Diario Oficial El Peruano del 18/6/2021

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Source: Diario Oficial El Peruano

BOLETIN OFICIAL

Lima, viernes 18 de junio de 2021 I EL PERUANO

Por su parte, los titulares de las Acciones que acepten la Oferta deberán asumir y pagar todos los gastos y comisiones a favor de la sociedad agente de bolsa que los represente en las presente Oferta incluyendo si el Agente de Intermediación los representa, así como cualquier otro gasto inherente a su condición de transferentes para el perfeccionamiento y ejecución de la transferencia de Acciones, así como todos los tributos asociados a tales conceptos.
Las comisiones y gastos incurridos por el Ofertante y los aceptantes de la OPA por su participación en la presente Oferta serán calculados y pagados en Soles S/. Ello incluye el pago de las comisiones y/o contribuciones a: i la SMV, ii la BVL, iii CAVALI, iv el Fondo de Garantía, y v las sociedades agentes de bolsa participantes.
Sin perjuicio de lo anterior, es responsabilidad de los destinatarios de la Oferta consultar con sus asesores acerca de los costos, gastos y/o tributos que se deriven como consecuencia de la aceptación de la Oferta.
Prospecto y documentación:

3

Adicionalmente, dicha documentación también podrá ser consultada en las oficinas de la SMV, ubicadas en la Av. Santa Cruz No. 315, Miraflores, Lima, Perú y a través de su página web: www.smv.gob.pe, así como también a través de la página web de la BVL: www.bvl.com.pe.
Acuerdos entre el Ofertante y los accionistas de la Sociedad Objetivo
: En el literal F de la Sección III - Información sobre el Ofertante del Prospecto Informativo se describen los acuerdos celebrados entre el Ofertante y ciertos accionistas de la Sociedad Objetivo, los cuales podrían influenciar en la decisión de los destinatarios de la OPA con relación a aceptarla o no. Dichos acuerdos se encuentran a disposición de los destinatarios de la OPA debidamente acreditados en las oficinas del Agente de Intermediación ubicadas en Av. Jorge Basadre No. 310, piso 8, oficina 804, San Isidro, Lima.

Observaciones
: De acuerdo con lo señalado en el artículo 16 del Reglamento, la SMV puede observar la información y documentación de la OPA durante los cinco 5
primeros días de rueda de bolsa de la BVL posteriores a su presentación.

: Durante la vigencia de la OPA, el Prospecto Informativo, así como todos los documentos e información de la OPA, se encontrarán a disposición de los interesados, sin costo, en la sede del Agente de Intermediación ubicada en Av. Jorge Basadre No. 310, piso 8, oficina 804, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, Perú.

013-1963987-1

SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE INMUEBLE
PROPIEDAD DEL CENTRO POBLADO VILLA
SOCCA
SANEAMIENTO
DEL
PREDIO
RURAL
ESTABLECIMIENTO DE SALUD VILLA SOCCA, UBICADO EN CENTRO POBLADO DE VILLA
SOCCA, EN DISTRITO DE ACORA, PROVINCIA Y
DEPARTAMENTO DE PUNO, CON UNA ÁREA DE
2,823.87 M2 METROS CUADRADOS O 0.2824 Ha HECTÁREAS PERIMETRO DE 231.80 ML, PARA
EL ACTO DE INMATRICULACIÓN, AL AMPARO
DEL DECRETO SUPREMO Nº 130-2001-EF, MODIFICADO POR DECRETO SUPREMO Nº 0072006VIVIENDA.
VILLA SOCCA, JUNIO DEL 2021
MUNICIPALIDAD C. P. VILLA SOCCA
EMER OCTAVIO RODRIGUEZ MARCE
DNI 73312733
ALCALDE
002-1963611-1

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por DS N 133-2013-EF y su modificatoria Ley 30264, Ley de Procedimientos Administrativos General-Ley N 27444, cumple con NOTIFICAR a las personas naturales y/o jurídicas, que la Intendencia de Aduanas de Tacna, en aplicación del Artículo 1, en concordancia con los artículos 33 y 38 de la Ley 28008 Ley de los Delitos Aduaneros y Decreto Legislativo N
1053 Ley General de Aduanas, ha decretado los siguientes actos administrativos mediante Resolución Jefatural de División abajo indicadas, así como las sanciones correspondientes, de las mercancías descritas en la acta de incautación indicadas en la presente notificación, las mismas que fueron intervenidas en merito a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en los considerados de la presente resolución.
Las comunicaciones que se relacionen a la presente publicación pueden ser presentadas ante cualquier oficina de la SUNAT a nivel nacional y/o Mesa de Partes Virtual y/o casilla para recabar copias y para evitar o reducir asistencia presencial en oficinas SUNAT. Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación podrá ser impugnado dentro del término de veinte 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, la mercancía consignada podrá ser objeto de disposición por la Administración aduanera en conformidad con lo indicado en los artículo 180 y 186 de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Legislativo N
1053, concordante con los artículos 235 , 242
y 243 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
Infractor
002-1960201-1

031-1963924-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE TACNA
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

:

