Diario Oficial El Peruano del 18/6/2020

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BOLETIN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, jueves 18 de junio de 2020

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANAS DE PUNO
NOTIFICACION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 inciso e del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N 133-2013-EF y de conformidad al artículo 20 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, según corresponda, cumple con notificar a las personas naturales y/o jurídicas en el cuadro integrante del presente, que no han podido ser notificadas ya sea por ser EXTRANJEROS, NO UBICARSE
SU DOMICILIO O POR CORRESPONDER A UN ACTA EN ABANDONO, que al haber infringido la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008 y/o la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N 1053 se han emitido las siguientes Resoluciones de Intendencia decretando los actos administrativos. La persona natural o jurídica con legitimo interés puede acercarse a la Intendencia de Aduana de Puno ubicada en la Av. Santa Rosa N 475, Barrio Santa Rosa - Puno, a recabar copia del documento notificado. Asimismo, se hace de conocimiento que el Acto Administrativo objeto de notificación podrá ser reclamado dentro del término de veinte 20
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, los resueltos en la presente publicación serán ejecutadas así como las mercancías comisadas podrán ser objeto de disposición por la Administración Aduanera en conformidad con lo indicado en los artículos 180 y 160 de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Legislativo N 1053, concordante con los artículos 235, 242 y 243 de su reglamento aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
RESOLUCIÓN DE DIVISIÓN
181-3H0500/2019-000509
de Fecha 2019-12-12
181-3H0500/2017-000691
de Fecha 2017-08-10

INTERVENIDO/
INFRACTOR
MAMANI
BALTAZAR
MIGUEL ANGEL
CORPORACION
TEXTIL KYSEM
S.A.C.

