Diario Oficial de la República de Chile del 12/2/2020 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 4

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Miércoles 12 de Febrero de 2020

SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Dirección Regional Puerto Montt CVE 1724925
EXTRACTO

Capítulo III, del Compendio de Normas Aduaneras, relativo a la Importación de Mercancías para Discapacitados por el que se adjunta en la presente resolución El texto íntegro de esta resolución se encuentra publicado en el sitio web del Servicio Nacional de Aduanas www.aduana.cl.
Valparaíso, 3 de febrero de 2020.- José Ignacio Palma Sotomayor, Director Nacional de Aduanas
Ministerio de Salud
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Extracto de resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos, Dirección Regional Puerto Montt N 33, de fecha 17 de enero de 2020, delegación de facultad de autoriza individualmente el empleo de cajas registradoras o electrónicas de modelos y marcas previamente aprobadas por la Dirección del Servicio para la emisión de vales en reemplazo de Boletas de Venta y Servicios, según el artículo 56 de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el artículo 1 del decreto ley N
825 de 1974 y la facultad de derogar la autorización previamente concedida en dicho sentido, en los niveles jerárquicos de esta Dirección Regional que se indican.
El texto íntegro de esta resolución está publicado en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos www.sii.cl.

Nº 42.577

Cristián Gómez Castillo, Director Regional, Dirección Regional Puerto Montt.
CVE 1724924
EXTRACTO

Extracto de resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos N 34, Dirección Regional Puerto Montt, de fecha 17 de enero de 2020, delegación de facultad de eximir a los contribuyentes que utilicen máquinas expendedoras de la obligación de emitir boletas de ventas y servicios y la de derogar la autorización previamente conferida en dicho sentido, en los niveles jerárquicos de esta Dirección Regional que se indican.
El texto íntegro de esta resolución está publicado en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos www.sii.cl.

Cristián Gómez Castillo, Director Regional, Dirección Regional Puerto Montt.
CVE 1724923
EXTRACTO

Extracto de resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos N 35, Dirección Regional Puerto Montt, de fecha 17 de enero de 2020, delegación de facultad de autorizar a los contribuyentes y la de derogar la autorización conferida para acogerse a la tributación simplificada establecida en el artículo 29 de la Ley Impuestos a las Ventas y Servicios contenida en el artículo 1 del decreto ley 825 del año 1974 del Ministerio de Hacienda, en los niveles jerárquicos de esta Dirección Regional que se indican.
El texto íntegro de esta resolución está publicado en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos www.sii.cl.

Cristián Gómez Castillo, Director Regional, Dirección Regional Puerto Montt.
CVE 1724922
EXTRACTO

Extracto de resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos N 36, Dirección Regional Puerto Montt, de fecha 17 de enero de 2020, delegación de facultad de autorizar la incorporación de los contribuyentes al Registro de Empresas Hoteleras, en los niveles jerárquicos de esta Dirección Regional que se indican.
El texto íntegro de esta resolución está publicado en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos www.sii.cl.
Cristián Gómez Castillo, Director Regional, Dirección Regional Puerto Montt.
SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
Dirección Nacional CVE 1724833
MODIFICA EL COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS
Extracto Mediante resolución N 500, de fecha 3 de febrero de 2020, del Director Nacional de Aduanas, se ha dispuesto reemplazar el Anexo 2 del Apéndice XI, del
SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA

CVE 1724567
DISPONE SEGUNDA DOSIS OBLIGATORIA DE VACUNA CONTRA VIRUS
DEL PAPILOMA HUMANO VPH A POBLACIÓN QUE INDICA
Núm. 5 exento.- Santiago, 6 de febrero de 2020.
Visto:

Lo dispuesto en los artículos 1, 3 y 32 del Código Sanitario, aprobado por el DFL Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud; en los artículos 1, 4 y 7 del DFL
Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y 18.469; en los artículos 5, 6, 8 y 9 del decreto supremo Nº 136, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de dicha Secretaría de Estado; en el número 2 del decreto Nº 72 de 2004, del Ministerio de Salud; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y Considerando:

1. Que, el Ministerio de Salud debe efectuar la vigilancia en salud pública y evaluar la situación de salud de la población. En el ejercicio de esta función, deberá mantener un adecuado sistema de vigilancia epidemiológica y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, investigar los brotes de enfermedades y coordinar la aplicación de medidas de control.
2. Que, el artículo 32 inciso 1º del Código Sanitario dispone que el Ministerio de Salud tendrá a su cargo la vacunación de los habitantes contra las enfermedades transmisibles, agregando, en su inciso 2º, que el Presidente de la República, a propuesta del Director de Salud, podrá declarar obligatoria la vacunación de la población contra las enfermedades transmisibles para las cuales existan procedimientos eficaces de inmunización.
3. Que, en virtud de lo anterior, este Ministerio dictó el decreto exento Nº 6, de 2010, que Dispone Vacunación Obligatoria contra Enfermedades Inmunoprevenibles de la Población del País, cuyo numeral 15 incorporó, a partir del año 2014, la infección por Virus de Papiloma Humano VPH, indicando que el grupo objetivo está conformado, entre otros, por toda la población infantil femenina mayor de 9
años, con un esquema de vacunación que comprende 2 dosis de la vacuna, la primera durante el cuarto año de enseñanza básica o quinto año de enseñanza básica, si no ha alcanzado la edad exigida el año anterior y, la segunda, durante el siguiente año escolar.
4. Que, los virus papiloma humano VPH son un grupo heterogéneo de virus ADN no envuelto con más de 200 genotipos identificados, de los cuales alrededor de un tercio pueden infectar la mucosa del hospedero. El VPH es causa de la infección de transmisión sexual más común del tracto reproductivo, tanto en mujeres como en hombres; infecciones que con frecuencia son asintomáticas entre un 70% y 90%
y transitorias, pues normalmente se resuelven en uno a dos años.
5. Que, el Virus del Papiloma Humano VPH es además la causa principal de cáncer de cuello uterino en las mujeres, pero también es un factor de riesgo para el cáncer de pene en los hombres, y anal en hombres y mujeres. Otros tipos de VPH no cancerígenos pueden causar verrugas genitales y verrugas en las vías respiratorias de los niños papilomatosis respiratoria.
6. Que, en consideración a que la infección ocurre, principalmente, en la adolescencia, es recomendable la vacunación contra el VPH a la edad más temprana posible.
7. Que, la American Cancer Society, en el documento titulado Libres de cáncer por VPH, define como el objetivo prioritario para la erradicación de esta enfermedad, aumentar la tasa de vacunación en pre-adolescentes hombres y mujeres en un 80% hasta el año 2026.

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la República de Chile del 12/2/2020 - Secciones I-IV

TitoloDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaeseChile

Data12/02/2020

Conteggio pagine40

Numero di edizioni1243

Prima edizione17/08/2016

Ultima edizione22/11/2023

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