Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/12/2022

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 231
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE EMPLEO, EMPRESAS
Y TRABAJADORES AUTONOMOS
CADIZ
CONVENIO O ACUERDO: SIERRA MORATA, S.L.
Expediente: 11/01/0278/2022
Fecha: 24/11/2022
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: GUILLERMO TABOADA MARTÍ
Código 11004112012008.

Visto el texto del Acta del Acuerdo sobre modificación, Adenda al convenio colectivo de la empresa SIERRA MORATA S.L., suscrito por las partes el día 26-05-2022, y presentado en el registro telemático del Registro de Convenios Colectivos el día 4-10-2022, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2
y 3 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de Trabajo; Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de trabajo; Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, RESUELVE:

Primero: Ordenar la inscripción del citado Acuerdo sobre modificación de convenio colectivo en la empresa SIERRA MORATA S.L., en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Cádiz, a 24 de noviembre de 2022. DELEGADO TERRITORIAL DE LA
DELEGACIÓN DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO, DANIEL
SÁNCHEZ ROMÁN. Firmado.
APROBACIÓN DE ADENDA AL CONVENIO DE SIERRA MORATA SL.
REUNIDOS

De una parte, D. Guillermo Taboada Martín, representante de la empresa Sierra Morata S.L, domiciliada en Cádiz, Av. Cayetano del Toro N 24 , CIF: B11365541

Y de la otra D. Jesús Manuel Lozano Letrán; D Verónica Flores González;
D. Beatriz Fornell de Alba; D Ana Belén Guerrero Meléndez; D Milagrosa Castiñeira Ruiz ; D María Jesús Domínguez Quinta; Dº Rafael Campos Tirve; Dº Rafael Pico Oneto; D M José Ortega Gómez, como representantes legales de los trabajadores de la citada empresa.

Ambas partes se reconocen mutua legitimidad y capacidad de obrar, y por medio de la presente Acuerdan:

La aprobación de Adenda al convenio Sierra Morata S.L
ADENDA

Contrato Fijo discontinuo.
I. La Jornada del contrato fijo discontinuo podrá realizarse tanto a tiempo completo como parcial, lo cual será especificado en el contrato de trabajo.
II. Llamamiento de los trabajadores y trabajadoras fijos discontinuos
Todos los trabajadores y trabajadoras fijos discontinuos deberán ser llamados cada vez que vayan a llevarse a cabo las actividades para las que fueron contratados.

1. El llamamiento deberá realizarse por orden de antigedad dentro de cada centro de trabajo y puesto de trabajo.

2. El llamamiento se hará, en todo caso, de forma expresa conforme a las siguientes reglas:

2.1 La antelación mínima será de tres días naturales sobre la fecha de inicio de la actividad del empleado o empleada, si bien en atención al volumen de la actividad de la empresa dispone de un margen de hasta 30 días naturales desde la fecha habitual de incorporación del trabajador o trabajadora.

2.2 No obstante lo anterior, la empresa puede adelantar o retrasar el llamamiento hasta más allá de 30 días establecidos en el apartado 2.1, siempre que lo comunique por escrito al trabajador o trabajadora antes de que transcurran los 30 días desde la fecha habitual de llamamiento y con indicación expresa de la fecha concreta en que se producirá la reincorporación al trabajo.

3. El llamamiento se presumirá como no efectuado si se da alguna de las siguientes circunstancias:

3.1 Una vez transcurridos los plazos a que se refieren los apartados 2.1 y 2.2, sin cumplir las formalidades a que los mismos se refieren.

3.2 Cuando llegada la fecha prevista para incorporación en la comunicación de la empresa, la misma no se produjera por causa imputable a ella.

4. Prioridad de permanencia en el centro
Los trabajadores y trabajadoras fijos discontinuos tendrán prioridad de incorporación a su trabajo sobre cualquier nueva contratación, de forma que no podrán celebrarse contratos de duración determinada mientras existan trabajadores y trabajadoras fijos discontinuos que no hayan sido llamados.

Al objeto de hacer efectiva esta prioridad, en los supuestos en que fuesen precisas de forma simultánea y coincidente en el tiempo, la presencia de fijos discontinuos y nuevas incorporaciones de trabajadores y trabajadoras con contrato a tiempo determinado o temporales, la duración del contrato de éstos no podrá superar en el tiempo el período de ocupación garantizada de los fijos discontinuos.

Del mismo modo, los trabajadores y trabajadoras fijos discontinuos tendrán prioridad para incorporarse al trabajo, si ello fuera necesario, sobre nuevas contrataciones.

Fuera del periodo de llamamiento inicialmente previsto, se podrán efectuar nuevos llamamientos, manteniendo su condición de fijo discontinuo, sin que sea
2 de diciembre de 2022

preceptiva la utilización de modalidad contractual alguna y distinta de la inicialmente prevista de fijo discontinuo.

