Diario Oficial El Peruano del 5/4/2024

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Source: Diario Oficial El Peruano

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BOLETÍN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, viernes 5 de abril de 2024

MODIFICACIÓN DIRECTIVA

NORMAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO
Y DE INGRESOS DEL PERSONAL PARA EL AÑO FISCAL 2024
APROBADA CON ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 032-2024-PP EN LA SESIÓN DE DIRECTORIO DEL 01.04.2024
1. OBJETIVO
Establecer las medidas de austeridad, racionalidad y disciplina en la ejecución del gasto y de ingresos del personal en Petróleos del Perú PETROPERÚ S.A., para el año fiscal 2024.
2. BASE LEGAL
Decreto de Urgencia N 023-2022 que establece medidas en materia económica y financiera destinadas a evitar el desabastecimiento de combustible a nivel nacional.
Plan de Reestructuración aprobado mediante Acuerdo de Directorio N 083-2023-PP del 20 de julio de 2023.
Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2024, publicada el 06 de diciembre de 2023.
Lineamientos Técnicos en Materia de Ingresos del Personal y Arbitraje Laboral para PETROPERÚ S.A., aprobado por el Directorio de FONAFE mediante Acuerdo de Directorio N 005-2023/012-FONAFE de fecha 14 de diciembre de 2023.
Decreto de Urgencia N 004-2024 del 27.02.2024, que establece Medidas Extraordinarias en Materia Económica y Financiera Destinadas a Garantizar la Continuidad del Abastecimiento de Combustibles y el Desarrollo de las Actividades Económicas a Nivel Nacional y Hacer más Eficiente la Gobernanza de la Empresa Petróleos del Perú S.A..
Decreto de Urgencia N 006-2024 del 22.03.2024, que establece Medidas Extraordinarias en Materia Económica y Financiera para la Sostenibilidad Fiscal, el Equilibrio Presupuestario y la Eficiencia del Gasto Público.
3. ALCANCE
Las disposiciones contenidas en la presente Directiva son de aplicación y cumplimiento obligatorio en todas las dependencias de PETROPERÚ S.A., así como por todo el personal cualquiera sea su modalidad de contratación.
Asimismo, las disposiciones que se aprueban en esta Directiva no deben afectar el cumplimiento de los Objetivos Estratégicos de PETROPERÚ S.A. y deben promover la competitividad, productividad y eficiencia en la ejecución del gasto.
4. MEDIDAS DE AUSTERIDAD EN EL GASTO
Las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto constituyen un conjunto de medidas necesarias para la racionalización del gasto, así como para el manejo adecuado y eficiente de los recursos.
Se encuentran exceptuados de estas medidas, todos los gastos orientados a mantener la operatividad de la Empresa, principalmente los de mantenimiento, reparación, seguridad y aquellos que permitan garantizar la eficiente operación de los negocios de refinación, distribución, comercialización, transporte por el Oleoducto, y explotación y producción de hidrocarburos, lo cuales contribuyen al logro de los objetivos estratégicos de PETROPERÚ S.A.
En ese sentido, se establecen las siguientes medidas:
4.1 Lineamientos mínimos para el cumplimiento de la presente Directiva La Gerencia Corporativa Planeamiento y Gestión, dentro de los diez 10 primeros días útiles del mes de enero 2024, emitirá los lineamientos mínimos para el cumplimiento de la presente Directiva.
4.2 Plan de acción para la optimización de costos y gastos Todas las dependencias de la Compañía deberán realizar acciones y/o actividades que permitan lograr eficiencias en la ejecución de gastos y costos asociados a las actividades que administran. Asimismo, deberán tomarse en cuenta los límites presupuestales aprobados por el Directorio de PETROPERÚ S.A.; así como las acciones a ser implementadas contenidas en el Plan de Reestructuración aprobado mediante Acuerdo de Directorio N 083-2023-PP del 20 de julio de 2023.
En ese sentido y de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Gerencia Corporativa Planeamiento y Gestión, cada Gerencia Corporativa elaborará su plan de acción para la optimización de costos y gastos durante el año 2024, identificando objetivos, procesos y acciones específicas a implementar, así como el respectivo cronograma de implementación durante el año. Dicho Plan deberá ser reportado a la Gerencia Corporativa Planeamiento y Gestión dentro de los diez 10 días útiles posteriores a la emisión de los lineamientos indicados en el numeral 4.1.