ACTA DE
INCAUTACION
181-0205-2019000753
181-0205-2017000499

181-3H0500/2019-000521
de Fecha 2019-12-31

NUÑEZ
181-0201-2018GALLEGOS ELVIA
000397
ANITA

181-3H0500/2019-000491
de Fecha 2019-11-27

MAMANI CHIPANA 181-0300-2019VICTOR
001121

CABRERA
GUTIERREZ
LUDMIR STIP

181-0201-2017000264

RUELAS OTAZU
FLAVIO

181-2016-0300000066

181-3H0500/2017-000240
de Fecha 2017-04-05

AROCUTIPA
AQUINO WILBER
WILLIAN

181-0400-AC2017-000023

181-3H0500/2017-001036
de Fecha 2017-11-23

TAPIA LUQUE
JUANA
HERMELINDA

181-0201-2017000365

181-3H0500/2017-000952
de Fecha 2017-10-31

181-3H0500/2016-000742
de Fecha 2016-09-28

181-3H0500/2019-000506
de Fecha 2019-12-11

LIMACHE ZAVALA 181-0205-2019NORMA VIRGINIA
000165

181-3H0500/2019-000282
de Fecha 2019-05-31

LOPEZ TUSO
MARIANO

181-0205-2018000920

181-3H0500/2019-000497
de Fecha 2019-12-04

LOPEZ TUSO
MARIANO

181-0205-2018000920

181-3H0500/2017-001114
de Fecha 2017-12-27

CHOQUEJAHUA
181-0205-2017CHOQUEMAMANI
001201
NELY

181-3H0500/2020-000077
de Fecha 2020-02-24

CHOQUEJAHUA
181-0205-2017CHOQUEMAMANI
001201
NELY

181-3H0500/2017-000672
de Fecha 2017-07-31

APAZA MAMANI
ANASTACIA

181-2017-0400000112

181-3H0500/2019-000464
de Fecha 2019-10-28

CCANQUI
JALANOCA JUAN

181-0400-2015000244

181-3H0500/2019-000464
de Fecha 2019-10-28

PACORI TINTAYA
NORMA

181-0400-2015000247

181-3H0500/2019-000464
de Fecha 2019-10-28

AQUINO CHIPANA 181-0400-2015TERESA
000249

181-3H0500/2017-000939
de Fecha 2017-10-27

QUISPE APAZA
MELCHOR

181-0300-2017000096

DETERMINACION
ARTICULO SEXTO.- Sancionar a MIGUEL ANGEL MAMANI BALTAZAR idetificado con DNI N 45300736 y sin RUC, con una MULTA, asendente a la suma de S/. 10,204.00 diez mil doscientos cuatro con 00/100 soles, equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar, de conformidad con el inciso d articulo 2 en concordancia con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2019-001248.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancia incautada, mediante Acta de Incautacion N 181-0205-2017-000499 del 10.ABR.2017, de conformidad con lo establecido en el art. 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008. ARTICULO TERCERO.- Sancionar con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar a la empresa CORPORACION
TEXTIL KYSEM S.A.C. identificado con RUC N 20566290767, ascendente a la suma de S/. 1,109.00 mil ciento nueve con 00/100 soles, de conformidad con el inciso D articulo 2 en concordancia con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2017-000469.
ARTICULO TERCERO.- Sancionar con MULTA, equivalente a cinco veces los tributos dejados de pagar a ELVIA ANITA NUÑEZ GALLEGOS identificada con DNI N 46482176 y RUC N 10464821762, ascendente a S/. 6,325.00 Seis mil trescientos veinticinco con 00/100 soles por la mercancia consignada en el Acta de Incautacion N 181-0201-2018-000397, de conformidad con el articulo 42 de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008, mediante LIQUIDACION DE COBRANZA N 2019 - 001257. ARTICULO CUARTO.- Sancionar con el CIERRE TEMPORAL del establecimiento comercial de ELVIA ANITA NUÑEZ GALLEGOS identificada con DNI N 46482176 y RUC N 10464821762, ubicado en Asoc. Siglo XX Puerta 4 Alemania segundo block N -- Int. 24 Andres Avelino Caceres, distrito de Jose Luis Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa, por un periodo de diez 10 dias calendario, en aplicacion del articulo 42 de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N
28008. ARTICULO QUINTO.- Derivar las presente Resolucion de Division y sus actuados; a la INTENDENCIA REGIONAL DE AREQUIPA; para que actua de acuerdo a sus atribuciones y funciones respecto al contribuyente ELVIA ANITA NUÑEZ GALLEGOS identificada con DNI N 46482176 y RUC N 10464821762, por haber incurrido en el tipo infractor establecido en el numeral 16 del Articulo 174, Titulo I, Libro Cuarto del Codigo Tributario Decreto Supremo N 133-2013-EF.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancias consignadas en el Acta de Incautacion N 181-0300-2019-000158 de fecha 13.JUL.2019, de conformidad con el articulo 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar con MILTA ascendente a la suma de S/. 9549.00 soles Nueve mil quinientos cuarenta y nueve con 00/100
soles, equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar de la mercancia consignada en el Acta de Incautacion Nº 181-0300-2019-000158 de fecha 13.JUL.2019 a VICTOR MAMANI CHIPANA
identificado con DNI Nº 01855172 y RUC Nº 10018551727 y solidariamente a EMPRESA DE TRANSPORTES VIP VIRGEN DE FATIMA SA. con RUC Nº 20602004474; de conformidad con el inciso b del Articulo 39 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2019-001229. ARTICULO CUARTO.- Sancionar con SUSPENSION de licencia de conducir por el periodo de un 1 año al señor VICTOR MAMANI CHIPANA identificado con DNI Nº 01855172, de conformidad con el inciso a del articulo 39º de la ley de los delitos aduaneros - Ley Nº 28008.
registrandose como antecedente en el Registro de Conductores, debiendose una vez consentida la presente resolucion OFICIAR al Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC sede Puno a fin de que registre la sancion de suspension de la Licencia de Conducir Nº U08155172.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancia incautada mediante Acta de Inmovilizacion Incautacion N 181-0201-2017-000264 de fecha 13.JUL.2017, de conformidad con lo establecido en el articulo 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar a CABRERA GUTIEREZ LUDMIR STIP, con DNI N 47233340 ascendente a la suma de S/. 749.00 setecientos cuarenta y nueve con 00/100 soles, de conformidad con el articulo 36 de la Ley 28008
"Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2017-000731.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO del vehiculo de plaza de rodaje Z1F-709, consignado en el Acta de Incautacion N 181-2016-0300-000066, de fecha 01.AGO.2016, cuyo propietario actual es la señora SONIA APAZA DIAZ, identificada con DNI N 44155896, de conformidad con el articulo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008. ARTICULO SEGUNDO.Sancionar con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar a FLAVIO RUELAS OTAZU, identificado con DNI N 01319718, con MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar de la mercancia consignada en la Acta de Incautacion Nº 181-2016-0300-000066 de fecha 01.AGO.2016, monto que asciende S/. 16148.00 dieciseis mil ciento cuarenta y ocho con 00/100
soles, de conformidad con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2016-001471
ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancia incautada mediante Acta de Incautacion N 181-0400-AC-2017-000023 de fecha 21.ENE.2017, de conformidad con el articulo 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar con MULTA al señor WILBER WILLIAN AROCUTIPA AQUINO, identificado con DNI N 48693127, ascendente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar, monto establecido en S/. 1107.00 mil ciento sietecon 00/100 soles, la cual debera ser pagada en forma solidaria con el propietario del vehiculo, el señor Juan Carlos Ticahuanca Tito, identificado con DNI Nº 46667937, con domicilio real la Comunidad Campesina de Llaquepa, distrito de Pomata, Provincia de Chucuito, departamento de Puno; con domicilio procesal sito en el Jr. Puno Nº 129, 2do piso de la ciudad de Puno, conforme al utlrimo parrafo de la Ley Nº 28008, mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2017-000188. ARTICULO
CUARTO.- Sancionar con la SUSPENSION de Licencia de Conducir al señor WILBER WILLIAN AROCUTIPA TITO, identificado con DNI Nº 48693127, con domicilio real en el Barrio Miguel Grau H-9, distrito de Yunguyo, provincia de Yunguyo, departamento de Puno, por el periodo de un 1 año calendario; debiendose oficiar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a efectos de registrar la sancion como antecedente en el Registro de Conductores, conforme establece el inciso a del articulo 39º de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley 28008, una vez consentida la presente resolucion.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancias consignadas en el Acta de Incautacion N 181-0201-2017-000365 de fecha 29.SET.2017, de conformidad con el articulo 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar a la persona JUANA HERMELINDA TAPIA LUQUE identificada con DNI N 01272260, con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar de la mercancia consignada en la Acta de Incautacion N 181-0201-2017-000365, monto que asciende a S/. 627.00 seiscientos veintisiete con 00/100
soles, de conformidad con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2017-000779.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de devolucion presentada por NORMA VIRGINIA LIMACHE ZAVALA identificada con DNI N 48528381 y RUC N 10485283817, mediante expediente N 000-URD012-2019-478438-7 de fecha 25.JUL.2019, de acuerdo con los fundamentos expuestos en la presente resolucion. ARTICULO SEGUNDO.- Declarar COMISO
ADMINISTRATIVO de las mercancias consignadas en el Acta de Incautacion N 181-0205-2019-000165 de fecha 11.FEB.2019, de conformidad con el articulo 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO TERCERO.- Sancionar a NORMA VIRGINIA LIMACHE ZAVALA identificada con DNI N 48528381 y RUC N 10485283817 con una MULTA equivalente a la suma de S/.
6,865.00 seis mil ochocientos sesenta y cinco con 00/100 soles, correspondiente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar, de conformidad con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", respecto de la mercancia registrada en el Acta de Incautacion N 181-0205-2019-000165 de fecha 11.FEB.2019, mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2019-001239.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancia incautada, consignada en el Acta de Inmovilizacion Incautacion N 181-0205-2018-000920 de fecha 01.SET.2018, de conformidad con el articulo 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar a LOPEZ TUSO MARIANO identificado con DNI N 01770677, con una MULTA
equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar, monto que asciende a S/. 746.00 setecientos cuarenta y seis con 00/100 soles, de conformidad con el inciso d Articulo 2 en concordancia con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2019-000590.
ARTICULO PRIMERO.- COMPLEMENTAR el articulo segundo de la Resolucion de Division N 181-3H0500/2019-000282 de fecha 31.MAY.2019, de la siguiente forma "Sancionar a MARIANO LOPEZ
TUSO identificado con DNI N 01770677 y RUC Nº 10017706778, con una MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar, monto que asciende a S/. 746.00 setecientos cuarenta y seis con 00/100 soles, de conformidad con el inciso d Articulo 2 en concordancia con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2019000590. ARTICULO SEGUNDO.- MODIFICAR la Liquidacion de Cobranza Nº 181-2019-000590 de fecha 03.JUN.2019. debiendo consignarse como documento de identidad del contribuyente LOPEZ
TUSO MARIANO el RUC Nº 10017706778
ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancias consignadas en el Acta de Incautacion N 181-0205-2017-001201 de fecha 03.SET.2017, de conformidad con el articulo 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar a la señora NELY CHOQUEJAHUA
CHOQUEMAMANI identificada con DNI Nº 48486289, ascendente a la suma de S/. 2395.00 dos mil trescientos noventa y cinco con 00/100 soles, de conformidad con el articulo 36 de la Ley 28008
"Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2017-000837.