En el caso de que ya se haya realizado el llamamiento de los trabajadores fijos discontinuos estos tendrán prioridad frente a las contrataciones temporales fuera de su periodo garantizado siempre que el puesto a cubrir sea el mismo que venía desempeñando el fijo-discontinuo.

Información a la representación legal de los trabajadores
En cada establecimiento se trasladará a la representación legal de los trabajadores y trabajadoras, lo establecido en el Estatuto de trabajadores.

En prueba de conformidad con lo que antecede, firman la presente adenda en Cádiz a 26 de mayo de 2022.
Nº 139.531

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE FUNCION PUBLICA
FUNCION PUBLICA Y RECURSOS HUMANOS
EDICTO

La Diputada Delegada del Área de Función Pública, mediante Decreto de fecha 17 de noviembre de 2022, ha resuelto lo siguiente:

Por el Área de Función Pública se ha formulado con fecha de 17 de noviembre de 2022 propuesta de resolución relativa a la relación provisional de personal admitidas y excluidas al proceso convocado para la selección, en régimen de personal funcionario de carrera, de 14 plazas de Auxiliar de Enfermería en Geriatría, incluidas en la Oferta de Empleo Público de la Diputación Provincial de Cádiz para el año 2016
4 plazas y para el año 2020 10 plazas, mediante el sistema de concurso-oposición libre.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de 19 de febrero de 2020, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 43, de 5 de marzo de 2020, posteriormente rectificada mediante Resolución de 3 de diciembre de 2021, publicada en el BOP
de Cádiz núm. 241, de 21 de diciembre de 2021, se dispuso la aprobación de la convocatoria y bases específicas por las que se regirá el proceso para la selección, en régimen de personal funcionario de carrera, de 14 plazas de Auxiliar de Enfermería en Geriatría, identificadas con los códigos F-06.03.07, F-06.03.08, F-06.03.09, F-06.03.10, F-06.03.12, F-06.03.13, F-06.03.14, F-06.03.15, F-06.03.16, F-06.03.17, F-06.03.18, F-06.03.19, F-06.03.20 y F-06.03.21, incluidas en la Oferta de Empleo Público para el año 2016 4 plazas y para el año 2020 10 plazas, por el sistema de concurso-oposición libre.

Segundo.- En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 14, de 22
de enero de 2021, se publica anuncio de 15 de octubre de 2020, relativo al extracto de las bases específicas que regulan los procesos convocados para la selección de plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público de esta Corporación, en régimen de personal funcionario de carrera, mediante turno libre.

Tercero.- Mediante Resolución de 9 de marzo de 2022, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 98, de 25 de abril de 2022, se anuncia la convocatoria pública de 14 plazas de Auxiliar de Enfermería en Geriatría, incluidas en el Grupo de clasificación C, Subgrupo C2, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales y clase Oficios, Oficiales y Asimilados, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre. Se establece un plazo de veinte días hábiles para la presentación de solicitudes de admisión al proceso selectivo convocado, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, iniciándose su cómputo de plazos el día 26 de abril y finalizando el día 24 de mayo de 2022 ambos inclusive.

MARCO NORMATIVO
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público B.O.E. de 31 de octubre.
Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local B.O.E. de 14 de junio.
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado B.O.E. de 10 de abril.
Bases Generales por las que se regirán los procesos selectivos para la provisión, en régimen de personal funcionario de carrera, de las plazas vacantes en la plantilla de la Diputación Provincial de Cádiz, publicadas en el BOP de Cádiz núm. 47, de fecha 13 de marzo de 2017.
Bases Específicas del procedimiento para la selección, en régimen de personal funcionario de carrera, de 14 plazas de Auxiliar de Enfermería en Geriatría, publicadas en el BOP de Cádiz núm. 43, de 5 de marzo de 2020, posteriormente rectificadas en el BOP de Cádiz núm. 241, de 21 de diciembre de 2021.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.- Conforme a lo dispuesto en el apartado 1 de la base Quinta de las específicas del procedimiento para la selección, en régimen de personal funcionario de carrera, de 14 plazas de Auxiliar de Enfermería en Geriatría, publicadas en el BOP
de Cádiz núm. 43, de 5 de marzo de 2020, posteriormente rectificadas en el BOP de Cádiz núm. 241, de 21 de diciembre de 2021, expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso.

Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la resolución anteriormente aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.

Las subsanaciones se presentarán, en caso de exclusión, mediante su acceso al expediente que, en relación al proceso selectivo, la persona aspirante tiene

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/12/2022

TitoloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaeseSpagna

Data02/12/2022

Conteggio pagine59

Numero di edizioni6018

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione06/06/2024

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