasa inadvertido que lo pertinente es que el calendario se emita al principio del año, sin embargo, como es sabido, este organismo descentralizado ha iniciado actividades recientemente, pues incluso el suscrito ha sido designado como primer Secretario Técnico del Sistema Estatal Anticorrupción el 27 de julio de 2018, y el pasado 3 de septiembre de 2018 fue asignado el presupuesto conducente para iniciar actividades, esto mediante el Decreto número 384 publicado en esa fecha, mismo que contiene reformas y adiciones al Presupuesto de Egresos del Estado de Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal del Año 2018.

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 8/10/2018

TitoloPeriódico Oficial de Aguascalientes

PaeseMessico

Data08/10/2018

Conteggio pagine34

Numero di edizioni1339

Prima edizione03/01/2000

Ultima edizione28/08/2023

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