ARTICULO PRIMERO.- MODIFICAR el decimo primer parrafo de la parte considerativa de la Resolucion de Division Nº 181-3H0500/2017-001114 de fecha 27.DIC.2017, de la siguiente forma donde dice mediante Informe Nº xxxx-2017-SUNAT/3H0500 de fecha 21.DIC.2017, al amparo debe decir: mediante Informe Nº 2507-2017-SUNAT/3H0500 de fecha 21.DIC.2017, al amparo ARTICULO SEGUNDO.- COMPLEMENTAR el articulo segundo de la Resolucion de Division N 181-3H0500/2017-001114 de fecha 27.DIC.2017, de la siguiente forma "Sancionar con MULTA
equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar a la señora NELY CHOQUEJAHUA CHOQUEMAMANI identificada con DNI Nº 48486289 y RUC Nº 10484862899, ascendente a la suma de S/. 2395.00 dos mil trescientos noventa y cinco con 00/100 soles, de conformidad con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2017000837. ARTICULO TERCERO.- MODIFICACION la Liquidacion de Cobranza Nº 181-2017-000837 de fecha 27.DIC.2017. debiendo consignarse como documento de identidad de la comitente NELY
CHOQUEJAHUA CHOQUEMAMANI el RUC Nº 10484862899.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancias consignadas en el Acta de Incautacion N 181-2017-0400-000112 de fecha 31.MAY.2017, de conformidad con el articulo 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar a la señora ANASTACIA APAZA MAMANI identificada con DNI Nº 01866733, con MULTA SOLIDARIA
ascedente a la suma de s/. 1229.00 soles mil doscientos veintinueve con 00/100 soles, de conformidad al inciso a y el ultimo parrafo del articulo 39º de la Ley Nº 28008 - Ley de los delitos aduaneros, mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2017-000419. ARTICULO TERCERO.- Sancionar en vias de regularizacion con el INTERNAMIENTO TEMPORAL del vehiculo de placa de rodaje N C0M-774, por un periodo de sesenta 60 dias calendario, el cual se computara desde el 31.MAY.2017 con vencimiento al 29.JUL.2017, de conformidad con el inciso a del articulo 41º, de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley Nº 28008, vehiculo que se encuentra internado en los almacenes de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones - Juliaca; siendo que una vez cumplida la sancion de internamento debera devolverse el vehiculo a su legitima propietaria ANASTACIA APAZA MAMANI, identificada con DNI Nº 01866733.
ARTICULO TERCERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancias consignadas en las Actas de Incautacion SIGEDA N 181-0400-2015-000246, N 181-0400-2015-000247, N 1810400-2015-000248, N 181-0400-2015-000249, N 181-0400-2015-000250, N 181-0400-2015-000251 de fecha 25.JUN.2015 y N181-0400-2015-000244 de fecha 24.JUN.2015, de conformidad con el articulo 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO CUARTO.- Sancionar a JUAN CCANQUI JALANOCA con DNI N 40750228 y RUC N 10407502286, por hacer circular las mercancia descrita en el Acta de Incautacion SIGEDA N 181-0400-2015-000246 de fecha 24.JUN.2015, con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar ascendente a la suma de S/. 1,513.00 mil quinientos trece con 00/100 soles, de conformidad con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2019-001116.
ARTICULO TERCERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancias consignadas en las Actas de Incautacion SIGEDA N 181-0400-2015-000246, N 181-0400-2015-000247, N 1810400-2015-000248, N 181-0400-2015-000249, N 181-0400-2015-000250, N 181-0400-2015-000251 de fecha 25.JUN.2015 y N181-0400-2015-000244 de fecha 24.JUN.2015, de conformidad con el articulo 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO SEXTO.- Sancionar a NORMA PACORI TINTAYA con DNI N 02432689 y RUC N 10024326891, por hacer circular las mercancias descrita en el Acta de Incautacion SIGEDA N 181-0400-2015-000247 de fecha 25.JUN.2015, con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar ascendente a la suma de S/. 449.00 cuatrocientos cuarenta y nueve con 00/100 soles, de conformidad con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA
2019-001118.
ARTICULO TERCERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancias consignadas en las Actas de Incautacion SIGEDA N 181-0400-2015-000246, N 181-0400-2015-000247, N 1810400-2015-000248, N 181-0400-2015-000249, N 181-0400-2015-000250, N 181-0400-2015-000251 de fecha 25.JUN.2015 y N181-0400-2015-000244 de fecha 24.JUN.2015, de conformidad con el articulo 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO OCTAVO.- Sancionar a TERESA AQUINO CHIPANA identificada con DNI N 01776465 y sin RUC , por hacer circular la mercancia descrita en el Acta de Incautacion SIGEDA N 181-0400-2015-000249 de fecha 25.JUN.2015, con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar ascendente a la suma de S/. 866.00 ochocientos sesenta y seis con 00/100 soles, de conformidad con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2019-001120.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancia incautada, mediante Acta de Incautacion N 181-0300-2017-000096 de fecha 23.08.2017 de conformidad con el articulo 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar al conductor MELCHOR QUISPE APAZA identificado con DNI N 01991758 , con una MULTA, ascendente a la suma de S/. 4,587.00 cuatro mil quinientos ochenta y siete con 00/100 soles, equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar, de conformidad con el literal a del articulo 39 de la ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", respecto de la mercancia registrada en el Acta de Incautacion N 181-0300-2017-000096, la cual debera pagar en forma solidaria con FREDY CARLOS PAUCAR
UMIÑA, identificado con DNI N 43826325, al amparo del ultimo parrafo del articulo 39 de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008, mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2017-000721.

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Diario Oficial El Peruano del 18/6/2020

TitoloDiario Oficial El Peruano

PaesePerù

Data18/06/2020

Conteggio pagine8

Numero di edizioni2747

Prima edizione01/01/2016

Ultima edizione06/06/2024

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