Los avances del Plan de Acción para la optimización de costos y gastos durante el año 2024 de cada Gerencia deberán ser informados mensualmente a la Gerencia Corporativa Planeamiento y Gestión dentro de los primeros diez 10 días útiles del mes siguiente.
4.3 En materia de bienes y servicios 4.3.1 Gastos de viajes al interior y exterior del país Los viajes al exterior y al interior del país con cargo al presupuesto de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.
están autorizados solo, cuando se trate de asuntos de trabajo, evacuación médica, capacitación, viajes sindicales y otros motivos directamente relacionados con el cumplimiento de los fines, objetivos, metas y/u objeto social de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. y sean estrictamente necesarios.
El Directorio autoriza los viajes al extranjero de los miembros del Directorio, del Gerente General y del personal que reporta al Directorio, debiendo ser publicados en la página web de la Empresa, consignando el número y fecha del Acuerdo de Directorio, el nombre de la persona que realizará el viaje, los objetivos del viaje, el destino, los gastos, así como cualquier otra referencia importante.
El Gerente General autoriza los viajes al exterior y al interior del país que realice el personal de Petroperú, con la excepción señalada en el párrafo precedente. La información sobre viajes al extranjero deberá ser puesta en conocimiento del Directorio y publicada en la página web de la Empresa, consignando la fecha de aprobación, el nombre de la persona que realizará el viaje, los objetivos del viaje, el destino, los gastos, así como cualquier otra referencia importante.
Para el caso de los viajes al interior del país del personal de los Niveles 3, 4, 5 y 6, según corresponda, esta facultad es delegada en las Gerencias de Estructura Básica Nivel 2.
Para el cumplimiento de sus actividades, las dependencias priorizarán el uso de sus facilidades tecnológicas, como videoconferencias y telecomunicaciones, con las que dispone la Empresa en cada sede.
4.3.2 Gastos de asesorías, consultorías y auditorías Los gastos por concepto de asesorías, consultorías y auditorías se encontrarán en un marco de austeridad y
racionalidad, limitándose a aquellos que estén establecidos por disposición legal y/o siempre que el servicio no pueda ser realizado por el personal de la Empresa o se requiera de un alto grado de especialización técnica debidamente justificados y sustentados y siempre que se cuente con presupuesto.
Todos los requerimientos de servicios de asesorías y consultorías, independientemente del monto, modalidad y régimen de contratación, previas a su tramitación deberán ser aprobadas por el Comité Evaluador de Asesorías y Consultorías CEAC o quien haga sus veces; a excepción de las contrataciones indicadas en la Circular N
GGRL-0463-2023 del 09.03.2023.
4.3.3 Honorarios profesionales Solamente se contratará servicios por honorarios profesionales en casos estrictamente necesarios y siempre que se cuente con presupuesto para ello.
Dicha contratación deberá ser sustentada por la gerencia que requiera el servicio y en todos los casos aprobada por el Directorio. La información debe considerar montos, plazos y número de personas.
La contratación por locación de servicios que se celebre con personas naturales, de manera directa o indirecta, tendrán como tope máximo por concepto de honorarios mensuales el monto de S/ 15,600,00 1 Quince mil seiscientos y 00/100 Soles. Dicho monto máximo no es aplicable para la contratación de abogados y peritos independientes para la defensa de los intereses de la empresa en el exterior, así como para personal altamente calificado. La justificación para su contratación y monto mensual por concepto de honorarios debe ser aprobado por Gerencia General y será reportada al Directorio de manera bimensual para poder no solo tomar conocimiento sino aplicar restricciones adicionales en el marco del plan de reestructuración y el Decreto de Urgencia N 023-2022.