ACUERDO DE FUSIÓN
Por acuerdo de Juntas Generales de Accionistas de DESARROLLO EDUCATIVO S.A. e INSTITUCIONES TOULOUSE LAUTREC DE EDUCACION SUPERIOR S.A.C., ambas de fecha 19 de marzo de 2021, dichas empresas han aprobado el Proyecto de Fusión presentado por sus Directorios correspondientes, y han decidido fusionarse bajo la forma de Fusión por Absorción según lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 344 de la Ley General de Sociedades. En virtud de tal fusión, INSTITUCIONES TOULOUSE LAUTREC DE EDUCACION SUPERIOR S.A.C. será absorbida por DESARROLLO EDUCATIVO S.A., la cual asumirá la totalidad del patrimonio de dicha empresa, la misma que quedará extinta sin necesidad de liquidarse.
La fusión entrará en vigencia el 01 de abril del 2021, momento en el cual cesarán las operaciones, los derechos y obligaciones de INSTITUCIONES TOULOUSE LAUTREC DE EDUCACION
SUPERIOR S.A.C., las que serán asumidas a título universal y en bloque por DESARROLLO
EDUCATIVO S.A.
Se publica el presente aviso en cumplimiento con lo establecido por el artículo 355 de la Ley General de Sociedades.
Lima, 31 de marzo de 2021.
Las gerencias generales de:
DESARROLLO EDUCATIVO S.A.C.
INSTITUCIONES TOULOUSE LAUTREC
RUC Nº 20603817185
DE EDUCACION SUPERIOR S.A.C.
RUC Nº 20520869655

PERÚ

Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Viceministerio de Transportes
Provías Nacional
COMUNICADO AL PÚBLICO EN GENERAL
El Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con domicilio legal en Jr. Zorritos N 1203 - Cercado de Lima, en el marco de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles , Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, cumple con hacer de conocimiento público que los OCUPANTES que a continuación se detallan, se encuentran afectados por la ejecución de la Obra: "REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA AYACUCHO ABANCAY, TRAMO: ANDAHUAYLAS
DV. KISHUARA". En ese sentido, los terceros interesados en cuestionar el reconocimiento de mejoras y/o gastos de traslado, podrán apersonarse dentro del plazo máximo de diez 10 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente publicación, a la siguiente dirección: Jirón Zorritos N 1203, Distrito Cercado de Lima, Provincia y Departamento de Lima o al correo: mesapartespvn@pvn.gob.pe; con la finalidad de acreditar su mejor derecho sobre los bienes afectados.
PARTIDA REGISProgresiva Km DEPARTATRAL - OFICINA
LADO
SECTOR
DISTRITO
PROVINCIA
N CÓDIGO
OCUPANTE
REGISTRAL
MENTO
INICIO
FINAL
ANDAHUAYLAS

AYAB-TVIVIRGINIA HUYLLCAS
KISH-006
DE OSCCO
AYAB-TVISANTOS VICENTE
2 KISH-007
HUAMAN
AYAB-TVIMARGARITA
3 KISH-009
VICENTE OSCCO
AYAB-TVILUIS AMABLE
4 KISH-010
HUAMAN
AYAB-TVICELESTINA OSCCO
5 KISH-011
DE QUISPE
AYAB-TVINELY CCORIMANYA
6 KISH-003
ROJAS
AYAB-TVIJUAN ALLCCA
7 CHAM-021
YAURIS
Elaborado por PROVIAS NACIONAL
1

40008996

304+571 304+579

DERECHO

VILLA UNION

KISHUARA ANDAHUAYLAS

APURIMAC

40008996

304+639 304+647 IZQUIERDO

VILLA UNION

KISHUARA ANDAHUAYLAS

APURIMAC

40008996

304+968 304+977 IZQUIERDO

VILLA UNION

KISHUARA ANDAHUAYLAS

APURIMAC

40008996

305+092 305+100 IZQUIERDO

VILLA UNION

KISHUARA ANDAHUAYLAS

APURIMAC

SAN
JERÓNIMO ANDAHUAYLAS APURIMAC
SAN
JERÓNIMO ANDAHUAYLAS APURIMAC
SAN
JERÓNIMO ANDAHUAYLAS APURIMAC
Lima, junio 2021

40008996

307+120 307+127 IZQUIERDO

VILLA UNION

40016492

277+803 277+903 IZQUIERDO

CHULLCUISA

02000105

265+972 265+982

CHAMPACCOCHA

DERECHO

005-1963989-1

Héctor José Rondón Febres DNI 29305066

Documento de :
Identidad Acta de Incautación : 172-0202-2018-000436
Resolución Jefatural : 000404-2021-SUNAT/
de División 3G0500 del 12.5.2021
Determinación:
ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar la EXTINCIÓN
de la deuda contenida en la Liquidación de Cobranza N 172-2018-019517, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- REGULARÍCESE el estado de la Liquidación de Cobranza N 1722018-019517, debiendo la División de Control Operativo, registrarla como anulada en el Módulo de Liquidaciones.
005-1964168-1

002-1963919-1

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial El Peruano del 18/6/2021

TitoloDiario Oficial El Peruano

PaesePerù

Data18/06/2021

Conteggio pagine40

Numero di edizioni2748

Prima edizione01/01/2016

Ultima edizione16/06/2024

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