1 Artículo 2- Topes de Ingresos, del Decreto de Urgencia N 038-2006, publicado el 30 de diciembre de 2006, establece que Ningún funcionario o servidor público que presta servicios al Estado bajo cualquier forma o modalidad contractual y régimen laboral, con excepción del presidente de la República, percibirá ingresos mensuales mayores a seis 6 Unidades de Ingreso del Sector Público, salvo en los meses en que corresponda las gratificaciones o aguinaldos de julio y diciembre. Para el año 2024, el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público se ha fijado en S/ 2,600.00 DOS MIL SEISCIENTOS Y 00/100 soles, según Decreto Supremo Nº 094-2023-PCM publicado el 13 de agosto de 2023.
4.3.4 Celebraciones y atenciones oficiales Debe priorizarse la realización de atenciones oficiales y celebraciones sin que irroguen gastos al presupuesto de PETROPERÚ S.A., priorizándose la utilización de las instalaciones disponibles en la empresa o el uso de medios tecnológicos de ser posible.
4.3.5 Alimentos, bebidas y coffee break En caso corresponda, tratándose de reuniones presenciales de trabajo internas entre colaboradores de PETROPERÚ S.A., se podrá efectuar la entrega de café, agua y snacks.
La contratación de servicios de coffee break será para el caso de eventos de capacitación, asistencia técnica o reuniones de trabajo con entidades externas, previa autorización del nivel 2 correspondiente.
Sin perjuicio de ello, deberán priorizarse las reuniones y eventos mediante el uso de tecnología.
4.3.6 Publicidad institucional, promoción, difusión, seminarios y talleres La publicidad, difusión y comunicaciones al personal de la empresa se deberá realizar priorizando el uso de los recursos disponibles como el correo electrónico, intranet, portal de la empresa, medios digitales, entre otros, que no impliquen gastos adicionales a PETROPERÚ S.A. Las excepciones deberán ser aprobadas por Gerencia General.
Las actividades de sensibilización, así como las de promoción e imagen institucional seminarios, talleres, o similares, podrán ser realizadas siempre que se cuente con el presupuesto correspondiente y priorizando el uso de medios tecnológicos.
4.3.7 Suscripciones, diarios y revistas Las dependencias de la empresa deben racionalizar los gastos por suscripciones a plataformas locales y/o internaciones, así como a diarios y revistas, maximizando el uso de los medios virtuales para la obtención de la información requerida.
La distribución de diarios y revistas en la empresa será hecha únicamente a los niveles aprobados por Gerencia General.
4.3.8 Fotocopias, impresiones y publicaciones Todo el personal es responsable del uso eficiente de las impresoras y fotocopiadoras, debiendo disminuir su uso a lo estrictamente necesario.
Las gerencias deberán velar porque todas las impresoras y fotocopiadoras de la empresa tengan establecido el usuario y contraseña para el uso de su personal.
Toda impresión de documentos internos se efectuará en ambas caras de cada hoja de papel, en blanco y negro, reduciendo ésta a lo estrictamente necesario, con excepción de aquellos documentos autorizados por el nivel 3
correspondiente.
Las circulares informativas deberán tener como medio de difusión el correo electrónico u otros canales que no impliquen desembolsos y permitan intensificar el uso de herramientas digitales para reducir el uso de papel.
4.3.9 Vehículos y consumo de combustible Se prohíbe, durante el Año Fiscal 2024, la adquisición de vehículos automotores.
En materia de uso de vehículos, la asignación exclusiva de vehículos automotores es priorizada para el cumplimiento de las actividades vinculadas al proceso productivo.
Cada gerencia deberá asegurar el uso de los vehículos automotores asignados y que estos sean utilizados solamente para el cumplimiento de los objetivos y fines de la empresa.
4.3.10 Materiales y suministros Todo el personal de la empresa deberá optimizar el uso de materiales y equipos de oficina. Se deberá priorizar la utilización de tecnología informática como medio de comunicación, a efecto de reducir el gasto de papelería, materiales de oficina u otros de uso diario.
4.3.11 Compras y adquisiciones Para alcanzar menores precios y reducir los costos, se deberá priorizar la realización de adquisiciones y contrataciones consolidadas, concentrando volúmenes y evitando procesos dispersos de poca cuantía que encarecen las compras.

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial El Peruano del 5/4/2024

TitoloDiario Oficial El Peruano

PaesePerù

Data05/04/2024

Conteggio pagine56

Numero di edizioni2747

Prima edizione01/01/2016

Ultima edizione06/06/2024

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